Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
Información general
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Compensar económicamente la prestación de los servicios de interés económico general desarrollados por los Centros Especiales de Empleo, y con ello su viabilidad, mediante la concesión de ayudas dirigidas a financiar la creación de empleo indefinido en los mismos, tanto a jornada completa como parcial, incluidos los contratos fijos-discontinuos, y las transformaciones en indefinido de los contratos temporales suscritos con personas trabajadoras con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, con la finalidad de conseguir su inserción en el mercado laboral y fomentar su accesibilidad.
Tendrán la consideración de personas con diversidad funcional o discapacidad aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
No será subvencionable la participación en estos programas de personas pensionistas de Seguridad Social titulares de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, ni de los pensionistas de clases pasivas con pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, ni el mantenimiento de los puestos de trabajo derivado de contrataciones que hayan sido formalizadas con estas personas a partir del 29 de noviembre de 2018, salvo que tengan expresamente reconocida la condición de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%.
Plazo de solicitud
- 20/06/2023 00:00 horas - 19/07/2023 23:59 horas (El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente a que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.)
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicita y tramita en línea.Presencialmente
Formularios
- Anexo I. Solicitud. Subvenciones no competitivas de la dirección general de incentivos para el empleo y competitividad empresarial dirigidas a personas con discapacidad. Línea de subvención: creación de empleo indefinido en CEE. Nº: 005736 (Obligatorio)
- Anexo III. Datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación. Subvenciones no competitivas de la dirección general de incentivos para el empleo y competitividad empresarial dirigidas a personas con discapacidad. Línea de subvención: creación de empleo indefinido en CEE. Nº: 005736/A03 (Obligatorio)
- Anexo II. Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos. Subvenciones no competitivas de la dirección general de incentivos para el empleo y competitividad empresarial dirigidas a personas con discapacidad. Línea de subvención: creación de empleo indefinido en CEE. Nº: 005736/A02 (Obligatorio)
Documentación
Salvo que se hubiera presentado con la solicitud-anexo I, el formulario-anexo II se deberá presentar acompañado de original, copia auténtica o autenticada de la siguiente documentación:
a) Certificado que acredite que el Centro Especial de Empleo está calificado e inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo y que consta en dicho expediente el DNI, NIF, el poder de representación del representante y la actividad para la que está calificado. Este certificado se aportará solo en caso de no estar registrado el Centro Especial de Empleo en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Certificado acreditativo actualizado de la situación de discapacidad de la persona contratada emitido por la Administración competente o, en el supuesto de que la persona con discapacidad haya sido valorada por un equipo de valoración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, autorización firmada por la persona contratada para proceder a la consulta telemática de su certificado. En el supuesto de que se trate de personas con discapacidad superior o igual al 33%, se deberá aportar cualquiera de los documentos establecidos por el articulo 2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
c) Contratos de trabajo correspondientes al puesto de trabajo incentivado, o transformaciones del mismo, salvo en el supuesto de que las contrataciones se hubiesen formalizado a través de los aplicativos contrat@ o gescontrat@ en cuyo caso, y a los efectos de tramitación del expediente, el órgano instructor expedirá el certificado relativo a la formalización de las mismas.
d) Alta en la Seguridad Social de la persona con discapacidad contratada. Si la empresa estuviera acogida al sistema RED de transmisión telemática de datos a la Seguridad Social será suficiente aportar la acreditación correspondiente.
e) Autorización firmada por la persona contratada para proceder a la consulta telemática de su correspondiente informe de vida laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social, con el objeto de determinar posibles causas de exclusión y a efectos de seguimiento y control.
f) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta, firmada y sellada por la persona que actúe en representación de la entidad solicitante y por la entidad bancaria.
g) Informe de trabajadores en Alta correspondiente a los meses en que se formalizan cada una de las contrataciones indefinidas por las que se solicita el incentivo, y al mes anterior a ello en cada caso. Si la empresa estuviera acogida al sistema RED de transmisión telemática de datos a la Seguridad Social, será suficiente con fotocopia compulsada u original del documento firmado por el responsable correspondiente.
Requisitos
Orden de 7 de febrero de 2017, por la que por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad:
En todo caso, deben de reunir los requisitos establecidos en el artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y en particular los siguientes:
a) Estar debidamente calificadas e inscritas como Centro Especial de Empleo.
b) No haber sido condenadas por sentencia judicial firme o sancionadas por resolución administrativa firme en el último año por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.
c) No haber sido condenadas por sentencia judicial firme o sancionadas por resolución administrativa firme por prácticas de discriminación laboral o de género.
d) No haber sido excluidas por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse desde el inicio del periodo incentivado hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes determinado en la correspondiente convocatoria.
Normativa
- Orden de 7 de febrero de 2017, por la que por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad
- Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2021 de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero 2017.
- Extracto de la Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2021 de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
- Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se modifica y amplía el crédito de la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
- Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2022 de las subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
- Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
- Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
- Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2023, por la que se convoca para el ejercicio 2023 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
- Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se aprueba la redistribución del crédito establecido en la Resolución de 13 de junio de 2023, de esta misma Dirección General, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2023 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
- Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se amplía el crédito de la convocatoria para el año 2023 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581).
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
2023
Málaga:30/03/2023. Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, referente a la publicación de ayudas concedidas, en relación con la iniciativa creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
2022
Almería:19/01/2022. Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería, por la que se hace pública la concesión de subvenciones a las entidades que se relacionan, en el marco de las ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en centros especiales de empleo al amparo de la norma que se cita
Cádiz:
01/03/2022. Anuncio de 4 de febrero de 2022, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Cádiz, referente a la publicación de ayudas concedidas a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
Córdoba:
15/02/2022. Anuncio de 10 de febrero de 2022, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Córdoba, por el que se hacen públicas las ayudas concedidas dirigidas a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
Huelva:
04/02/2022. Anuncio de 28 de enero de 2022, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Huelva, referente a la publicación de ayudas concedidas, en el marco de las ayudas dirigidas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo (CEC), correspondientes a la convocatoria de 2020
Sevilla:
04/03/2022. Resolución de 27 de enero de 2022, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por la que se hace pública la concesión de subvenciones que se relacionan, en el marco de las ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en centros especiales de empleo al amparo de la norma que se cita
2021
25/05/2021. Instrucciones para la presentación de documentación2020
07/07/2020. Autorización para la consulta de la vida laboral de la persona trabajadora contratada07/07/2020. Autorización para la consulta del certificado de discapacidad común
Estado de tramitación: Aportación documentación:
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
SAE-Gestión y Tramitación de Ayudas y Subvenciones https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/170033.html
El responsable del tratamiento es la Dirección General de Políticas Activas de Empleo cuya dirección es c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 y cuyo correo electrónico es dgpae.sae@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 o en el correo electrónico dpd.sae.cefta@juntadeandalucia.es
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los datos de carácter personal para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de empleo y su justificación.
La base jurídica del tratamiento es la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad
Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración del Estado, Administración Local, Órganos Judiciales y Administración Autonómica. No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.