Medicina Legal. Solicitud de informe pericial para la valoración del daño por accidentes de tráfico en reclamaciones extrajudiciales.
Información general
Medicina Legal. Solicitud de informe pericial para la valoración del daño por accidentes de tráfico en reclamaciones extrajudiciales.
- Ciudadanía
Descripción
Las personas que hayan sufrido lesiones en accidentes de tráfico podrán solicitar de común acuerdo con la entidad aseguradora y por sí mismas, la realización de informe pericial para la valoración del daño en reclamaciones realizadas al margen de un procedimiento judicial conforme al modelo establecido por la Dirección General competente en materia de medicina legal.
La realización de estos informes periciales corresponde a los Institutos de Medicinal Legal y Ciencias Forenses, conforme a lo previsto en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y del seguro en la circulación de vehículos a motor. La Consejería competente en medicina legal procurará la especialización del personal de medicina forense en la valoración del daño corporal a través de actividades formativas pertinentes.
El reparto entre el personal de medicina forense, para la realización de estas periciales se hará garantizando objetividad, imparcialidad, rotación y, en su caso, especialidad o cualificación por razón de la materia. Si la elaboración de la pericial entraña especial dificultad, podrá asignarse a un equipo de dos o más profesionales. La Dirección del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses establecerá los lugares adecuados para llevar a cabo las periciales teniendo en cuenta criterios de proximidad y centralización.
El informe se emitirá conforme al modelo establecido por la Dirección General competente en materia de medicina legal en un plazo máximo de un mes desde que hubiera concluido la exploración, salvo situación sobrevenida o especial dificultad que deberá ser comunicada a la Dirección del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses para la autorización de la prórroga del plazo inicial que deberá ser notificada a los interesados.
El informe será firmado por el personal médico forense que lo elaboró y por quienes participaron en la exploración de la víctima lesionada o en el estudio del caso. Además, deberá ir visado por la persona titular de la jefatura de servicio o sección correspondiente, o el personal médico forense que se designe, quién comprobará que se han seguido las normas científico-técnicas adecuadas.
Corresponde a la Dirección General competente en materia de medicina legal establecer las instrucciones de organización y funcionamiento para la realización de periciales en reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, que faciliten la aplicación de los procedimientos de solicitud de la pericial, emisión de informes y control de calidad, así como el contenido de los mismos, a fin de garantizar una pericial de carácter oficial, independiente, acreditada y especializada.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos:
Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.
Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.
Formularios
Documentación
- Anexo I de solicitud cumplentado incluyendo consentimiento expreso de la persona perjudicada o de sus familiares en caso de fallecimiento o incapacidad para el acceso a su historia clínica.
- Oferta motivada emitida por la entidad aseguradora.
Sujeto a pago
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 69/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del Consejo Andaluz de Medicina Legal y Forense y de la Comisión de Coordinación de los Institutos de Medicina Legal.
- Decreto 90/2018, de 15 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del Consejo Andaluz de Medicina Legal y Forense y de la Comisión de Coordinación de los Institutos de Medicina Legal, aprobado por el Decreto 69/2012, de 20 de marzo.
- Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba el formulario de solicitud de informe pericial para la valoración del daño por accidentes de tráfico en reclamaciones extrajudiciales.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada (Cód.: A01035380), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Huelva (Cód.: A01035393), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Jaén (Cód.: A01035397), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Málaga (Cód.: A01035401), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Sevilla (Cód.: A01035405), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba (Cód.: A01035374), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Almería (Cód.: A01035332), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Cádiz (Cód.: A01035359), Institutos de Medicinal Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada (Cód.: A01035380), Institutos de Medicina Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Huelva (Cód.: A01035393), Institutos de Medicina Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Jaén (Cód.: A01035397), Institutos de Medicina Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Málaga (Cód.: A01035401), Institutos de Medicina Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Sevilla (Cód.: A01035405), Institutos de Medicina Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba (Cód.: A01035374), Institutos de Medicina Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Almería (Cód.: A01035332), Institutos de Medicina Legal.
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Cádiz (Cód.: A01035359), Institutos de Medicina Legal.
- Secretaría General de Servicios Judiciales (Cód.: A01004485).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 1 Mes. El plazo se cuenta a partir de que concluya la exploración
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
Nombre actividad de tratamiento; Informes periciales de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor
URL: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/218027.html
Responsable del tratamiento: Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal
Dirección : Plaza de la Gavidia nº 10, Sevilla 41071
Correo electrónico: dg.oficinajudicial.cjalfp@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el email: dpd.cjalfp@juntadeandalucia.es
Finalidad del tratamiento:
Realización por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de informes perciales de valoración del daño a solicitud de particulares en reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.
Legitimación:
consentimiento del interesado.
Base jurídica:
Artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos, en relación con el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre y en el Decreto 69/2012, de 20 de marzo por el que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal y de la Comisión de coordinación de los Institutos de Medicina Legal.
Interesados:
Personas físicas mayores de edad, solicitantes de periciales en reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.
Cesiones de datos:
Puede haber cesiones a Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses que presten servicios en otras Comunidades Autónomas, ya que el informe pericial puede solicitarse en el lugar del siniestro o en el lugar donde resida el lesionado.
Transferencias internacionales:
No están previstas.
Periodo de conservación:
Se conservarán el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron.
Datos personales:
Datos identificativos Datos de salud
Medidas de seguridad:
El acceso a los datos está limitado a los usuarios debidamente autorizados.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
19/10/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
19/10/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación
19/10/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas