Centro Residencial de Personas Mayores: ingreso en situación de exclusión social

Información general

Título formal:

Centro Residencial de Personas Mayores: ingreso en situación de exclusión social

Código:
1831
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
07/05/2009

Descripción

Procedimiento para acceder a una plaza en centro residencial, de aquellas personas mayores con 60 y más años que se encuentren en una situación de exclusión social. Corresponde a las Entidades Locales a través de los Servicios Sociales Comunitarios detectar las situaciones de exclusión social, efectuar su primera valoración y tramitar, en su caso, la declaración de situación de exclusión social. Se considera persona mayor en situación de exclusión social, aquella de 60 y más años que, por causas estructurales, se encuentra inmersa en un proceso de desventaja o vulnerabilidad social que genera una situación de desigualdad, pérdida de vínculos, desafiliación, precariedad creciente, así como dificultad de acceso a los sistemas de protección social y a los mecanismos necesarios para el logro del pleno desarrollo de su proyecto de vida.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Según lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de 11 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento y requisitos para el ingreso en Centro Residencial de personas mayores en situación de exclusión social, serán destinatarias las personas mayores con residencia en Andalucía de más de una año de antigüedad o las personas oriundas de Andalucía que residan actualmente en el extranjero.

Además deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener 60 años o más

b) Encontrarse en en condiciones físico-psíquicas que le permitan realizar las actividades básicas de la vida diaria.

c) Haber agotado los recursos de intervención comunitaria y de proximidad, así como determinar el recurso residencial como el más adecuado para su atención.

d) Que la situación de la persona sea encuadrable dentro de los parámetros considerados de exclusión social, de conformidad con los criterios descritos en el área de convivencia, familia, vivienda y economía.

e) En caso de situación de maltrato o ingreso por auto judicial, no será necesario que la situación de la persona se encuadre dentro de los parámetros de las áreas referidas en el apartado anterior.

f) Con carácter excepcional se podrán valorar otras circunstancias que concurran.

 

 

 

Documentación

De acuerdo con el artículo 8.2 de la Orden de 11 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento y requisitos para el ingreso en Centro Residencial de personas mayores en situación de exclusión social, los Servicios Sociales Comunitarios procederán a remitir a la Delegación Territorial competente en materia de Servicios Sociales el expediente administrativo, aportando además la siguiente documentación:

a) Copia del DNI-NIE de la persona.

b) Certificado de empadronamiento, o certificado de la Policía Local que acredite el establecimiento en la zona de más de un año de antigüedad.

c) Certificado de ingresos. En su defecto, tendrá el valor de tal documento el informe a que se refiere la letra e) de este apartado.

d) Acreditación de las situaciones en las que se encuentra la persona en cada una de las áreas descritas en el artículo 4 y según el Anexo II.

e) Informe Social, el cual deberá ser necesariamente elaborado por los Servicios Sociales Comunitarios, según el modelo establecido en el Anexo III.

f) Certificado de los Servicios Sociales Comunitarios de haber agotado las vías de intervención comunitarias, conforme al Anexo IV.

g) Autorización de la persona para determinar el ingreso en centro residencial de la Comunidad Autónoma en caso de ser resuelto de forma favorable el expediente, conforme al modelo que se incorpora como Anexo V.

h) Autorización a la Administración para realizar las gestiones y comprobaciones que considere oportunas, de conformidad con los principios de protección de datos de carácter personal establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, también recogido en el Anexo V.

i) En su caso, copia de DNI/NIE/CIF del representante legal y documentación acreditativa de dicha representación.

j) Informe de salud que acredite que la persona se encuentra en condiciones físico-psíquicas que le permitan realizar las actividades básicas de la vida diaria.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 2 Meses. Las DD.TT. elevarán la propuesta de resolución a la D.G. en el plazo de 1 mes. La D.G., en el plazo de 1 mes dictará resolución.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, cuya dirección es Avda. de Hytasa, nº 14 y correo electrónico dpd.cipsc@juntadeandalucia.es. 

Podrá contactar con la persona que ejerce de delegado de protección de datos en la dirección postal  Avda. de Hytasa, nº 14 y correo electrónico dpd.cipsc@juntadeandalucia.es.

 

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para regular el procedimiento y los requisitos para el ingreso en centro residencial de personas mayores en situación de exclusión social

 

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía

Orden 11 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento y los requisitos para el ingreso en centro residencial de personas mayores en situación de exclusión social

Además se contará con el consentimiento del usuario que podrá retirar en cualquier momento sin que ello afecte a la licitud del tratamiento previo a su retirada.

 

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Una vez concedida la plaza está previsto ceder o comunicar sus datos al centro residencial asignado.

 

¿Por cuánto tiempo se conservarán los datos?

Los datos se conservarán durante el tiempo que la persona usuaria esté ocupando la plaza

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 28/04/2022
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