Ayudas del FEADER dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias.
Información general
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- Asociaciones y organizaciones
- Administraciones
Descripción
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvención financiada con Fondos Europeos, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 2.1)
A estos efectos, se considera asesoramiento horizontal el definido como actuación 1, "asesoramiento básico transversal (u horizontal) a explotaciones", de la Submedida 2.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Percibirán estas ayudas las entidades que resulten beneficiarias y presten el correspondiente servicio de asesoramiento, sin que la entidad pueda cobrar al destinatario final del mismo importe alguno por dicho servicio.
Plazo de solicitud
- 06/07/2023 - 17/08/2023 (Plazo para solicitar el Servicio de Asesoramiento (Selección de Entidades))
- 10/11/2022 - 09/12/2022 (Plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2022.)
- 01/09/2023 - 21/09/2023 (Nuevo plazo para solicitar el servicio de asesoramiento (selección de entidades))
- 05/07/2023 - 25/07/2023 (Plazo para presentar la aceptación a la Resolución de Concesión.)
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicita y tramita en línea.Presencialmente
Formularios
- Comunicación de la relación de personas que prestarán el servicio de asesoramiento. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al servicio de asesoramiento básico transversal (u horizontal) a explotaciones agrarias (agrícolas y ganaderas) Nº: 003006/A03D (Obligatorio)
- Solicitud de pago. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al servicio de asesoramiento básico transversal (u horizontal) a explotaciones agrarias (agrícolas y ganaderas) Nº: 003006/A02D (Obligatorio)
- Solicitud subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al servicio de asesoramiento básico transversal (u horizontal) a explotaciones agrarias (agrícolas y ganaderas) Nº: 003006D (Obligatorio)
- Modelo de comunicación relativa al personal técnico que prestará el servicio de asesoramiento. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al servicio de asesoramiento básico transversal (u horizontal) a explotaciones agrarias (agrícolas y ganaderas) Nº: 003006/A04D (Obligatorio)
- Formularios de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al servicio de asesoramiento básico transversal (u horizontal) a explotaciones agrarias (agrícolas y ganaderas) Nº: 003006/A01D (Obligatorio)
Documentación
Los beneficiarios provisionales y suplentes, para el cumplimiento de los requisitos y de los correspondientes criterios de valoración, deberán presentar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la propuesta provisional de resolución, la siguiente documentación acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las declaraciones responsables, junto al correspondiente Anexo II publicado en la correspondiente convocatoria, debidamente cumplimentado, y en caso de no presentarla, se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución:
1.Documentación acreditativa de la entidad solicitante:
a) Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF).
b) Escritura de constitución y estatutos de la entidad, así como las modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el registro correspondiente, donde conste el domicilio y el objeto social de la entidad. Los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración Pública podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
2. Documentación acreditativa de la representación: Siguiendo lo establecido en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, referido a los sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas:
a) Los que comparezcan o firmen las solicitudes de subvención en nombre de la entidad, presentarán la acreditación de dicha representación, presentando copia del Documento Nacional de Identidad (DNI), salvo que se haya dado el consentimiento a la Administración para realizar la consulta de sus datos a través del Sistema de Verificación de Identidad. Si optan por utilizar medios telemáticos de presentación se realizará mediante la utilización de la firma electrónica reconocida. Para ello se deberá disponer del certificado reconocido de usuario previsto en el artículo 13 del Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet), o del sistema de firma electrónica incorporada al DNI referido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
b) Documentación acreditativa de la representación que ostenta, debiendo ser la persona firmante de la solicitud el representante legal designado en los estatutos de la entidad solicitante. A tal efecto, se presentará acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, en la que conste la persona que ocupa el cargo de representante legal. En caso de que el firmante ocupe un cargo diferente al indicado en los estatutos para ejercer la representación legal de la entidad, se presentará acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, mediante la que se indique de forma específica que se otorga la representación legal a la persona designada para la presentación de la solicitud de ayuda y demás trámites correspondientes a la misma.
3. Acta del órgano de gobierno o certificado del secretario donde conste el acuerdo de solicitar la ayuda y el compromiso de realizar la actividad, así como de cumplir las obligaciones establecidas en la Orden, durante el período subvencionable.
4. Documentación acreditativa relativa a la actividad para la que se solicita la subvención:
a) En caso de disponer de personal técnico contratado para la prestación del servicio de asesoramiento, la siguiente información relativa al mismo:
a.1. Lista identificativa del personal contratado según el modelo del Anexo V publicado en la correspondiente convocatoria con la siguiente información: Nombre, apellidos, DNI, sexo, Entidad contratante, titulación, formación IFAPA, consentimiento para la consulta de identidad y de historial académico y firma.
a.2. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación.
a.3. La documentación que proceda a la vista de lo dispuesto en el artículo 4 en caso de haber recibido la formación necesaria, o compromiso de formación en caso de no haberla recibido.
a.4. Contrato en vigor antes de iniciar el servicio. b) Relación de oficinas de las que dispone para la prestación del servicio de asesoramiento, junto con la documentación acreditativa de la disposición de la misma (escritura de propiedad, contrato de alquiler, cesión o cualquier otro título válido en derecho que acredite su vinculación y/o uso por parte de la entidad).
c) Documentación acreditativa de suscripción de la póliza con cobertura de daños y perjuicios referida en el artículo 4.a)2º.4. En caso de no disponer de dicha póliza en el momento de presentación de este Anexo II, se debe presentar posteriormente junto con el Anexo IV, también publicado en la correspondiente convocatoria.
d) En el caso de que se acredite el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de la subvención, mediante el uso de medios de entidades federadas o integradas en la entidad solicitante, deberá aportarse el oportuno documento que las relacione y donde conste el compromiso efectivo de todas las entidades de destinar dichos medios a los servicios de asesoramiento, durante todo el periodo de ejecución.
e) Documentación acreditativa de que la entidad solicitante está certificada por la ISO 9001, en su caso.
