Ayudas para la Mejora de los Regadíos en Andalucía.

Información general

Título formal:

Subvenciones para la Mejora de los Regadíos en Andalucía en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.

Código:
225
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
05/11/2009

Descripción

Concesión de subvenciones financiadas con Fondos Europeos, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013. Promoviendo la mejora y consolidación de regadíos, la mejora de la gestión y la planificación del uso del agua, la utilización de agua desalinizada y la reutilización de aguas residuales depuradas o de cualquier otra procedencia. Están incluidas en la medida «Mejora y desarrollo de las infraestructuras relacionada con el desarrollo y la adaptación de la agricultura y de la silvicultura» (medida 125) correspondiente al Eje 1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía para el período 2007-2013. Serán subvencionables las actuaciones sobre infraestructuras de apoyo a la gestión y uso sostenible de los recursos hídricos empleados en los regadíos: a) Las actuaciones realizadas en la mejora o consolidación de regadíos. b) Las actuaciones dirigidas a la reutilización de aguas residuales depuradas, aguas desalinizadas o de cualquier otra procedencia con la correspondiente concesión de agua, siempre que estas se destinen a la mejora o consolidación de regadíos.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. Art. 24

Conservar la documentación indicada en art. 24.1.g) durante, al menos, los 5 años siguientes a aquel en el que el Organismo Pagador realice el pago final.

Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como estar al corriente en el pago, en período ejecutivo, de cualquier ingreso de Derecho Público respecto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con anterioridad a dictarse la propuesta de Resolución. Art. 24

No llevar a cabo modificación alguna que previamente no haya sido autorizada por la Dirección General de Estructuras Agrarias. Art. 24

Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control. Art. 24

Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 28. Art. 24

Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Asimismo se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención. Art.24

Conservar la documentación indicada en art. 24.1.g) durante, al menos, los 5 años siguientes a aquel en el que el Organismo Pagador realice el pago final.

Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. Art. 24

Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos. Art.24

Aceptación de la subvención en el plazo de 15 días siguientes a la notificación (Artículo 18 de las bases reguladoras)

Justificación de la subvención, conforme al artículo 23 de las bases reguladoras

Ejecución en plazo establecido en resolución de concesión o posteriores modificaciones. Art. 24

Ralizar las actividades establecidas en la norma (artículo 24 de las bases reguladoras)

Articulo 24 de la Orden de 13 de mayo de 2014, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2014.

Documentación

Obtención de otras licencias o permisos administrativos que resulten necesarios según el tipo de obra a realizar. Art.17.2

Documento técnico preferentemente en soporte digital. Art.17.2

Título concesional de las aguas o certificado del Organismo de Cuenca acreditativo del derecho al aprovechamiento de las aguas para el regadío. Art.17.2

Certificación de aprobación de la solicitud por la asamblea de la organización y designación del representante, así como autorización del representante para la aceptación de la ayuda y para realizar todos los trámites administrativos relacionados con la misma. Art.17.2

Acreditación la disponibilidad de los terrenos y de los medios materiales, organizativos, técnicos y financieros necesarios para la realización de las actuaciones para las que solicitan las ayudas. Art.17.2

Tarjeta del NIF de la entidad solicitante. Art.17.2

Estatutos, Ordenanzas o convenio específico aprobado por el organismo de Cuenca correspondiente. Art.17.2

Acreditación de hallarse legalmente constituidas las organizaciones beneficiarias de las ayudas. Art.17.2

Compromiso de la asamblea de limitar las dotaciones de agua al Plan Hidrológico de Cuenca. Art.17.2

Acreditación del cumplimiento de los requisitos ambientales que procedan de conformidad con lo dispuesto en la normativa ambiental vigente. Art. 17.2

Justificación documental de la antigüedad de las instalaciones objeto de la solicitud. Art.17.2

DNI/NIF del/de la representante legal. Art.17.2

Certificado acreditativo de la condición que ostenta la persona física que suscribe la solicitud. Art.17.2

Acta de nombramiento del Secretario/a de la entidad solicitante. Art.17.2

Certificación del acuerdo por el que se adquiere el compromiso de mantener las inversiones realizadas en el patrimonio de la persona beneficiaria y en funcionamiento al menos durante cinco años a contar desde la fecha de finalización de las obras. Art. 17.2

Memoria descriptiva, preferentemente en soporte digital. Art.17.2

Articulo 17(apartado 15.1 del Cuadro Resumen) de la Orden de 13 de mayo de 2014, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2014.

Plazo de Inicio

  • 24/05/2014 - 30/06/2014 (Convocatoria 2014: 30 días, contados desde el día siguiente al de publicación de la Orden de 13 de mayo de 2014 (BOJA nº 98, de 23 de mayo).)

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – FONDOS FEADER

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165615.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público ( 6.1.e) , basada en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 10/02/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • Última actualización: 17/01/2024
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