Profesorado de religión católica: provisión de puestos.

Información general

Título formal:

Profesorado de religión católica: provisión de puestos.

Código:
7564
Organismo:
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
21/09/2015

Descripción

Se regula la cobertura de puestos vacantes en los institutos y secciones de educación secundaria y en las escuelas de arte que impartan el bachillerato, correspondientes al profesorado de religión católica, así como las bases para la confección de los listados provinciales de dicho profesorado, en el marco del Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, por la que se regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la Disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Ser español o nacional de alguno de los estados miembros de la UE o nacional de algún estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la UE y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores o ser extranjero con residencia legal en España y autorizado a trabajar o en disposición de obtener una autorización de trabajo por cuenta ajena.

Tener 18 años de edad.

No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psiquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Reunir los requisitos de titulación exigibles o equivalentes, en el respectivo nivel educativo, haber sido propuestos por la Autoridad de la Confesión religiosa para impartir dicha enseñanza y haber obtenido la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la confesíón religiosa objeto de la materia educativa, con carácter previo a la contratación por parte de la Administración educativa.

Artículo 3 del Real Decreto 696/2007.

Documentación

Documentación que acredite la experiencia por servicios prestados fuera de la CAA: toma de posesión y cese.

Fotocopa de las titulaciones con que se cuente, indicando cuál de ellas se alegó para la ocupación del puesto de religión católica, en la fotocopia habrá de indicarse, de puño y letra, ES COPIA DEL ORIGINAL, y firmar a continuación.

Fotocopias de los cursos recibidos, con indicación de la fecha en que se realizó, código de homologación, y autoridad que los expide. En caso de impartición certificación del órgano que lo expide, con indicación de la fecha en que se impartió, horas impartidas ycódigo de homologación. Habrá de indicarse ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL y firmarse ,

Artículo 4 y 6 Orden de 26 de junio de 2009.

Plazo de Inicio

  • 15/05/2024 - 31/05/2024 (Las solicitudes para cada curso académico se presentarán entre los días 15 y 31 de mayo inmediatamente anterior al inicio del curso académico.)

Información adicional

Órganos responsables

Agota vía administrativa

No
Última actualización: 28/04/2022
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