Fundaciones. Solicitud de legalización de libros

Información general

Título formal:

Fundaciones. Solicitud de legalización de libros

Código:
11684
Organismo:
Justicia, Administración Local y Función Pública
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
07/05/2018

Descripción

El Registro de Fundaciones de Andalucía, adscrito a la Consejería competente en materia de fundaciones, tendrá por objeto, entre otras funciones, la legalización de los libros obligatorios que hayan de llevar las fundaciones.

En la hoja de legalizaciones abierta para cada fundación, se harán constar los datos de presentación de la solicitud, la clase de libros legalizados, el número dentro de cada clase, la fecha de la legalización. Constará, asimismo, la denominación de la entidad y su número de inscripción.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

LEGALIZACIÓN DE LIBROS

El procedimiento electrónico de legalización de los libros de las fundaciones será exigible a partir del ejercicio 2021.

Con el sistema electrónico no procede legalizar libros en blanco.

 

SOLICITUD ELECTRÓNICA DE LEGALIZACIÓN DE LIBROS

La forma de presentación de los libros a legalizar para las fundaciones es mediante una petición con certificado digital a través de Presentación Electrónica General, en la dirección: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml ,debe indicar como destinatario a Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública / Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación

INSTRUCCIONES PARA LA LEGALIZACIÓN ELECTRÓNICA

Observaciones a tener en cuenta para el procedimiento de legalización:

  • En cada ejercicio se deberán legalizar los libros obligatorios del ejercicio precedente.

  • Debiendo presentarse un PDF por libro y por año:

    • Son libros obligatorios: Libro de Inventarios y cuentas anuales, Libro Diario y Libro de Actas. Los libros obligatorios deberán ser presentados anualmente para su legalización antes de que transcurran los siete meses siguientes a la fecha de cierre de cada ejercicio.

    • También pueden presentarse para su legalización voluntaria los libros auxiliares que las fundaciones precisen.

  • El libro a legalizar se adjuntará a la solicitud telemática en formato pdf. (En caso de superar el tamaño máximo que admite el sistema, se pueden presentar sucesivas solicitudes relacionadas necesarias). Dicho libro deberá cumplir los requisitos siguientes: deberá estar cumplimentados en su integridad, sus hojas numeradas correlativamente reflejarán los asientos y anotaciones en orden cronológico y los espacios en blanco deberán estar debidamente anulados.

  • Las actas de las reuniones del Patronato y demás órganos de la fundación, reunidas en el libro de actas, serán autenticadas en la forma que establezcan los Estatutos o, en su defecto, con la firma del Secretario y el visto bueno del Presidente.

  • Respecto al contenido del libro de Inventarios y cuentas anuales, su contenido (mínimo) estará formado por el Balance de Situación, la Cuenta de Resultados, la Memoria y el Inventario. Las Cuentas Anuales serán firmadas en todas sus hojas por la Secretaría y la Presidencia. Además, ambas firmas serán o electrónicas o manuscritas, no siendo posible la combinación de ambos procedimientos en un mismo documento. Si la firma es manuscrita, será preciso firmar por el anverso y el reverso de cada hoja, si estos últimos se utilizan.

Documentación

En la solicitud para la legalización de los libros constarán necesariamente los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos de la persona que presenta la solicitud.

  • Denominación de la fundación, identificación registral y domicilio.

  • Relación de libros cuya legalización se solicita, así como el número de hojas de que se compone cada libro.

  • Fecha de apertura y, en su caso, de cierre de los últimos libros legalizados de la misma clase que aquellos cuya legalización se solicita.

  • Si la solicitud de iniciación no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá a la persona que la hubiera presentado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

Plazo de Inicio

  • Antes de que transcurran los siete meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

PROTECTORADO Y REGISTRO DE FUNDACIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166070.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, cuya dirección es Plaza de la Gavidia, nº 10, 41071 - Sevilla, y cuyo correo electrónico es dg.justiciajuvenil.cjalfp@juntadeandalucia.es.

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección, Plaza Nueva, 4, 41071 Sevilla, o en el correo electrónico dpd.cjalfp@juntadeandalucia.es .

 

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para:

  • Ejercicio de las funciones del Protectorado de Fundaciones de Andalucía, con el fin de velar por el correcto ejercicio del derecho de fundación y por la legalidad de la constitución y funcionamiento de las fundaciones

  • La llevanza y gestión del Registro de Fundaciones de Andalucía, y tiene por objeto la inscripción de las Fundaciones, así como la inscripción, constancia y depósito de los actos, negocios jurídicos y documentos relativos a las mismas.

 

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

conferidos al responsable del tratamiento (Artículo 6.1.e del RGPD), recogida en:

  • Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía

  • Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero

  • Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre

 

¿A qué destinatarios se comunicarán?

A otras Administraciones, Organismos Públicos y terceros que lo soliciten, en los términos establecidos por las leyes. En este sentido, el Registro de Fundaciones de Andalucía es público para todos quienes tengan interés en conocer su contenido, de acuerdo y con las limitaciones establecidas en el artículo 4 de su Reglamento de organización y funcionamiento.

No se prevé transferir datos personales a terceros países ni a organizaciones internacionales.

 

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Es de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Los datos aportados se conservarán de forma indefinida hasta el cese de la relación del interesado con la Administración, y se conservarán con fines de investigación histórica o fines estadísticos de acuerdo con la normativa vigente.

 

 

¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?

Los datos que se tratan son los propios que proporciona la persona, y son los siguientes:

  • Características personales: DNI, nombre, apellidos, dirección, teléfono.

  • Datos académicos y de formación.

  • Información Comercial: Datos económicos y profesionales.

  • Económicos, financieros y de seguros: datos bancarios, para actos relacionados con la dotación y patrimonio fundacional.

     

No se prevé el tratamiento de categorías especiales de datos.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 22/06/2018 Se ha modificado en este trámite: Modo de solicitud

  • 10/11/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 09/11/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 09/11/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 09/11/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Última actualización: 17/01/2024
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