Notificación a presentar por el industrial afectado por el RD por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas

Información general

Título formal:

Notificación a presentar por el industrial afectado por el RD por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas

Código:
13778
Organismo:
Industria, Energía y Minas
Destinatarios:
  • Empresas
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
26/03/2018

Descripción

Notificación a realizar por los industriales de establecimientos afectados por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. El órgano competente es la Delegación Territorial en materia de industria en la provincia donde radique el establecimiento.

Se presentará con carácter previo a la construcción del establecimiento. Igualmente, en el caso de modificaciones, el industrial deberá actualizar la notificación con carácter previo, ante estas circunstancias:

a) Aumento o disminución significativa de la cantidad o modificación significativa de las características o la forma física de la sustancia peligrosa presente indicada en la notificación enviada por el industrial, o modificación significativa de los procesos donde se emplea, cuando se produzca:

  • El cambio de nivel de afectación del establecimiento, pasando de nivel inferior a superior, o viceversa.
  • El cambio del estado físico de alguna sustancia peligrosa, o de los procesos en que intervenga, de forma que pueda preverse bajo determinadas condiciones la liberación de materia o energía que origine un riesgo de accidente grave. En todo caso, las modificaciones que supongan:
    • Un incremento superior al 25% de la capacidad nominal de producción de las instalaciones.
    • Un incremento superior al 25% de la capacidad nominal de trasiego de sustancias peligrosas.
  • La incorporación de nuevas sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a los umbrales de la columna 2 de la parte 1 o de la parte 2 del anexo I del RD 840/2015. Todo ello empleando, cuando sea aplicable, la regla de la suma de la nota 4 del anexo I.
  • El incremento de las cantidades de sustancias peligrosas presentes en cantidades inferiores a los umbrales de la columna 3 de la parte 1 o de la parte 2 del citado anexo I, cuando dicho incremento sea igual o superior a los umbrales de la columna 2 de la parte 1 o de la parte 2 del anexo I. Todo ello empleando, cuando sea aplicable, la regla de la suma de la nota 4 de dicho anexo I.
  • El incremento de las cantidades de sustancias peligrosas presentes en cantidades iguales o superiores a los umbrales de la columna 3 de la parte 1 o de la parte 2 del citado anexo I, cuando dicho incremento sea un 30 % o más de la cantidad presente y, al mismo tiempo, suponga un aumento superior al doble de los umbrales de la columna 2 de la parte 1 o de la parte 2 del citado anexo I.
  • La suma de modificaciones sucesivas no consideradas como importantes cuando, en su conjunto, cumplan alguna de las condiciones anteriores.

b) Modificación de un establecimiento o instalación que pueda tener consecuencias importantes en cuanto a los peligros de accidente grave.

c) Cierre definitivo o desmantelamiento del establecimiento.

d) Cambios en la información referidos a nombre o razón social del industrial, o ambos, y dirección completa del establecimiento correspondiente, domicilio social del industrial y dirección completa, nombre y cargo del responsable del establecimiento, si es una persona diferente del industrial.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Este procedimiento aplica a los industriales que pretendan la construcción o la puesta en explotación de un nuevo establecimiento afectado por el Real Decreto 840/2015, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, así como en el caso de modificaciones en establecimientos existentes según la descripción de éstas realizada anteriormente.

Documentación

-La propia notificación, que debe contener como mínimo la siguiente información:

a) Nombre o razón social del industrial, o ambos, y dirección completa del establecimiento correspondiente;

b) Domicilio social del industrial y dirección completa.

c) Nombre y cargo del responsable del establecimiento, si es una persona diferente del industrial al que se refiere la letra a).

d) Información suficiente para identificar las sustancias peligrosas y la categoría de sustancias de que se trate o que puedan estar presentes. En todo caso:

  1.  Denominación de la sustancia, número CAS y número ONU. 
  2. Identificación de peligros y clasificación según Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. 
  3. Composición e información de los componentes si fuera una mezcla.
  4. Categoría a la que pertenece en el anexo 1 parte 1, de este real decreto.

e) Cantidad y forma física de la sustancia o sustancias peligrosas de que se trate.

f) Actividad ejercida o actividad prevista en la instalación o zona de almacenamiento.

g) Entorno inmediato del establecimiento y factores capaces de causar un accidente grave o de agravar sus consecuencias, incluidos, cuando estén disponibles, detalles de los establecimientos vecinos, de emplazamientos que queden fuera del ámbito de aplicación de este real decreto, zonas y obras que puedan originar o incrementar el riesgo o las consecuencias de un accidente grave y de efecto dominó.

