Obtención de cita de atención primaria

Información general

Título formal:

Obtención de cita de atención primaria

Código:
7109
Organismo:
Salud y Consumo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
09/06/2015

Descripción

Todas las personas adscritas al Sistema Sanitario Público de Andalucía pueden solicitar una consulta médica (para medicina de familia o pediatría) o de enfermería cuando lo necesitan sin ningún requisito previo. La cita obtenida por cualquier canal se reserva en la agenda del /la profesional asignado.

Es posible también solicitar cita para vacunaciones infantiles,  que se comunicará a las personas que lo soliciten una vez se realice la asignación de fecha.  Finalmente, durante la campaña anual de vacunación antigripal, las personas mayores de 65 años pueden solicitar directamente cita para su vacunación.

Se puede solicitar cita a través de la página ClicSalud+ , a través del teléfono  955 54 50 60 (accesible las 24 horas del día, de lunes a domingo, los 365 días del año) y de la App de cita de Salud Responde . 
 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Información adicional

Órganos responsables

Novedades

  • 14/09/2018 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 14/09/2018 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 14/09/2018 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento

  • 14/02/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • Última actualización: 28/04/2022
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