Adscripción de actuaciones al programa de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso en Andalucía y concesión de subvenciones

Información general

Título formal:

Actuaciones para el fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler

Código:
18069
Organismo:
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Destinatarios:
  • Empresas
  • Ciudadanía
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
04/06/2019

Descripción

Subvenciones para actuaciones de nueva construcción, reanudación o rehabilitación, de viviendas y alojamientos calificados como protegidos, de régimen general o especial, en alquiler o cesión del uso, promovidos por promotores públicos o privados. Las viviendas y alojamientos resultantes serán calificados como viviendas y alojamientos protegidos en régimen especial o general y mantendrán la obligación de conservar el régimen de alquiler durante al menos 20 años.

Las actuaciones del programa de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler en Andalucía, se podrán adscribir en dos líneas de actuación:

Línea 1. Fomento de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso para personas mayores y personas con discapacidad, que supone la promoción de alojamientos o viviendas con instalaciones, servicios y zonas de interrelación.

Línea 2. Fomento de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso y otras soluciones residenciales de alojamientos temporales, de modelo cohousing, de viviendas intergeneracionales y otras modalidades similares.

La convocatoria de ayudas será publicada por la Consejería competente en materia de vivienda en régimen de competencia no competitiva.

Como novedades más importantes respecto de convocatorias anteriores, podemos citar las siguientes:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas se ha descentralizado con la división en dos procesos diferenciados. Por un lado, la adscripción al programa se realizará ante la dirección general competente en materia de vivienda, mientras que la concesión de las ayudas estará a cargo de la delegación territorial competente en materia de vivienda en la provincia en la que se ubique la actuación, facilitando la proximidad del seguimiento.

  • Se establece la constitución de garantías para las cantidades anticipadas en el caso de determinados promotores, como salvaguarda de los intereses públicos.

     

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Requistos para la adscripción al programa:

a) Se tratará de actuaciones de nueva construcción o procedentes de actuaciones de rehabilitación de edificios. Podrán incluirse también aquellas que se encuentren en fase de construcción, cuando la calificación definitiva sea posterior a la resolución de la adscripción.

b) Las viviendas no superarán los 90 m² útiles. Este límite puede incrementarse hasta un 20 por ciento, cuando se trate de viviendas adaptadas para personas con movilidad reducida y figuren como tal en la calificación definitiva.

c) Se acreditará la viabilidad urbanística de la actuación.

d) Las entidades solicitantes deberán fundamentar la viabilidad económica de la actuación.

e) Las viviendas habrán de obtener una calificación energética mínima A, tanto en emisiones de CO2 como en consumo de energía primaria no renovable.

f) En las actuaciones de la Línea 1, las instalaciones, servicios y zonas de interrelación habrán de ser suficientes para proporcionar como mínimo, las siguientes prestaciones y servicios: servicios sociales, atención médica básica disponible veinticuatro horas, limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales, así como terapias preventivas y de rehabilitación. El diseño de los espacios ha de garantizar la adecuación y accesibilidad para permitir el uso por parte de personas mayores o, en su caso, de personas con discapacidad en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.

g) En las actuaciones de la Línea 2, las viviendas o alojamientos incluirán espacios comunitarios para la convivencia de las personas destinatarias. Dichos espacios, convenientemente amueblados en función de la actividad a la que se destinen, serán de uso exclusivo de las personas destinatarias de las viviendas. En el caso de actuaciones de la Línea 2, que opten a la ayuda adicional regulada en el artículo 4.2.c) deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 14.2 de esta orden.

Requisitos para la concesión de ayudas:

1. Para la concesión de la correspondiente subvención, será necesario:

a) Que las actuaciones hayan sido adscritas al programa de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso.

b) Que la actuación cuente con acuerdo de financiación en el seno de la Comisión bilateral entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad Autónoma de Andalucía y el ayuntamiento del municipio donde se ubique la actuación.

c) Disponer de calificación provisional de vivienda protegida del Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, regulado en el Decreto 91/2020, de 30 de junio, en régimen especial o general en alquiler, acogida al programa establecido en su artículo 25, incluyendo la línea en que se adscriba y señalando las limitaciones y condiciones derivadas de dicho programa.

d) Disponer de licencia de obras o documento equivalente.

