Módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía: exenciones del módulo profesional.
Información general
Módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía: exenciones del módulo profesional.
- Ciudadanía
Descripción
Exención, total o parcial, del módulo de formación en centros de trabajo, conforme a lo previsto en el Capítulo III de la Orden de 28 de septiembre de 2011.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente presencial.
Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa
Formularios
- Solicitud de exención del módulo profesional de formación en centros de trabajo Nº: 001949 (Obligatorio)
- Informe del equipo docente sobre solicitud de exención total o parcial del módulo de formación en centros de trabajo Nº: 001949/1/A02D (Obligatorio)
- Acuerdo de colaboración formativa entre el centro docente y el centro de trabajo para la formación en centros de trabajo. PCPI Nº: 001949/1/A05D (Obligatorio)
- Acuerdo de colaboración formativa entre el centro docente y el centro de trabajo para la formación en centros de trabajo. CFP Nº: 001949/1/A04D (Obligatorio)
- Acuerdo de colaboración formativa entre corporaciones locales/otras instituciones y el centro de trabajo para la formación en centros de trabajo Nº: 001949/1/A06D (Obligatorio)
- Resolución de exención del módulo profesional de formación en centros de trabajo Nº: 001949/1/A03D (Obligatorio)
Requisitos
Se debe acreditar, tanto para la exención total como para la parcial, una experiencia laboral equivalente al trabajo a tiempo completo de, al menos, un año, que permita demostrar que la persona solicitante tiene adquiridos los resultados de aprendizaje del módulo profesional de formación en centros de trabajo. En el caso de contratos a tiempo parcial, los días de cotización deberán ser equivalentes a un año a tiempo completo
El alumnado solicitante deberá estar matriculado previamente en el centro docente autorizado para impartir enseñanzas conducentes al título de ciclo formativo correspondiente.
Artículo 23.5 de la Orden de 28 de septiembre de 2011 y artículo 12 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
Documentación
Para trabajadores y trabajadoras autónomos o por cuenta ajena: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en Seguridad Social en el régimen especial correspondiente. Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
Paras trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia, en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año de realización y el número total de horas dedicacas a las mismas.
Para trabajadores o trabajadoras asalariadas: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad en que estuvieran afiliados y contrato de trabajo o certificación de la empresa en la que hayan adquirido dicha experiencia. Los documentos deberán tener el contenido específico recogido en el artículo 23.5 a) de la orden de 28 de septiembre de 2011.
Artículo 23 de la Orden de 28 de septiembre de 2011.
Plazo de Inicio
- Cuando se trate de alumnado que se matricule sólo del módulo profesional de formación en centros de trabajo y, si procede, el de proyecto, esta solicitud se entregará en el momento de formalizar la matricula. Si el alumnado realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo en el periodo establecido con carácter general, la solicitud de exención se presentará al menos un mes antes del inicio de las actividades programadas para dicho módulo profesional.
Normativa
- Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral
- ORDEN de 28 de septiembre de 2011, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección Centro Docente, Centro docente donde conste el expediente académico del alumno o alumna.
- Dirección Centro Docente.
- Dirección Centro Docente.