Becas de formación de personal en áreas de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía

Información general

Título formal:

Becas de formación de personal en áreas de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía

Código:
19396
Organismo:
Universidad, Investigación e Innovación
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
20/05/2020

Descripción

A través de estas becas específicamente dirigidas a la formación en el área de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía, se pretende proporcionar a las personas beneficiarias una preparación y capacitación en dichas áreas mediante actividades formativas específicas, colaborando en los proyectos que se realizan en el Centro (no teniendo consideración laboral, y sí formativa), conscientes de la conveniencia de aportar al referido personal formación y experiencia que facilite su posterior incorporación al mercado laboral o más concretamente al propio sistema andaluz del conocimiento. El objetivo final de estas becas es, aportar a las personas becarias seleccionadas, una experiencia formativa en el mundo laboral que les permita afianzar las competencias necesarias para su desempeño en el futuro mercado de trabajo, potenciando así un aprendizaje óptimo de cara a su incorporación al tejido productivo andaluz.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Requisitos que deben reunir las personas o entidades solicitantes para la obtención de la subvención.

 

1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las personas o entidades contempladas en el apartado 4.a).1.º del Cuadro Resumen, que reúnan todos los requisitos indicados en su apartado 4.a).2º.

 

2. Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse durante el periodo o periodos indicados en el apartado 4.b) del Cuadro Resumen.

 

Documentación

Artículo 17. Audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación.
1. El órgano instructor, tras haberse dictado la propuesta provisional de resolución,
concederá un plazo de diez días para que, utilizando el formulario Anexo II, las personas
o entidades beneficiarias provisionales y suplentes puedan:
a) Alegar lo que estimen pertinente, en los términos que prevé el artículo 82 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
b) Reformular su solicitud siempre que, habiéndose previsto en el apartado 2.b) del
Cuadro Resumen, el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional
sea inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los compromisos y condiciones
a la subvención otorgable. En todo caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad
y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras.
c) Comunicar su aceptación a la subvención propuesta. Sin perjuicio de lo previsto en
el apartado 4 de este artículo, la propuesta provisional se tendrá por aceptada:

1.º Cuando se proponga la concesión de la subvención por un importe inferior
al solicitado, al transcurrir el plazo para reformular sin que las personas o entidades
beneficiarias provisionales o suplentes comuniquen su desistimiento.
2.º Cuando se proponga la concesión en los importes solicitados sin que se comunique
el desistimiento por las personas o entidades beneficiarias provisionales.
d) Optar entre las subvenciones en las que haya resultado beneficiaria provisional,
cuando en el apartado 2.c) del Cuadro Resumen se haya contemplado la posibilidad de
solicitar dos o más subvenciones y sólo se pueda optar a una o algunas de ellas. En tal
caso, este apartado del Cuadro Resumen indicará por cual o cuales subvenciones se
entenderá realizada la opción en el supuesto de que las personas o entidades solicitantes
no hayan expresado su opción en plazo.

2. Salvo que hubieran ejercido su derecho a no presentar datos y documentos que ya
se encuentren en poder de las Administraciones Publicas o que hayan sido elaborados
por éstas, por haber indicado en el formulario de solicitud la información precisa que
permita al órgano gestor consultarlos o recabarlos, o de que lo hagan en el formulario
Anexo II, las personas o entidades beneficiarias provisionales deberán presentar, junto a
este formulario, la documentación señalada en el apartado 15.a) del Cuadro Resumen.
Dicha documentación deberá ser acreditativa de los datos que hayan consignado
en su solicitud, tanto de los requisitos, en las declaraciones responsables, como de los
criterios de valoración.
Esta documentación también deberá ser presentada por las personas o entidades
beneficiarias suplentes que así se especifique en la propuesta provisional de resolución.
La clase, tipo o soporte de documentos que sean admitidos será alguno o algunos de
los señalados en el apartado 15.b) del Cuadro Resumen.
3. El formulario y, en su caso, la documentación adjunta podrán presentarse en los
lugares y registros indicados en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen.
4. La falta de presentación en plazo de los documentos exigidos implicará:
a) Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para obtener la condición de
persona o entidad beneficiaria, su desistimiento de la solicitud.

b) Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a considerar para aplicar
los criterios de valoración, la no consideración de tales criterios, con la consiguiente
modificación de la valoración obtenida.
Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que se pueda incurrir.

Plazo de Inicio

  • 13/08/2020 - 02/09/2020 (Orden de 5 de agosto de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las becas contenidas en la Orden de 3 de julio de 2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación de personal en áreas de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía.)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Viceconsejería (Cód.: A01034512), Por delegación de: la persona titular de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad..
En la resolucion
  • Viceconsejería (Cód.: A01034512), Por delegación de: la persona titular de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad..
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento (artículo 19).
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

Becas de formación de personal en áreas de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía

 

https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El Responsable del tratamiento es la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades / Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla y cuyo correo electrónico es sguit.cteicu@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla o en el correo electrónico dpd.cteicu@juntadeandalucia.es.

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

a son necesarios para tramitar la concesión en régimen de concurrencia competititva, de becas de formación de personal en áreas de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es:

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

RGPD. 6.1.c)Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento

Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.

Orden de 3 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación de personal en áreas de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía

Orden de 5 de agosto de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las becas contenidas en la Orden de 3 de julio de 2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación de personal en áreas de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Centro Informático Científico de Andalucía

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar al organo colegiado definitido en la base reguladora a efectos de que lleve a cabo el proceso de evaluación de solicitudes.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que fueron recabados y mientras pueda derivarse posibles responsabilidades.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 17/01/2024
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