Convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Información general

Título formal:

Convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Código:
19720
Organismo:
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
13/12/2019

Descripción

El objeto de esta convocatoria es la selección de personal para formar parte de las bolsas de trabajo de determinadas  especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, para dar cobertura a las necesidades de los centros docentes públicos dependientes de esta Consejería.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Requisitos

Base Segunda. Requisitos.

 

El personal participante en esta convocatoria deberá reunir los requisitos generales, así como los específicos de la especialidad a la que pretende acceder, y justificar los méritos alegados, que deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

 

2.1. Requisitos generales.

 

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que le sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo, sobre libre circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.

 

Asimismo, podrán participar los cónyuges de los españoles y españolas así como los cónyuges de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes, y los de sus cónyuges, si no están separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

 

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

 

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el ejercicio de las funciones docentes del cuerpo y especialidad correspondientes.

 

d) Poseer la capacidad funcional y la competencia profesional, adecuada para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad a cuya bolsa se pretende acceder.

 

e) No estar en situación de separación del servicio, por expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni en situación de inhabilitación para el desempeño de funciones públicas. En el supuesto de no estar en posesión de la nacionalidad española, y de conformidad con lo establecido en el artículo 56, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en el país de origen, el acceso a la función pública.

 

f) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretende acceder.

g) Quienes no posean la nacionalidad española y el idioma oficial del país de origen no sea el español deberán aportar alguno de los siguientes títulos o certificados: Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera, Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE) nivel C1 o C2, Certificado de Aptitud o de nivel avanzado en Español para Extranjeros de la Escuela Oficial de Idiomas, Título de la licenciatura o grado correspondiente en Filología Hispánica o Románica o poseer titulación homologada o documentación acreditativa de haber cursado los estudios conducentes a la obtención de un título universitario en España o certificación de haber obtenido la calificación de apto en pruebas de acreditación de conocimiento del español en convocatorias anteriores de alguna Administración educativa española.

 

Excepcionalmente, las convocatorias podrán requerir a este personal la realización de una prueba en la que se comprobará que se posee un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de la lengua española. Quedará exento de realizar esta prueba el personal que acredite alguno de los títulos o certificados que figuran en el párrafo anterior. Quienes no sean declarados aptos, figurarán como excluidos.

 

h) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de Modificación Parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

El personal aspirante cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberá acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales respecto de los delitos relacionados en el artículo 3.1 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Dicha documentación solo tendrá validez si se acompaña de su traducción oficial al castellano, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

2.2. Requisitos específicos.

 

a) Poseer la titulación o titulaciones y demás requisitos establecidos para la especialidad del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas a la que se pretende acceder, de acuerdo con lo establecido en el Anexo III (Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad) de la Orden de 10 de junio de 2020, ya citada.

En caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación o equivalencia por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado, así como en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/565/EU, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013. En la credencial expedida por el Ministerio competente en materia de Educación deberá constar expresamente la titulación a la que se homologa el título extranjero.

 

b) Tal como viene recogido en el referido Anexo III de la Orden de 10 de junio de 2020, para el acceso a las bolsas de trabajo docente del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas el personal que participe en el presente procedimiento deberá estar en posesión de la documentación que acredite la formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las enseñanzas artísticas, a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, y presentarlo inexcusablemente dentro del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria. La acreditación de la referida documentación vendrá dada por el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones:

 

- Estar en posesión de la titulación de doctor o doctora.

- Estar en posesión del reconocimiento de suficiencia investigadora o del certificado-diploma acreditativo de estudios avanzados (DEA).

- Estar en posesión de un título universitario oficial de Máster distinto del requerido para el ingreso en la función pública docente, para cuya obtención se hayan exigido, al menos, 60 créditos, que capacite para la práctica de la investigación educativa o de la investigación propia de las enseñanzas artísticas.