2. Para la obtención de la ayuda adicional a la que se refiere el artículo 4.2.c) deberá cumplirse:

a) Las viviendas se encontrarán calificadas en régimen especial.

b) La persona promotora beneficiaria estará incluida en alguna de las categorías recogidas en los apartados b) o c) del artículo 3.

c) Se destinarán al menos el 50 por ciento de las viviendas a unidades familiares o de convivencia cuyos ingresos no superarán 1,2 veces el Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM).

d) La renta de las viviendas señaladas en la letra c) se reducirá en un 30 por ciento respecto a la regulada para el régimen especial.

 

Documentación

Documentación que acompaña a la solicitud de adscripción:

a) Escritura de constitución de la entidad y acreditación de la representación, mediante poder notarial. Cuando la entidad solicitante sea una administración pública, presentará certificado que acredite la competencia de la persona representante.

b) Memoria descriptiva de la actuación, que además de las características generales del edificio, incluirá explicación sobre el uso previsto para los espacios de uso comunitario y los servicios que se pretendan ofrecer en función de la línea de que se trate. Incluirá cuadro de superficie útil protegida subvencionable por vivienda, tanto la superficie privativa de las viviendas o unidades habitacionales, como en su caso, la parte prorrateada de las estancias de uso común que se repercutan, y la suma de ambas. Asimismo, adjuntarán planos de emplazamiento del edificio y descriptivos de sus alzados y plantas, tanto de implantación general, como descriptivos de los diferentes tipos que en su caso se contemplen.

c) Memoria económica que incluya el coste subvencionable previsto de la actuación, conforme a lo establecido en el artículo 4.1 de esta orden, y estudio de la viabilidad económica, tanto para la promoción como para el mantenimiento de la actuación.

d) Certificado registral o nota simple que acredite la propiedad del suelo o edificación, o el derecho real sobre los mismos que le faculte para ejecutar la promoción. Dichos documentos habrán sido emitidos con una antigüedad máxima de tres meses antes de su presentación.

En el caso en que la adscripción se solicite con una opción de compra, aportará lo establecido en el párrafo anterior correspondiente al propietario en ese momento y contrato de opción de compra. Deberá aportar el título de propiedad inscrito registralmente conforme a lo regulado para la concesión de la subvención.

e) Licencia de obras o documento equivalente. En caso de no disponer de dichos documentos, presentará informe urbanístico municipal sobre adecuación urbanística del proyecto. La licencia, o documento equivalente, deberá presentarse conforme a lo regulado para la concesión de la subvención.

Junto con la solicitud de concesión de ayudas, se deberá presentar la Calificación provisional en el programa de fomento del parque de vivienda protegida en alquiler o de cesión de uso, señalando la línea y régimen que corresponda así como las determinaciones derivadas de este programa y la línea de actuación específica.

Además, en caso de no haberse presentado para la adscripción:

a) Licencia de obras o documento equivalente.

b) Título de propiedad inscrito registralmente.

En el caso en que no se haya emitido por el órgano correspondiente alguno de los documentos señalados anteriormente, deberá acreditarse haberlo solicitado, y una vez obtenidos se presentará en el plazo de audiencia regulado en el artículo 19, o podrá emitirse resolución de concesión condicionada a su presentación conforme a lo establecido en el artículo 20.

En el caso en que se hubiese presentado para la adscripción al programa una opción de compra, aportará el título de propiedad inscrito registralmente, o bien solicitud de inscripción registral, debiendo presentar nota simple registral actualizada.

Plazo de Inicio

  • 10/05/2023 00:00 horas - 09/05/2024 23:59 horas (Solicitud de adscripción)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2021

09/09/2021. Requerimiento de subsanación. Convocatoria 2021.
08/10/2021. Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia. Convocatoria 2021
08/10/2021. Resolución definitiva declarando el desistimiento y la desestimación de solicitudes. Convocatoria 2021
13/10/2021. Corrección de errores Propuesta provisional de resolución. Convocatoria 2021
08/11/2021. Propuesta definitiva de resolución y trámite de audiencia. Convocatoria 2021
08/11/2021. Resolución definitiva declarando la desestimación de solicitudes. Convocatoria 2021
27/01/2022. Resolución de concesión. Convocatoria 2021
13/05/2022. Resolución de concesión (2). Convocatoria 2021
15/09/2022. Resolución ampliación plazo inicio
15/09/2022. Corrección Resolución ampliación plazo inicio

