Subvenciones para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Información general

Título formal:

Subvenciones para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Código:
24518
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
17/03/2021

Descripción

Objeto: la realización de actuaciones en materia de conservación-restauración e inventario sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, estableciéndose dos líneas:         

- Línea 1: conservación-restauración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

- Línea 2: realización de inventarios que faciliten el conocimiento de los bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

           Artículo 3 de las Bases Reguladoras. 

  • Ser entidad religiosa inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, conforme al Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, que tenga la propiedad, la posesión o sea titular de otros derechos sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
  • En el caso de circunscripción territorial de la Iglesia Católica, podrá solicitar la subvención, la entidad acreditada por el Registro de Entidades Religiosas, que haya notificado su personalidad jurídica, y que tenga la propiedad, la posesión o sea titular de otros derechos sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
  • Si los bienes muebles en los que pretende llevarse a cabo la actividad, se encuentran inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, deberá contar con la autorización expresa de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, con carácter previo a la resolución de la concesión de la subvención.
  • En el caso de bienes muebles de catalogación general o incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, deberá comunicarlo a dicha Consejería e incorporar las recomendaciones técnicas que procedan, con carácter previo a la resolución de la concesión de la  subvención.
  • La solicitud de autorización así como la comunicación a que hacen referencia los apartados anteriores deberán realizarse antes de la presentación de la solicitud de la subvención.                                                                                                              
  • La entidad tendrá que contratar a una persona responsable técnica de los trabajos de conservación-restauración y/o inventario, para la realización de la redacción del informe técnico y la ejecución de las actuaciones propuestas.                                    
  • La persona responsable técnica de los trabajos de conservación-restauración y/o inventario, deberá contar con alguna de las titulaciones del artículo 3.4 de las bases reguladoras.                                                                                                                
  • La persona responsable técnica de los trabajos deberá contar, con un equipo técnico, que estará integrado por los perfiles del artículo 3.5 de las bases reguladoras.                                                                                                                
  • No podrá obtener la condición de entidad beneficiaria, la entidad que incurra en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 3.8 de las bases reguladoras.

 

 

 

 

Documentación

- Junto al formulario de solicitud (Anexo I), deberá aportarse un Informe Técnico. (Artículo 10 de las Bases Reguladoras).

- Junto al formulario de alegaciones, aceptación y presentación de documentos (Anexo III) deberá acompañarse:                                                      

  • Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • Certificación de inscripción expedida por el Registro de Entidades Religiosas, conforme al artículo 31 del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio. En el caso de las circunscripciones territoriales de la Iglesia Católica, el certificado del Registro de Entidades Religiosas, en el que se haga constar que se ha practicado la notificación a que hace referencia el artículo 3.1 de la Orden o el certificado de haber notificado la entidad al Registro de Entidades Religiosas emitido por la diócesis correspondiente.
  • Documentación acreditativa de la representación legal.
  • Declaración responsable de que la entidad beneficiaria no está incursa en las circunstancias previstas en el artículo 3.8 a), b), d), k) y l).
  • Documentación acreditativa de que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria consignada en la solicitud (incluyendo IBAN).
  • Documentación acreditativa de la propiedad, posesión o titularidad de otros derechos sobre el bien o bienes objeto de la actividad subvencionada.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad del bien o bienes para la ejecución de la actividad subvencionada si la entidad beneficiaria provisional no es su propietaria.
  • Contrato previsto en el artículo 3.3 de la Orden de 13 de diciembre de 2019.
  • Títulos oficiales que acrediten la capacitación técnica de las personas que integren el equipo técnico propuesto que figura en la solicitud, y la acreditación de la experiencia del artículo 3.5.b) de la Orden de 13 de diciembre de 2019 para la línea 2.
  • Copia auténtica del DNI/NIE de la persona representante, en caso de haberse opuesto a la consulta de sus datos.
  • Certificado de estar al corriente con sus obligaciones expedido por la Tesorería general de la Seguridad Social. 
  • Certificado de estar al corriente con sus obligaciones tributarias por la Agencia Andaluza de Administración Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente con sus obligaciones tributarias por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.                                                                         

- Una vez finalizadas las actuaciones objeto de la subvención, las entidades beneficiarias deberán aportar junto al formulario de Justificación de la Subvención (Anexo VII), la siguiente documentación:

• Memoria de Actuación Justificativa:

- Memoria Final de las actuaciones de conservación-restauración para la Línea 1.

- Memoria Final de las actuaciones de inventario para la Línea 2.

