Traslados de personas en situación de dependencia a plazas de centros residenciales y centros de día y de noche

Información general

Título formal:

Traslados de personas en situación de dependencia a plazas de centros residenciales y centros de día y de noche

Código:
4884
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
22/11/2010

Descripción

Procedimiento por el que la persona usuaria del centro o quien ostente su representación o guarda de hecho, solicita su traslado a otro centro en tanto se mantenga la misma situación de dependencia y modalidad de intervención establecida en el Programa Individual de Atención, cuando concurra la circunstancia de mayor proximidad geográfica del centro al lugar de residencia de la persona usuaria o del entorno familiar o de convivencia de aquella.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Podrá acordarse el traslado, por la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes: a) Mayor proximidad geográfica del centro al lugar de residencia de la persona usuaria o del entorno familiar o de convivencia de aquella. b) Existencia de un centro más idóneo para la persona usuaria. c) No superar el periodo de adaptación al centro d) Perjuicio efectivo o peligro cierto que afecte a la vida o integridad física o psíquica de la persona usuaria

Artículos 2 y 10 del Decreto 388/2010, de 19 de octubre.

Documentación

Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas por la persona usuaria

Solicitud

Artículo 11 del Decreto 388/2010, de 19 de octubre.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. En los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, producirá la caducidad del mismo.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en el siguiente enlace al Inventario de Actividades de Tratamiento de Portal web:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/4884.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA 

C/ Seda, Nave 5. Polígono Industrial de Hytasa

41006 - Sevilla

(ESPAÑA)

Teléfono: 955 048 770

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Gestiones asociadas al acceso y al funcionamiento de los programa de atención residencial, estancia diurna y respiro familiar. La gestión de las reclamaciones de las personas usuarias del servicio, en coordinación con la Jefatura de Coordinación de la Dependencia.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

RGPD: 6.1. e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.

RGPD: 6.1. c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable ASSDA (Datos de la capacidad económica)

¿A qué destinatarios se comunicarán?

1.-Direcciones Generales de Consejería.
2.-Gabinete de Consejería.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación los dispuesto en la normativa de archivos y documentación de la Junta de Andalucía.

¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?

Datos de carácter identificativo:-DNI/NIF-Nombre y apellidos-Dirección-Teléfono-Firma-Huella
Otros tipos de datos:
Otras características personales (usuarios del servicio): fecha de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad y situación civil.
Datos económicos: cuenta bancaria de las entidades concertadas, ingresos y rentas del usuario del servicio.
Categoría especiales de datos: Grado de dependencia (Se incorpora la resolución del reconocimiento de grado) Informe médico

 

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 07/05/2019 Se ha modificado en este trámite:Información Pública

  • 31/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 31/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 31/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 11/11/2022 Se ha modificado en este trámite:Modo de Consulta de estado

  • 11/11/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 09/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 09/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 27/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 26/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 22/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 27/03/2024
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