El medio de presentación dependerá de lo que establezca la normativa que regule este procedimiento. Si el procedimiento es exclusivamente telemático, no podrá presentar la solicitud en una oficina de registro.
1. Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo normalizado recogido como Anexo II que se publica conjuntamente con la presente convocatoria. Dicho modelo estará a disposición de las personas o entidades solicitantes en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/areas/desarrollo-rural/paginas/ayudas-leader-submedida-19-2.html
2. Tanto las solicitudes como la documentación adjunta exigida en las bases reguladoras, se presentarán en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En caso de utilizarse el medio de presentación electrónico se hará a través de la dirección electrónica identificada anteriormente, y para ello, se deberá disponer de un sistema de firma electrónica o un certificado electrónico reconocido que sea válido para poder realizar los trámites contemplados en estas bases reguladoras, expedido por cualquiera de las entidades prestadoras de servicios de certificación incluidas en la lista de confianza a la que se alude en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
1. Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o sus agrupaciones, que vayan a ejecutar el proyecto u operación contemplado en la Estrategia de Desarrollo Local seleccionada por la antigua Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural y aprobada su modificación por la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria que se encuentren previstas en las líneas de ayuda definidas por cada Grupo de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y convocadas en este acto.
2. Las personas o entidades solicitantes de la ayuda deberán cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, teniendo en cuenta los contemplados para cada tipo de proyecto subvencionable en el Anexo I de dicha orden, así como los que con carácter específico se hayan previsto en cada una de las líneas de ayuda convocadas para las que se presente solicitud de ayuda.
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