Entidades, Centros y Servicios Sociales: Registro.
Información general
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- Administraciones
Descripción
Serán objeto de inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, todas las Entidades, Centros y Servicios Sociales que reúnan los requisitos establecidos, en la normativa vigente que hayan obtenido las autorizaciones administrativas correspondientes. Los Centros o Servicios de asistencia sanitaria al drogodependiente quedarán sometidos a la autorización administrativa establecida en la normativa sanitaria vigente, quedando excluidos del Régimen de Autorizaciones regulados en el Título II del presente Decreto y sin perjuicio de su sometimiento a las normas de registro y acreditación que en desarrollo de ésta se dicten. La inscripción de Entidades de Servicios Sociales podrá hacerse de oficio o previa solicitud de la parte interesada.
Plazo de solicitud
- A instancia de parte: Sin plazo
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicitud en línea.Presencialmente
Formularios
- SOLICITUD INSCRIPCIÓN DE CENTROS EN EL REGISTRO DE ENTIDADES, CENTROS Y SERVICIOS DE SERVICIOS SOCIALESNº: 001808/3/A02D (Obligatorio)
- FICHA TÉCNICANº: 001808/3/A03D (Obligatorio)
- Anexo V. Solicitud de inscripción de entidades en el Registro de entidades, centros y servicios sociales. Código de procedimiento 11Nº: 001808/5 (Obligatorio)
Documentación
Documentación acreditativa de la personalidad de la Entidad solicitante
DNI del representante o consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad a través del sistema de verificación de identidad
Estatutos de la entidad solicitante
Memoria de la programación general a desarrollar por la Entidad.
Artículo 20.3 del Decreto 87/96, de 20 de febrero, regulación de autorización, registro y acreditación de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía
Normativa
- Decreto-Ley 28/2020, de 4 de noviembre, por el que se establecen, con carácter extraordinario y urgente, diversas medidas en materia de servicios sociales.
- Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorizacion, registro y acreditacion de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucia, modificado por Decreto 102/2000, de 15 de marzo
- Decreto 102/2000, de 15 de marzo por el que se modifica el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorizacion, registro y acreditacion de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucia, modificado por Decreto 102/2000, de 15 de marzo
- Corrección de errores al Decreto 87/1996, de 20 de febrero.
- Orden de 1 de marzo de 2011, de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía.
- Decreto 153/2011, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los servicios sociales de Andalucía.
- Orden de 29 de febrero de 1996, de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se regula el registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales.
- Decreto 103/2022, de 14 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Autorización administrativa, Declaración responsable, Comunicación, Acreditación y Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Viceconsejero (Cód.: A01025655).
- Viceconsejero (Cód.: A01025655).
- Viceconsejero (Cód.: A01025655).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 1 Mes.
Silencio: Positivo
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
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La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166049.html