Subvenciones dirigidas a la conciliación: Línea 7: Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía.

Información general

Título formal:

Subvenciones dirigidas a la conciliación: Línea 7: Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía.

Código:
23225
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Empresas
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
05/06/2023

Descripción

Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad por empresas con sede social en Andalucía de entre 10 y 49 personas trabajadoras, en los términos exigidos para los planes legalmente obligatorios y que sean inscritos en el Registro de Planes de igualdad de las empresas, según la regulación contenida en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

A estos efectos se ha de tomar en consideración lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual se entenderá por plan de igualdad en la empresa el conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.

Serán objeto de subvención los planes de igualdad elaborados en los términos exigidos para los planes legalmente obligatorios e inscritos en el Registro de Planes de igualdad de las empresas, según la regulación contenida en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

No será objeto de subvención la elaboración de un plan de igualdad cuando concurran los supuestos siguientes:

a) Cuando la obligación de elaboración del plan de igualdad derive del convenio colectivo aplicable a la empresa.

b) Cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

- Tener la sede social en Andalucía.
- Contar con un mínimo de 10 personas trabajadoras contratadas y un máximo de 49 personas. Para el cálculo del número de personas trabajadoras, se tendrá en cuenta la plantilla total de la empresa, cualquiera que sea el número de centros de trabajo de aquella y cualquiera que sea la forma de contratación laboral, incluidas las personas con contratos fijos discontinuos, con contratos de duración determinada y personas con contratos de puesta a disposición. En todo caso, cada persona con contrato a tiempo parcial se computará, con independencia del número de horas de trabajo, como una persona más. A este número de personas deberán sumarse los contratos de duración determinada, cualquiera que sea su modalidad que, habiendo estado vigentes en la empresa durante los seis meses anteriores, se hayan extinguido en el momento de efectuar el cómputo. En este caso, cada cien días trabajados o fracción se computará como una persona trabajadora más.
- Se entienden excluidas las Administraciones Públicas a las que hace referencia la disposición adicional séptima del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

 

Documentación

1. Copia del NIF de la empresa solicitante.
2.Poder de representación de la persona solicitante.
3. Escritura de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente.
4. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de Inscripción de Empresario en el Sistema de la Seguridad Social, en el que se refleje la Actividad Económica (según CNAE 2009).
5. Declaración censal de actividades (modelo 036 de la Agencia Estatal Tributaria) o la Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas (modelo 840 de la Agencia Estatal Tributaria). Aquellas entidades que hayan hecho uso del Documento Único Electrónico (DUE), conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 368/2010, de 26 de marzo, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de las empresas individuales mediante el sistema de tramitación telemática, podrán sustituir los modelos citados por éste.
6. Documento actualizado acreditativo del número de personas empleadas por la empresa, el cual deberá incluir aquellas contrataciones que hubiesen estado vigentes en los seis meses anteriores.
7. Declaración responsable de no traer causa la elaboración del plan de igualdad en una obligación impuesta por el convenio colectivo aplicable a la empresa.
8. Declaración responsable de no traer causa la elaboración del plan de igualdad en un acuerdo adoptado por la autoridad laboral en un procedimiento sancionador, de sustitución de sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. 
9. Declaración responsable de no haber sido condenada o sancionada la entidad por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente o por acoso sexual en el trabajo, durante un plazo de cinco años desde la fecha de la condena por sentencia firme o de la resolución admininistrativa firme.
10. Copia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de la persona representante, en caso de que haya manifestado su oposición a la consulta de sus datos de identidad.
11. Memoria descriptiva de la actividad a realizar, que deberá incluir cronograma de realización.
12. Presupuesto de ingresos y gastos de la actuación debidamente desglosado.

Plazo de Inicio

  • 18/09/2023 00:00 horas - 29/09/2023 23:59 horas (El plazo de solicitud comenzará al día siguiente de la publicación en el BOJA del extracto de la Resolución de convocatoria)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Computado desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

- Denominación de la actividad de tratamiento:

SUBVENCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, SEGURIDAD Y SALUD LABORAL. Esta actividad se incluye en el Inventario de Actividades de Tratamiento, al que podrá acceder a través del siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/190613.html


- ¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?:

El responsable del tratamiento de datos personales es la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, cuya dirección es Calle Albert Einstein, 4, Edificio World Trade Center, Isla de la Cartuja, 41092 de Sevilla y cuyo correo electrónico es dgtbl.ceeta@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Calle Albert Einstein, 4, Edificio World Trade Center, Isla de la Cartuja, 41092 de Sevilla, o en el correo electrónico dpd.ceeta@juntadeandalucia.es

- ¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?:

Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación del procedimiento relativo a las subvenciones del Programa de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de subvenciones a corporaciones locales y empresas en materia de actuaciones de conciliación.

- ¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?:

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal, derivada de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Para gestionar su solicitud de subvención es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.

- ¿A qué destinatarios se comunicarán?:

No están previstas cesiones de datos a terceros.

- ¿Por cuánto tiempo se conservarán?:

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Asimismo, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y, de igual modo, resultará de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación vigente en cada momento.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 12/10/2023 Se ha modificado el campo: Título descriptivo del procedimiento

  • 12/10/2023 Se ha modificado el campo: Título formal del procedimiento

  • Última actualización: 17/01/2024
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