Mutualidades de previsión social: disolución, extinción y cancelación
Información general
Mutualidades de previsión social: disolución, extinción y cancelación
- Empresas
Descripción
Disolución administrativa de oficio o a solicitud de los administradores de las mutualidades de previsión social. Extinción administrativa de las mutualidades de previsión social tras la conclusión de las operaciones de liquidación y, cancelación de los asientos en el registro administrativo.Este procedimiento tambien puede iniciarse de oficio.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Documentación
Acuerdo de la asamblea general
Reparto entre los socios del haber social existente o su consignación en depósito.
Certificación acreditativa del acuerdo de nombramiento de liquidadores adoptado por la Junta o Asamblea General.
Balance final de liquidación aprobado por la Junta o Asamblea General
Copia autorizada de la escritura pública de liquidación
Ley 20/2015, de 14 de julio (artículos 172 y ss), Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre(artículos 218 y ss) y RD 1430/2002, de 27 de diciembre (artículo 50)
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
- Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
- Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de mutualidades de previsión social.
- Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. Se produce caducidad si el procedimiento es iniciado de oficio.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166782.html
La comunicación de los datos personales constituye un requisito legal exigido por la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, con la finalidad de ordenación, control y supervisión de las entidades aseguradoras.
La persona interesada tiene derecho a retirar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
06/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
20/10/2020 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Resolución
20/10/2020 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Tramitación
20/10/2020 Se ha modificado en este trámite:Órgano competente en la materia
01/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
25/02/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas