Evaluación de Informe de Seguridad según RD por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas

Información general

Título formal:

Evaluación de Informe de Seguridad según RD por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas

Código:
13780
Organismo:
Industria, Energía y Minas
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
Fecha de creación:
26/03/2018

Descripción

Presentación del informe de seguridad que han de elaborar los industriales de establecimientos afectados como nivel superior por la normativa de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre). Dicha presentación se realizará ante la Delegación Territorial en materia de industria de la provincia donde radique el establecimiento, que llevará a cabo la evaluación del informe de seguridad.

El industrial debe revisar periódicamente el informe de seguridad y actualizarlo como mínimo cada cinco años, o bien en caso necesario a raíz de un accidente grave en su establecimiento o en cualquier momento a iniciativa del industrial o a petición de la autoridad competente cuando esté justificado por nuevos datos o con el fin de tener en cuenta los nuevos conocimientos técnicos sobre seguridad. Asimismo, en caso de modificación de un establecimiento, instalación, zona de almacenamiento, proceso, o de las características, forma física o cantidades de sustancias peligrosas que pueda tener consecuencias importantes en lo que respecta a los riesgos de accidente grave o que pueda dar lugar a que un establecimiento de nivel inferior pase a ser un establecimiento de nivel superior.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Industriales de establecimientos existentes e industriales que pretendan la construcción de un nuevo establecimiento afectados como nivel superior por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.

Documentación

  • Informe de seguridad y dictamen de un organismo de control. 
  • Documento acreditativo del pago de la tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de industria, energía y minas, tarifa 17.3 (Recepción, revisión, evaluación y pronunciamiento del Informe de Seguridad. En el caso de revisiones periódicas, se liquidará el 20% de la tasa.), realizado a través del modelo 046

    Para la cumplimentación del modelo 046 se deberán seguir las instrucciones de cumplimentación de dicho modelo, con especial atención a las siguientes indicaciones:

    Obligado al pago: Se deben indicar los datos identificativos de la persona física o jurídica que solicita la prestación del servicio sujeto a la tasa.

    Autoliquidación: Se debe marcar siempre esta opción.

    Descripción: Se debe detallar el hecho imponible u otros datos que faciliten la identificación de la solicitud.

    Fecha de devengo: Indicar la fecha de la solicitud/declaración/comunicación objeto de la tasa.

    Total importe: 851,34 euros.

    Indicar el importe completo de la tarifa, sin descontar la posible bonificación por pago electrónico (*).

    (*) Conforme al artículo 12.2 de la Ley 10/2021, la presentación y pago de la autoliquidación por medios electrónicos da derecho a una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar por cada autoliquidación presentada, con un límite mínimo de bonificación de 3 € y máximo de 70 €. Esta bonificación se le aplicará automáticamente al seleccionar el pago electrónico siempre que marque la casilla solicitando que se aplique dicha bonificación.

    Código territorial: seleccionar uno de los siguientes códigos territoriales, en función de la provincia a la que está asociada el trámite:

    PI0450 - DT ALMERIA (INDUST. Y ENERGIA)

    PI1150 - DT CADIZ (INDUST. Y ENERGIA)

    PI1450 - DT CORDOBA (INDUST. Y ENERGIA)

    PI1850 - DT GRANADA (INDUST. Y ENERGIA)

    PI2150 - DT HUELVA (INDUST. Y ENERGIA)

    PI2350 - DT JAEN (INDUST. Y ENERGIA)

    PI2950 - DT MALAGA (INDUST. Y ENERGIA)

    PI4150 - DT SEVILLA (INDUST. Y ENERGIA)

    Concepto de pago: Seleccionar 0007 (TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS).

    Más información: Cuadro de tarifas vigentes con sus importes

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • El industrial presentará el informe de seguridad ante el órgano competente de la comunidad autónoma al menos cuatro meses antes de comenzar la explotación del nuevo establecimiento. En el caso de modificaciones que den lugar a actualizaciones del informe de seguridad, en el mismo plazo. Las revisiones periódicas o actualizaciones del informe de seguridad se enviarán sin demora.

Información adicional

Órganos responsables

En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 4 Meses.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

Enlace a la actividad concreta en el “Inventario de actividades de tratamiento de datos personales” en https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/185427.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Industria y Minas cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1, 41092-Sevilla, correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico: dpd.ciem@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la presentación del informe de seguridad por el industrial, a cuyos establecimientos les sea de aplicación el Real Decreto 840/2015 de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, y su posterior evaluación por el órgano competente (Delegaciones Territoriales de la Consejería de Política Industrial y Energía).

Los datos personales podrán ser tratados para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Directiva 2012/18/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por la que se modifica y ulteriormente deroga la Directiva 96/82/CE y el Real Decreto 840/2015 de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de Control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

La aportación de los datos es requisito indispensable para la presentación del informe.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

No están previstas cesiones, salvo obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/06/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 31/01/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 31/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 08/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 30/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazo resolver/notificar

  • 06/02/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 06/02/2024
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