Solicitud para la autorización de captura de determinadas especies, condiciones y topes máximos de captura durante la práctica de la pesca marítima de recreo en aguas interiores.
Información general
Pesca Marítima de Recreo en Aguas Interiores de Determinadas Especies, Condiciones y Topes Máximos de Captura: Autorización
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11.4 y 17.3 del Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, el titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura podrá autorizar: -la captura de las especies relacionadas en el Anexo del citado Decreto 361/2003. -la captura sobrepasando el tope máximo.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos:
Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.
Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.
Formularios
- ANEXO III- DECLARACIÓN. DESEMBARQUE Y CAPTURA. PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN AGUAS INTERIORES Nº: 003650/A02 (Obligatorio)
- ANEXO VI- SOLICITUD. AUTORIZACIÓN PARA LA CAPTURA DE ESPECIES SOMETIDAS A MEDIDAS DE ESPECIAL PROTECCIÓN (Decreto 61/2003) Y SOBREPASAR LOS TOPES MÁXIMOS DE CAPTURA ESTABLECIDOS DURANTE LA CELEBRACIÓN DE CONCURSOS, CAMPEONATOS O TROFEOS EN AGUAS INTERIORES Nº: 003650 (Obligatorio)
Requisitos
Presentar el escrito de solicitud con un mes de antelación a la fecha en la que se pretenda efectuar la actividad
Remitir la declaración de desembarque a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, en el plazo máximo de quince días hábiles a partir del momento de la captura.
Artículos 6 y 7 de la Orden de 29 de noviembre de 2004 de la Consejería de Agricultura y Pesca.
Documentación
Solicitud de autorización, conforme al artículo 5.2 de la Orden de 29 de noviembre de 2004
Artículo 5 de la Orden de 29 de noviembre de 2004 de la Consejería de Agricultura y Pesca.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Orden de 29 de noviembre de 2004, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se desarrolla el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la de pesca marítima de recreo en aguas interiores.
- Orden de 22 de febrero de 2023, por la que se modifica el formulario de solicitud de licencias de pesca marítima de recreo de la Orden de 29 de noviembre de 2004, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se desarrolla el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la de pesca marítima de recreo en aguas interiores, se incluyen dos nuevos formularios como complemento de la solicitud para la obtención de la licencia de pesca marítima submarina, se publica un nuevo formulario correspondiente a la autorización de captura de especies del Anexo III, y se actualiza el correspondiente a la declaración de desembarque
- Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca maritima de recreo en aguas interiores.
- Decreto 205/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la pesca marítima recreativa en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Corrección de errores del Decreto 205/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la pesca marítima recreativa en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Corrección de errores del Decreto 205/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la pesca marítima recreativa en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 169, de 4.9.2023).
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Pesca y Acuicultura (Cód.: A01004495).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
- Dirección General de Pesca y Acuicultura (Cód.: A01004495).
- Dirección General de Pesca y Acuicultura (Cód.: A01004495).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 1 Mes.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
LICENCIAS DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO DE ANDALUCÍA
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165664.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de Pesca y Acuicultura cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión del censo de licencias de pesca marítima de recreo en Andalucía.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Ley 1/2002, de 4 de abril, de ordenación, fomento y control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
03/03/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
02/10/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
08/09/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
24/11/2023 Se ha modificado el campo: Normativas