Documentación

4.1. Solicitudes y teletramitación.

 

En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quienes deseen participar en esta convocatoria deberán cumplimentar el correspondiente formulario que facilitará esta Administración educativa a través del portal electrónico de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

 

 

Dicho formulario, para cuyo acceso será necesaria la autenticación previa mediante certificado digital, usuario IdEA o localizador, se cumplimentará a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyan. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número identificativo que dará validez y unicidad a esta.

 

Las solicitudes, que incluirán la autorización expresa para la consulta de datos de identidad a través de los sistemas de verificación de la misma, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

 

En el supuesto de que se participe en el presente procedimiento por más de una especialidad, estas deberán consignarse en una única solicitud. En caso de que se presenten más de una solicitud de participación, solo se tendrá en consideración la última, quedando invalidadas las anteriores. Una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma a que se refiere este apartado, deberán teletramitarse mediante alguno de los distintos medios de firma electrónica de que disponga el formulario.

 

4.2. Documentación acreditativa.

 

La documentación referida al cumplimiento de los requisitos así como, en su caso, los justificantes de los méritos alegados, han de poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las fotocopias se aportarán, adjuntándolas en formato PDF a la instancia teletramitada, con indicación del nombre del documento, de forma que facilite su identificación por la comisión de valoración.

 

El personal participante se responsabiliza expresamente de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.

 

La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda desprenderse la información que se pretende acreditar.

 

Los documentos presentados en un idioma distinto al castellano solo serán tenidos en cuenta si se acompañan de su traducción oficial a dicha lengua, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

4.2.1. Personal participante de nacionalidad española:

 

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor si el personal aspirante no presta consentimiento expreso, marcando con una X la casilla correspondiente de la solicitud, para la consulta de los datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad.

 

b) Fotocopia del título alegado o títulos alegados como requisitos, o en su defecto, certificación acreditativa donde conste haber finalizado los estudios conducentes a dicha titulación junto con el pago de los derechos de expedición.

 

c) En el caso de aportar una titulación que no haga referencia expresa a la especialidad o modalidad cursada, deberá presentarse, además del título, la certificación académica personal comprensiva de todas las materias cursadas para la obtención del mismo, donde conste la especialidad o modalidad cursada.

 

d) En caso de que la experiencia en el mismo puesto sea requisito: hoja de servicios o certificación expedida por la Administración educativa correspondiente en la que conste la especialidad y el cuerpo así como la duración exacta de los servicios (fecha de inicio y fin).

 

e) En caso de que el requisito sea ser integrante de la relación de personal admitido de este puesto en alguna de las distintas convocatorias efectuadas por esta Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para la cobertura de puestos docentes vacantes en los Conservatorios Superiores de Música y de Danza dependientes de la Consejería de Educación, a partir de la convocatoria realizada por Resolución de 24 de abril de 2009, para la cobertura provisional de puestos vacantes en los Conservatorios Superiores de Música, para el curso escolar 2009/2010, deberá aportar fotocopia del listado definitivo en el que se encuentre el solicitante.

 

f) En el caso de que el requisito sea justificar la experiencia profesional, esta deberá acreditarse mediante vida laboral y además, contrato o certificación de la empresa donde se ponga de manifiesto el período trabajado y que la actividad laboral que se ha desempeñado está relacionada con la especialidad a la que se aspira.

 

g) Fotocopia de la documentación justificativa de los méritos alegados, según el baremo que figura en el Anexo III (Baremo) de la presente convocatoria.

 

h) Quienes hayan participado por el turno de reserva de discapacidad deberán presentar certificación expedida por el órgano competente, en la que conste que se reúnen las condiciones físicas y psíquicas compatibles para impartir docencia en la especialidad por la que participa en el procedimiento selectivo.

 

i) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales a que se refiere el apartado 5 del artículo 13 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, o bien, autorización para que esta Administración recabe la citada información a través de medios telemáticos.

