Exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

Información general

Título formal:

Exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

Código:
6245
Organismo:
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
10/03/2014

Descripción

El alumnado exento no será evaluado de la materia, que además no será computada para el cálculo de la nota media del Bachillerato.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Estar cursando ESO o Bachillerato.

Ser deportista de alto nivel o de alto rendimiento.

Realizar estudios de las enseñanzas profesionales de danza.

Artículo 10 de la Orden de 1 de diciembre de 2009.

Documentación

Copia de la resolución que acredita el ser deportista de alto nivel o de alto rendimiento o, en su caso, certificación acreditativa de tal condición.

Certificado académico acreditativo de estar cursando estudios de enseñanza profesional de danza.

Artículo 11 de la Orden de 1 de diciembre de 2009.

Plazo de Inicio

  • 01/09/2025 - 15/09/2025 (La solicitud se podrá presentar los 15 primeros dias de septiembre.)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Dirección Centro Docente.
En la resolucion
  • Dirección Centro Docente.
En la materia
  • D. G. de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).

Agota vía administrativa

No
Última actualización: 28/04/2022
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