2020

07/09/2020. Requerimiento de subsanación
05/10/2020. Propuesta provisional de resolución. Convocatoria 2020
06/10/2020. Corrección de errores Propuesta provisional de resolución. Convocatoria 2020
30/12/2020. Resolución parcial de la convocatoria para el ejercicio 2020
04/03/2021. Resolución parcial segunda de la convocatoria para el ejercicio 2020
26/04/2021. Resolución parcial tercera de la convocatoria para el ejercicio 2020
09/06/2021. Resolución parcial final de la convocatoria para el ejercicio 2020
05/04/2022. Rectificación Resoluciones Parciales. Convocatoria 2020

2019

05/09/2019. Requerimiento de Subsanación
01/10/2019. Propuesta Provisional de Resolución de las actuaciones de las actuaciones seleccionadas, importe y trámite de audiencia
27/01/2020. Resolución definitiva declarando el desestimiento y la desestimación de las solicitudes
27/01/2020. Resolución Definitiva de Ayuntamiento de Cádiz FPA 22/19
27/01/2020. Resolución Definitiva de Ayuntamiento de Teba FPA 27/19
25/06/2020. Resolución definitiva de concesión. Convocatoria 2019
29/06/2020. Corrección de errores de la Resolución definitiva de la Convocatoria 2019
30/12/2020. Modificación de la Resolución definitiva de la convocatoria para el ejercicio 2019
05/04/2022. Rectificación Resoluciones Parciales. Convocatoria 2019
27/06/2022. Modificación resolución anualidades e importes. 2019
18/10/2022. Modificación resolución anualidades e importes. 2019

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información pública:

Información sobre el tratamiento de datos personales

1º Nombre de actividad de tratamiento. Ayudas para el fomento del parque público de viviendas protegidas en alquiler.

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos.html

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/176019.html

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18069/datos-basicos.html

2º Responsable del tratamiento de datos personales. Secretaría General de Vivienda, Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda cuya dirección es C/ Pablo Picasso nº6 41018 Sevilla, y cuyo contacto electrónico esta disponible a través del enlace web https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda.html

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/ Pablo Picasso, nº6, 41018, Sevilla, o en el correo electrónico dpd.cfatv@juntadeandalucia.es

3º.-Finalidad del tratamiento. Gestionar las ayudas a promotores de viviendas y de adecuación de suelos.

4º.- La base jurídica. RGPD: 6.1.e. Tratamiento necesario  para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

5º.- Obligación legal. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) 

6º.- Cesiones de datos. No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal..

No esta prevista transferencias internacionales de datos.

Los datos se conservaran durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dichas finalidades.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 29/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 25/03/2022 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 25/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 25/03/2022 Se ha modificado en este trámite:URL de Aportación de Documentación

  • 25/03/2022 Se ha modificado en este trámite:URL de Información Pública

  • 27/01/2022 Se ha publicado: Resolución de concesión. Convocatoria 2021

  • 09/09/2021 Se ha publicado: Requerimiento de subsanación. Convocatoria 2021.

  • 18/10/2022 Se ha publicado: Modificación resolución anualidades e importes. 2019

  • 21/11/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 25/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 15/05/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 15/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 18/05/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 08/10/2021 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución. Convocatoria 2021

  • 13/10/2021 Se ha publicado: Corrección de errores Propuesta provisional de resolución. Convocatoria 2021

  • 15/05/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 15/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 15/05/2023 Se ha modificado el campo: Tipo de Concurrencia

  • 08/11/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 08/11/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 17/05/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 08/11/2021 Se ha publicado: Propuesta definitiva de resolución y trámite de audiencia. Convocatoria 2021

  • 08/11/2021 Se ha publicado: Resolución definitiva declarando la desestimación de solicitudes. Convocatoria 2021

  • 08/11/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 09/09/2021 Se ha publicado: Requerimiento de subsanación. Convocatoria 2021.

  • 29/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 16/05/2022 Se ha publicado: Resolución de concesión. Convocatoria 2021 correspondiente a la provincia de Córdoba

  • 13/05/2022 Se ha publicado: Resolución de concesión. Convocatoria 2021 correspondiente a la provincia de Córdoba

  • 08/10/2021 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia. Convocatoria 2021

  • 08/10/2021 Se ha publicado: Resolución definitiva declarando el desistimiento y la desestimación de solicitudes. Convocatoria 2021

  • 16/05/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 06/04/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 27/06/2022 Se ha publicado: Modificación resolución anualidades e importes. 2019

  • 16/05/2023 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 05/04/2022 Se ha publicado: Rectificación Resoluciones Parciales. Convocatoria 2019

  • 05/04/2022 Se ha publicado: Rectificación Resoluciones Parciales. Convocatoria 2020

  • 29/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 17/01/2024
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