Línea 2. Subvenciones, en materia de consumo, a Federaciones y Confederaciones de Asociaciones u Organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información general
Línea 2. Subvenciones, en materia de consumo, a Federaciones y Confederaciones de Asociaciones u Organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Línea 2. Subvenciones, en materia de consumo, a Federaciones y Confederaciones de Asociaciones u Organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Objeto: Impulsar el fomento del asociacionismo de las personas consumidoras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Conceptos subvencionables: 1. Actividades dirigidas a la formación del personal de las Federaciones y las entidades que las integren, siempre que guarden relación con los temas de consumo. 2. Actividades dirigidas al fomento del asociacionismo encaminadas a promover y fomentar la adhesión de nuevas personas asociadas o de nuevas entidades dentro de la Federación. 3. Actividades de auditoría externa requeridas por la Administración para el correcto funcionamiento de las Federaciones o de las entidades que la integran. 4. Funcionamiento general de la sede de la entidad o de la oficina de atención a las personas consumidoras y usuarias para la información, mediación, tramitación y gestión de reclamaciones
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- LÍNEA 2: Subvenciones, en materia de consumo, a federaciones de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía Nº: 003399/1/A01 (Obligatorio)
- LINEA 2: Subvenciones, en materia de consumo, a federaciones de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Nº: 003399/1/A02 (Obligatorio)
- LÍNEA 2: Subvenciones, en materia de consumo, a federaciones de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía Nº: 003399/1/A03 (Obligatorio)
- LÍNEA 2: Subvenciones, en materia de consumo, a federaciones de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Nº: 003399/1 (Obligatorio)
Requisitos
1. Estar inscritas en el Registro de Asociaciones y Organizaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía, de conformidad con el Decreto 121/2014, de 26 de agosto, por el que se regula el Régimen Jurídico y el Registro de Asociaciones y Organizaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Que el ámbito de actuación territorial establecido en los estatutos de la entidad solicitante sea autonómico. 00190086Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021 página 58 Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
3. Poseer un número mínimo de 5 asociaciones u organizaciones que estén integradas en la entidad y que tengan la sede social, cada una de ellas, en diferentes provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el año anterior a la convocatoria.
4. Que el conjunto de entidades que la integren cuente con un mínimo de 6.000 personas asociadas y unos ingresos mínimos por cuotas de personas asociadas de 60.000 euros anuales durante el año anterior a la convocatoria.
Documentación
1. Certificación bancaria acreditativa de la cuenta corriente cuya titularidad ha de corresponder a la entidad solicitante.
2. Certificación expedida por la persona titular de la Secretaría de la entidad solicitante, con el Visto Bueno de la persona titular de la Presidencia, acreditativa de: El número total de personas asociadas a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria. El importe recaudado por cuotas de personas asociadas a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria.
3. Presupuesto desglosado de cada actividad por tipo de gasto (personal, general y específico) y los gastos generales y específicos desglosados por partidas o conceptos, de conformidad con lo establecido en el apartado 5.c)1º. del Cuadro Resumen.
4. Declaración responsable sobre las tareas que desempeñen los miembros de los órganos de gobierno y representación de la entidad solicitante, en las actividades subvencionadas.
5. Certificación expedida por la persona titular de la Secretaría, con el Visto Bueno de la persona titular de la Presidencia de la entidad solicitante, del horario de la sede o de la oficina de atención a las personas consumidoras y usuarias para la información, mediación, tramitación y gestión de reclamaciones, desglosando el número de horas anuales, el horario de mañana y/o tarde y los días de la semana en la que permanece abierta así como del horario de atención no presencial y los medios que se ponen a disposición de las personas consumidoras, desglosados de manera análoga.
6. Documentación acreditativa de la persona representante legal de la entidad socilicitante y de la representación legal o apoderamiento
Plazo de Inicio
- 24/04/2024 00:01 horas - 15/05/2024 23:59 horas (El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 11.b) de los cuadros resúmenes de la Orden de 6 de abril de 2021, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente Resolución de convocatoria.)
Normativa
- Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva.
- Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2024, de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias para la realización de programas formativos en materia de consumo, para actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y sostenible, para el funcionamiento de las oficinas de atención e información a las personas consumidoras y para el fomento del asociacionismo en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024.
- Resolución de 15 de abril de 2024, de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, organizaciones y federaciones de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias para la realización de programas formativos en materia de consumo, de actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y sostenible, para el funcionamiento de las oficinas de atención e información a las personas consumidoras y para el fomento del asociacionismo en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024.
- Orden de 6 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias para la realización de programas formativos en materia de consumo, de actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y sostenible, para el funcionamiento de las oficinas de atención e información a las personas consumidoras y para el fomento del asociacionismo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Consumo (Cód.: A01014175).
- Dirección General de Consumo (Cód.: A01014175).
- Dirección General de Consumo (Cód.: A01014175).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. A partir del día siguiente del plazo para la presentación de solicitudes
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información pública:Información sobre el tratamiento de datos personales
- Línea 2. de Subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía (2/CSAL/2008) https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166251.html
- El responsable del tratamiento de datos personales es la Dirección General de Consumo sita en la C/ Castelar, nº 22, código postal 41071 de Sevilla. Correo electrónico dg.consumo.csalud@juntadeandalucia.es.
- Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en Consejería de Salud y Familias en la Avda. de la Innovación, s/n, 41020 de Sevilla, en el c.e. dpd.csalud@juntadeandalucia.es o en el tlf:955006300
- Los datos personales proporcionados son necesarios para constatar el cumplimiento de la normativa relativa a la convocatoria de estas subvenciones.
- Las bases jurídicas del tratamiento son las siguientes: RGPD: arts 6.1.c (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento) y 6.1.e (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento). Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos