Solicitud de licencia para la práctica de la pesca marítima de recreo en aguas interiores en sus distintas modalidades.
Información general
- Ciudadanía
- Empresas
Descripción
Para el ejercicio de la pesca marítima de recreo en aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía será preciso estar en posesión de la licencia expedida por la Consejería competente en la materia. Esta licencia autoriza la práctica de cualquiera de las modalidades establecidas en el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre:
1. Pesca marítima de recreo desde tierra.
2. Pesca marítima de recreo desde embarcación.
3. Pesca marítima de recreo submarina.
Las licencias de pesca marítima de recreo serán de cuatro clases:
- Clase 1: que autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde tierra. Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.
- Clase 2: que autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde embarcación. Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.
- Clase 3 o colectiva: que autoriza para la pesca marítima de recreo desde embarcación a un número de personas queno podrá exceder del número máximo de capacidad de la embarcación. Su período de vigencia será de un año, contadoa partir de la fecha de expedición o renovación.
- Clase 4: que autoriza para la pesca marítima de recreo submarina. Su período de vigencia será de un año, contado a partir de la fecha de expedición o renovación.
En el Registro de Licencia de Pesca Marítimia se inscribirán de oficio las licencias expedidas por la Consejería competente en la materia.
Para más información sobre la obtención o renovación de licencias de pesca de 1ª y 2ª clase, ver vídeo explicativo en el canal Youtube de la CAGPDS: https://youtu.be/WIBacg898Ug
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicitud en línea.Presencialmente
Formularios
- ANEXO I - SOLICITUD. LICENCIA DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN AGUAS INTERIORESNº: 003737 (Obligatorio)
- INFORME MÉDICO DE EVALUACIÓN PARA LA PRÁCTICA DE PESCA DE RECREO SUBMARINA A PULMÓN LIBRENº: 003737/A03 (Obligatorio)
- DECLARACIÓN RESPONSABLE - SOBRE EL ESTADO DE SALUD PARA LA PRÁCTICA DE LA PESCA DE RECREO SUBMARINA A PULMÓN LIBRENº: 003737/A02 (Obligatorio)
Documentación
Para licencias de clase 4,
- Acreditación del pago de las tasas establecidas por la legislación vigente.
- Documento que acredite la mayoría de edad.
- Documentación sobre el estado de salud para la práctica del buceo recreativo, que se comprobará mediante la aportación del Anexo I del Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, y la aportación del Informe Médico del Buceador, cuando sea necesario en función de los supuestos recogidos en dicha normativa.
Para licencias de clase 3 o colectiva, documentación que acredite la titularidad, identificación y puerto base de la embarcación
Carta de pago de la tasa correspondiente
Para renovación de la licencia, se acompañará una copia de la licencia anterior, ya caducada o próxima a caducar
CIF del solicitante
DNI/pasaporte/asimilado o consentimiento para la consulta de datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Identidad
Autorización de la persona que ostente la patria potestad/tutela (cuando solicitante menor de edad)
Artículo 8 del Decreto 361/2003, de 22 de diciembre. Artículos 2 y 3 de la Orden de 29 de noviembre de 2004 de la Consejería de Agricultura y Pesca.
Requisitos
Requisitos específicos para cada modalidad: Artículo 6 del Decreto 361/2003 de 22 de diciembre
Para licencia de clase 1 y clase 2, tener cumplidos catorce años en el momento de la presentación de la solicitud; Para licencia de clase 3 y clase 4, tener cumplida la mayoría de edad en el momento de solicitarla
Artículo 6 del Decreto 361/2003, de 22 de diciembre.
Sujeto a pago
Normativa
- Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca maritima de recreo en aguas interiores.
- Resolución de 27 de mayo de 2020, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se autoriza la ampliación del plazo de vigencia de las licencias de pesca marítima de recreo en la Comunidad Autónoma de Andalucía por tres meses debido a la suspensión de la actividad provocada por la crisis sanitaria del COVID-19.
- Orden de 29 de noviembre de 2004, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se desarrolla el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la de pesca marítima de recreo en aguas interiores.
- Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo.
- Orden de 22 de febrero de 2023, por la que se modifica el formulario de solicitud de licencias de pesca marítima de recreo de la Orden de 29 de noviembre de 2004, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se desarrolla el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la de pesca marítima de recreo en aguas interiores, se incluyen dos nuevos formularios como complemento de la solicitud para la obtención de la licencia de pesca marítima submarina, se publica un nuevo formulario correspondiente a la autorización de captura de especies del Anexo III, y se actualiza el correspondiente a la declaración de desembarque
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
- Dirección General de Pesca y Acuicultura (Cód.: A01004495).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Positivo
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
2021
15/07/2021. ADENDA A LA INSTRUCCIÓN CRITERIOS COMUNES EN LA TRAMITACIÓN DE LICENCIAS DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO DE CLASE 4 (PESCA SUBMARINA)2020
12/06/2020. Ampliación del plazo de vigencia durante el estado de emergencia.23/06/2020. CIERRE CAUTELAR PESCA RECREATIVA Y DEPORTIVA DE ATÚN ROJO
02/12/2020. Folleto explicativo para obtención de licencias de pesca marítima de recreo en Andalucía
Estado de tramitación: Aportación documentación:
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
LICENCIAS DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO DE ANDALUCÍA
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165664.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de Pesca y Acuicultura cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión del censo de licencias de pesca marítima de recreo en Andalucía.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Ley 1/2002, de 4 de abril, de ordenación, fomento y control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos