Control de presentación de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos

Información general

Título formal:

Control de presentación de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos

Código:
2022
Organismo:
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
Fecha de creación:
22/09/2009

Descripción

Tiene por objeto el control, por parte de la Administración Tributaria, del cumplimiento de la obligación de presentar declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos.

Artículo 153 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente presencial.

Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.

Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa

Acceso a la fase

Requisitos

Corresponde el control del cumplimiento de la obligación de presentar declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos en los siguientes supuestos:

a) Cuando resulten obligados a ello de acuerdo con su situación censal.

b) Cuando se ponga de manifiesto por la presentación de otras declaraciones, autoliquidaciones o comunicaciones de datos del propio obligado tributario.

c) Cuando se derive de información que obre en poder de la Administración procedente de terceras personas.

d) Cuando se ponga de manifiesto en el curso de otras actuaciones o procedimientos de aplicación de los tributos.

Artículo 153 RD 1065/2007, de 27 de julio.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
En la resolucion
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457), Unidades de Atención y Asistencia al Contribuyente y titulares de las oficinas incardinadas en los Registros de la Propiedad.

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Artículo 153 RD 1065/2007
    Silencio: Caducidad

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

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Información sobre el tratamiento de datos personales

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 09/06/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 09/06/2023
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