Autorización para centros técnicos de tacógrafos

Información general

Título:
Autorización para centros técnicos de tacógrafos
Código:
13085
Organismo:
Política Industrial y Energía
Destinatarios:
  • Empresas
  • Ciudadanía
Estado:
Abierto
Fecha de actualización:
24/05/2023

Descripción

Las entidades que pueden ser autorizadas como centros técnicos de tacógrafos son las siguientes:

- Los fabricantes de vehículos, con instalaciones productivas en España, en cuyos vehículos sea necesario instalar tacógrafos digitales.
- Los fabricantes de carrocerías de autobuses y autocares, con instalaciones productivas en España, en cuyas carrocerías sea necesario instalar tacógrafos digitales.
- Los fabricantes de tacógrafos y sus talleres concesionarios.
- Los talleres de reparación de vehículos de las ramas de actividad mecánica o electricidad.
- Las estaciones de inspección técnica de vehículos ITV.
- Los talleres de reparación de equipos eléctricos.

Para ello, la entidad deberá presentar la documentación ante la Secretaría General de Industria y Minas.

Plazo de solicitud

  • Plazo abierto permanentemente

Cómo realizar el trámite

Presencialmente

El medio de presentación dependerá de lo que establezca la normativa que regule este procedimiento. Si el procedimiento es exclusivamente telemático, no podrá presentar la solicitud en una oficina de asistencia en materia de registros.

Documentación

Documentación para solicitar nueva autorización de centro técnico de tacógrafos tipo III.

  • Solicitud en la que se especifique claramente el alcance de lo solicitado. 
  • Acreditación de la personalidad y condición legal del solicitante.
  • Inscripción en el registro de establecimientos industriales como taller de reparación de vehículos en la rama mecánica o  electricidad - electrónica.
  • Declaración responsable del cumplimiento del requisito de incompatibilidad, según el artículo 3 del Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero.
  • Certificados de adiestramiento del responsable técnico y de un técnico, como mínimo.
  • Documentación acreditativa de la titulación del responsable técnico y de la certificación de profesionalidad del técnico.
  • Certificado de conformidad de la entidad con la norma UNE 66102 «Sistema de gestión de los centros técnicos de tacógrafos» emitido por una entidad de certificación acreditada o, en su defecto, documento de una entidad de certificación acreditada que informe que la certificación conforme a la norma UNE 66102 se está realizando y que certifique la conformidad de los equipos de que dispone, según la citada norma, acompañando a dicho escrito los certificados de los fabricantes de los equipos según el anexo  G de la norma UNE 66102.
  • Certificados de calibración de los equipos de medida recogidos en el apartado C.13 del anexo I del RD 125/2017 (banco de rodillos, manómetro, equipo de calibrado y cronómetro).
  • Póliza de responsabilidad civil, aval u otra garantía financiera por una cuantía de mínima 60000 euros actualizada con el IPC anualmente.
  • Documento acreditativo del pago de la tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de industria, energía y minas, tarifa 3.4 (Autorización de centros técnicos de tacógrafos digitales), realizado a través del modelo 046

Para la cumplimentación del modelo 046 se deberán seguir las instrucciones de cumplimentación de dicho modelo, con especial atención a las siguientes indicaciones:

Obligado al pago: Se deben indicar los datos identificativos de la persona física o jurídica que solicita la prestación del servicio sujeto a la tasa.

Autoliquidación: Se debe marcar siempre esta opción.

Descripción: Se debe detallar el hecho imponible u otros datos que faciliten la identificación de la solicitud.

Fecha de devengo: Indicar la fecha de la solicitud/declaración/comunicación objeto de la tasa.

Total importe: Indicar el importe de la tarifa completa, sin descontar la posible bonificación por pago electrónico. Ver importe

Código territorial: Seleccionar PIxxxx [Indicar el código territorial correspondiente]

PI0050 – POL. INDUSTR. Y ENERGIA SSCC

PI0450 - DT ALMERIA (INDUST. Y ENERGIA)

PI1150 - DT CADIZ (INDUST. Y ENERGIA)

PI1450 - DT CORDOBA (INDUST. Y ENERGIA)

PI1850 - DT GRANADA (INDUST. Y ENERGIA)

PI2150 - DT HUELVA (INDUST. Y ENERGIA)

PI2350 - DT JAEN (INDUST. Y ENERGIA)

PI2950 - DT MALAGA (INDUST. Y ENERGIA)

PI4150 - DT SEVILLA (INDUST. Y ENERGIA)

Concepto de pago: Seleccionar 0007 (TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS).

Requisitos

Requisitos generales que deben cumplir los centros técnicos:

  • Los fabricantes de tacógrafos y sus talleres concesionarios, los talleres de reparación de vehículos de las ramas de actividad mecánica o electricidad, las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) y los talleres de reparación de equipos eléctrico, cuando pretendan ejercer su actividad como centros técnicos, deben estar inscritas en el Registro Integrado Industrial, según lo establecido en el Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.

  • Los fabricantes de vehículos, con instalaciones productivas en España, en cuyos vehículos sea necesario instalar tacógrafos digitales y los fabricantes de carrocerías de autobuses y autocares, con instalaciones productivas en España, en cuyas carrocerías sea necesario instalar tacógrafos digitales deberán estar inscritas en el Registro de fabricantes y firmas autorizadas de la autoridad de homologación española previsto en el Real Decreto 750/2010, de 4 de junio.

 

Además deben cumplir, en cada caso, con los requisitos establecidos en este Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos; con los requisitos técnicos contenidos en su anexo I:

  • Requisitos técnicos generales.
  • Requisitos del personal y de su adiestramiento.

  • Requisitos de los equipos de intervención técnica.

Sujeto a pago

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Positivo

Seguimiento

En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.

Aportación documentación:

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Información sobre el tratamiento de datos personales

AUTORIZACIÓN PARA CENTROS TÉCNICOS DE TACÓGRAFOS

Enlace a la actividad concreta en el “Inventario de actividades de tratamiento de datos personales” en https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/185388.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Industria y Minas cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1, 41092-Sevilla, correo electrónico: sgim.cpie@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico: dpd.cpie@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación de las solicitudes de autorización como centros técnicos de tacógrafos de las entidades que tienen por objeto la ejecución material de las intervenciones técnicas que deban realizarse sobre los tacógrafos, y para mantener el registro de centros técnicos autorizados.

Los datos personales podrán ser tratados para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados del Reglamento (UE) nº 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera y del Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos

La aportación de los datos es requisito indispensable para la obtención de la autorización.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Los datos actualizados del registro de centros técnicos autorizados estarán disponibles para el órgano competente en materia de seguridad industrial de la Administración General del Estado.

No están previstas transferencias internacionales.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

 

Novedades

  • 13/04/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación
  • 31/01/2023 Se ha modificado el campo: Plazo resolver/notificar
  • 24/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación
  • 24/02/2023 Se ha modificado el campo: Documentación
  • 24/02/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Subsanación
  • 24/02/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación
  • 24/02/2023 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación
  • 24/02/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación
  • 24/02/2023 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación
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