- Documento acreditativo del pago de la tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de industria, energía y minas, tarifa 17.1 (Recepción, revisión y gestión de la notificación), realizado a través del modelo 046

Para la cumplimentación del modelo 046 se deberán seguir las instrucciones de cumplimentación de dicho modelo, con especial atención a las siguientes indicaciones:

Obligado al pago: Se deben indicar los datos identificativos de la persona física o jurídica que solicita la prestación del servicio sujeto a la tasa.

Autoliquidación: Se debe marcar siempre esta opción.

Descripción: Se debe detallar el hecho imponible u otros datos que faciliten la identificación de la solicitud.

Fecha de devengo: Indicar la fecha de la solicitud/declaración/comunicación objeto de la tasa.

Total importe: 78,59 euros.

Indicar el importe completo de la tarifa, sin descontar la posible bonificación por pago electrónico (*).

(*) Conforme al artículo 12.2 de la Ley 10/2021, la presentación y pago de la autoliquidación por medios electrónicos da derecho a una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar por cada autoliquidación presentada, con un límite mínimo de bonificación de 3 € y máximo de 70 €. Esta bonificación se le aplicará automáticamente al seleccionar el pago electrónico siempre que marque la casilla solicitando que se aplique dicha bonificación.

Código territorial: seleccionar uno de los siguientes códigos territoriales, en función de la provincia a la que está asociada el trámite:

PI0450 - DT ALMERIA (INDUST. Y ENERGIA)

PI1150 - DT CADIZ (INDUST. Y ENERGIA)

PI1450 - DT CORDOBA (INDUST. Y ENERGIA)

PI1850 - DT GRANADA (INDUST. Y ENERGIA)

PI2150 - DT HUELVA (INDUST. Y ENERGIA)

PI2350 - DT JAEN (INDUST. Y ENERGIA)

PI2950 - DT MALAGA (INDUST. Y ENERGIA)

PI4150 - DT SEVILLA (INDUST. Y ENERGIA)

Concepto de pago: Seleccionar 0007 (TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS).

Más información: Cuadro de tarifas vigentes con sus importes

 

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • La notificación se presentará antes de comenzar la construcción del establecimiento con una antelación de al menos 4 meses en el caso de establecimientos nuevos afectados como nivel superior y de 2 meses en el caso de establecimientos de nivel inferior. En ningún caso podrá superarse un año desde la solicitud de la licencia de obra.
  • En modificaciones del establecimiento, instalación o zona de almacenamiento ya existentes a las que se refieren los puntos a) y b) anteriores, la notificación se realizará en estos mismos plazos de forma previa a la entrada en explotación de las mismas; o bien en estos mismos plazos de forma previa al inicio de la construcción que pudiera conllevar dicha modificación, sin superarse un año desde la solicitud de la licencia de obras, en su caso.
  • La notificación se realizará con un mes de antelación en caso desmantelamiento o cierre definitivo.
  • Ante cambios en la información referidos a nombre o razón social del industrial, o ambos, y dirección completa del establecimiento correspondiente, domicilio social del industrial y dirección completa, nombre y cargo del responsable del establecimiento, si es una persona diferente del industrial, la notificación se realizará de forma inmediata.

Información adicional

Órganos responsables

En la materia

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

Enlace a la actividad concreta en el “Inventario de actividades de tratamiento de datos personales” en https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/185427.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Industria y Minas cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1, 41092-Sevilla, correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico: dpd.ciem@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la presentación de la notificación por el industrial, a cuyos establecimientos les sea de aplicación el Real Decreto 840/2015 de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Los datos personales podrán ser tratados para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Directiva 2012/18/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por la que se modifica y ulteriormente deroga la Directiva 96/82/CE y el Real Decreto 840/2015 de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de Control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

La aportación de los datos es requisito indispensable para la presentación.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

No están previstas cesiones, salvo obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/06/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 08/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 22/03/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • Última actualización: 22/03/2024
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