 

4.2.2. Personal participante que no tenga la nacionalidad española:

 

El personal participante que no tenga la nacionalidad española, además de insertar los documentos que procedan, enumerados en el apartado 4.2.1. de esta base, insertará la siguiente documentación:

 

- Si reside en España, el documento de identidad o pasaporte, y la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario o, en su defecto, la tarjeta temporal de residente comunitario o de personal trabajador comunitario fronterizo, en vigor, en el caso de que dicho personal no haya dado el consentimiento expreso para la consulta de los datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad.

 

- De no residir en España, documento de identidad o pasaporte (personal nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras).

 

- Los familiares del personal incluido en el párrafo anterior deberán presentar el pasaporte o el visado o, en su caso, el resguardo de haber solicitado la tarjeta o la exención del visado y de dicha tarjeta. En caso contrario deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa de la persona con la que existe este vínculo, de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el personal participante vive a sus expensas o está a su cargo.

Plazo de Inicio

  • 26/01/2024 - 08/02/2024 (Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

<<CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE / GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS>>

Enlace a la actividad en el "Inventario de actividades de tratamiento de datos personales":

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166747.html

<<FINALIDAD>>

Gestión del personal docente de la Consejería de Educación y Deporte (selección, acceso, oposiciones y concursos, puesto de trabajo, horarios, promoción y situaciones).

Identificación y procedencia de los datos personales.

Para garantizar la adecuada gestión de los procedimientos objeto de su competencia, la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos debe realizar el tratamiento de los siguientes datos de carácter personal:

Datos identificativos:

NIF/DNI/NIE, Nombre y apellidos, Dirección a efectos de notificaciones, dirección email, Teléfono , Firma, Firma electrónica.

Datos de características personales:

Información sobre trayectoria académica y profesional.

Datos de salud:

Grado de discapacidad y, en su caso, dictamen técnico facultativo.

Así mismo, en función del acto administrativo a realizar, serán necesarios los datos de Tarjeta Sanitaria, Núm. SS/Mutualidad, Datos disciplinarios de los empleados.

<<BASE JURÍDICA>>

La base jurídica se basa en el consentimiento dado por el interesado para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos y que permita el correcto desarrollo de las competencias atribuidas al órgano de gestión del personal.

Sobre los datos personales obtenidos de un interesado, se informa que:

  • El responsable de la gestión de los datos es la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, calle Juan Antonio de Vizarrón, s/nº, de Sevilla.

  • Dato de contacto del delegado de protección de datos: dpd.ced@juntadeandalucia.es.

  • Los fines del tratamiento a que se destinan los datos personales son la gestión del personal docente de la Consejería de Educación y Deporte (selección, acceso, oposiciones y concursos, puesto de trabajo, horarios, promoción y situaciones). Cuya base jurídica es la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás normas de desarrollo.

  • En el caso de los datos relativos a identidad (NIF/DNI/NIE), datos de discapacidad, datos de titulación, se obtendrán directamente de los organismos públicos competentes, siempre que el interesado otorgue su consentimiento expreso.

     

<<OBLIGACIÓN LEGAL (art. 6.1.c) Ó INTERÉS PÚBLICO (art.6.1.e)>>:

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

Para gestionar los procedimientos objeto de la competencia de esta Dirección General, será necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos o, en su caso, autorice al órgano gestor a obtenerlos de las bases de datos de los organismos públicos competentes, pues de lo contrario sería imposible tramitarlos.

En cuanto a los datos en los que exista la posibilidad de otorgar el consentimiento para su obtención, se informa que este se podrá retirar en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento previo a su retirada.

<< CESIONES DE DATOS Y TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS >>

No se prevén cesiones de datos personales, más allá de las obligatorias conforme a la legislación vigente y la atención a los requerimientos de las autoridades judiciales.

No se prevén transferencias internacionales de datos personales.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/04/2022 Se ha modificado en este trámite:Título formal del procedimiento

  • 05/04/2022 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 05/04/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 22/04/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Título formal del procedimiento

  • 25/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Título descriptivo del procedimiento

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Título formal del procedimiento

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: URL - Alegación

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Alegación

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Alegación

  • 31/10/2023 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 25/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • Última actualización: 25/01/2024
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