• Memoria Económica Justificativa:

- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.

- Las certificaciones, facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.

- Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba haber solicitado, en su caso, la entidad beneficiaria.

- En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.

- Declaración responsable de que la documentación acreditativa del gasto no se ha presentado para justificar otra subvención. En el caso de que se hayan presentado a otra subvención, la identificación de ésta y el tanto por ciento presentado.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • 28/07/2021 12:00 horas - 10/09/2021 12:00 horas (Desde las 12:00 horas del 28/07/2021 hasta las 12:00 horas del 10/09/2021)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Patrimonio Histórico (Cód.: A01025859), Línea 1: Servicio competente en materia de restauración-conservación y Línea 2: Servicio competente en materia de inventarios..
En la resolucion
  • D. G. de Patrimonio Histórico (Cód.: A01025859), Por delegación de la persona titular de la Consejería conforme a la disposición adicional primera de la Orden..
En la materia
  • D. G. de Patrimonio Histórico (Cód.: A01025859).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Se computará a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2023

04/05/2023. Modelo de Portada Memoria Final Línea 1
20/09/2023. Resolución de concesión por estimación Recurso de Reposición Línea 1

2022

13/04/2022. Propuesta Provisional de Resolución Línea 1
13/04/2022. Resolución de inadmisión por puntuación Línea 1
26/04/2022. Nota informativa: ampliación del plazo para presentación documentación beneficiarios Línea 1
09/06/2022. Modelo de portada memoria final Línea 2
15/07/2022. Requerimiento de subsanación documentación acreditativa Línea 1
24/11/2022. Resolución definitiva de concesión de la subvención Línea 1
24/11/2022. Resolución de archivo por desistimiento e inadmisión Línea 1
30/11/2022. Corrección de error Anexos Resolución de concesión Línea 1
27/12/2022. Resolución complementaria de la Resolución definitiva de concesión Línea 1

2021

27/07/2021. LISTA DE PREGUNTAS FRECUENTES
02/08/2021. Ayuda para cumplimentación solicitud Línea 2
02/08/2021. Enlaces vídeos tutoriales para cumplimentación solicitud convocatoria 2021
21/10/2021. Requerimiento de subsanación de solicitudes Línea 2.
21/10/2021. Resolución de inadmisión de solicitudes Línea 2
05/11/2021. Resolución de archivo por desistimiento línea 2
15/11/2021. Requerimiento de subsanación de solicitudes Línea 1
15/11/2021. Resolución de inadmisión de solicitudes Línea 1
18/11/2021. Propuesta Provisional de Resolución Línea 2
18/11/2021. Resolución de inadmisión por puntuación Línea 2
14/12/2021. Resolución de archivo por desistimiento e inadmisión de solicitudes Línea 2
14/12/2021. Resolución definitiva de concesión de la subvención Línea 2
14/12/2021. Resolución de archivo por desistimiento e inadmisión de solicitudes Línea 1
22/12/2021. Rectificación de error del Anexo I de la Resolución definitiva de concesión de la subvención Línea 2
23/12/2021. Resolución de revocación parcial de la Resolución de 14 de diciembre de 2021 de archivo por desistimiento e inadmisión de solicitudes Línea 1

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

Conservación-restauración e inventario de bienes muebles de patrimonio histórico de carácter religioso (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/214244.html)

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:

a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental cuya dirección es c/ Levíes, 27. 41004-Sevilla y la dirección electrónica es dgpatrimoniohistoricoydocumental.ccph@juntadeandalucia.es

b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ccph@juntadeandalucia.es

c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento Gestión de subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, con la finalidad de tramitar procedimientos relativos a subvenciones de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía aprobadas por la Orden de 13 de diciembre de 2019. La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés publico así como el ejercicio de poderes públicos derivado de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía. Para gestionar su solicitud de subvención es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.

d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.

e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal. La Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental contempla la cesión de datos a otras Administraciones y Organismos Públicos cuando corresponda.

Estos datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y la normativa de archivos y documentación.

La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/214244.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 04/05/2023 Modelo de portada Memoria Final Línea 1

  • 15/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 11/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 20/09/2023 Resolución por estimación Recurso de Reposición L1

  • 20/09/2023 Resolución por estimación Recurso de Reposición L1

  • 27/12/2022 Resolución complementaria de la Resolución definitiva de concesión Línea 1

  • 04/05/2023 Modelo de Portada Memoria Final Línea 1

  • 12/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Última actualización: 17/01/2024
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