Requisitos
Las personas jurídicas o entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos, a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda:
1. Gozar de personalidad jurídica propia y tener entre su objeto social el asesoramiento técnico a titulares de explotaciones agrarias.
2. Contar con personal técnico, con contrato laboral en vigor, o el compromiso de contratarlo antes de iniciar el servicio, que cumpla con:
a) Las personas que presten el asesoramiento como personal técnico, dentro de las entidades beneficiarias de las ayudas, deberán contar con título oficial universitario/a en el área de agronomía, veterinaria, forestal, ciencias ambientales o biología.
b) La formación que a través del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica lleve a cabo la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible a través de la Submedida 2.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020. En caso de no haberse convocado los cursos referidos, deben indicar el compromiso de presentarse a los mismos una vez se convoquen, entregando la solicitud de inscripción, o el certificado de haberlo realizado, junto al Anexo III de solicitud de pago, de la correspondiente convocatoria.
c) La proporción entre el número de técnicos que van a llevar a cabo los servicios de asesoramiento y número de servicios que se van a prestar será como mínimo de 1 técnico por cada 86 asesoramientos.
3. Disponer de instalaciones adecuadas para prestar los servicios de asesoramiento, debiendo contarse con, al menos, una por cada provincia en la que vayan a efectuarse los mismos.
4. Disponer de una póliza con cobertura de daños y perjuicios que pudieran ocasionarse como consecuencia de la prestación de un asesoramiento erróneo, y que por ejecución de las indicaciones del mismo por el destinatario final, provoque un perjuicio económico de este último.
Para acreditar los requisitos señalados anteriormente la persona o entidad solicitante podrá basarse en los medios (instalaciones, equipos y dispositivos informáticos y personal técnico que cumpla con los requerimientos establecidos) de otras entidades federadas o integradas de la misma, siempre y cuando se demuestre que se va a disponer de dichos medios durante todo el periodo de ejecución y que las entidades que los prestan no se encuentren en situación legal que impida la posibilidad de obtener subvenciones. Los asesoramientos que se lleven a cabo con los medios de entidades federadas o integradas en la entidad solicitante, se entenderán efectuados por la entidad solicitante. Para la acreditación deberá presentarse documento que refleje la relación entre ambas debidamente firmado.
Los requisitos señalados en este apartado se extienden en su aplicación a aquellas entidades federadas o integradas en la entidad solicitante.
Plazo de aportación de documentos
Plazo:
Fecha inicio: 31/08/2023 | Fecha fin: 20/09/2023
Plazo para aportar datos del servicio técnico (Anexos IV y V)
Plazo de alegaciones
Plazo:
Fecha inicio: 17/02/2023 | Fecha fin: 03/03/2023
Plazo de Presentación de Anexo II
Normativa
- REGLAMENTO (UE)1305/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 1698/2005 del Consejo
- Orden de 4 de septiembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 2.1).
- Corrección de errores de la Orden de 4 de septiembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 2.1) (BOJA núm. 175, de 11.9.2019).
- Extracto de la Orden de 8 de septiembre de 2020, por la que se convocan para el periodo 2020-2021, las ayudas previstas en la Orden de 4 de septiembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 2.1).
- Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
- DECRETO 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Orden de 8 de septiembre de 2020, por la que se convocan para el período 2020-2021, las ayudas previstas en la Orden de 4 de septiembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 2.1).
- Orden de 2 de noviembre de 2022, por la que se convocan para el periodo 2022-2023 las ayudas previstas en la Orden de 4 de septiembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (submedida 2.1).
- Extracto de la Orden de 2 de noviembre de 2022, por la que se convocan para el periodo 2022-2023 las ayudas previstas en la Orden de 4 de septiembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (submedida 2.1).
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Cód.: A01025805).
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Cód.: A01025805).
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Cód.: A01025805).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
2023
16/02/2023. Diligencia de Publicación16/02/2023. Guía de Cumplimentación. Anexo II
16/02/2023. Documentación a aportar junto al Anexo II
16/02/2023. Declaración Responsable Obligatoria a aportar junto al Anexo I
16/02/2023. Propuesta Provisional de Resolución. Operación 2.1.1
16/02/2023. Propuesta Provisional de Resolución. Operación 2.1.2
2021
19/01/2021. Anuncio de publicación de las resolución definitivas19/01/2021. Diligencia de publicación de las resoluciones definitivas
19/01/2021. Resolución definitiva conjunta 2.1.1
19/01/2021. Resolución definitiva conjunta 2.1.2
19/01/2021. Aceptación de la ayuda concedida
19/01/2021. Guía de cumplimentación Anexo II (06/11/2020)
2020
22/09/2020. Declaración responsable obligatoria a aportar junto al Anexo I22/09/2020. Guía de cumplimentación
22/09/2020. Documentación a aportar junto al Anexo II
22/09/2020. Preguntas y respuestas más frecuentes
06/11/2020. Diligencia de publicación
06/11/2020. Anuncio de publicación
06/11/2020. Propuesta provisional de resolución operación 2.1.1
06/11/2020. Documentación a aportar junto Anexo II
06/11/2020. Propuesta provisional de resolución operación 2.1.2
23/11/2020. Diligencia fin de plazo de alegaciones Anexo II
23/11/2020. Resolución de fin de plazo Anexo II
23/11/2020. Anuncio de fin de plazo alegaciones Anexo II
Estado de tramitación: Aportación documentación:
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – FONDOS FEADER
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165615.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público ( 6.1.e) , basada en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos