Subvenciones a la contratación para el impulso de medidas de flexibilidad horaria a través del fomento del trabajo a distancia.

Información general

Título formal:

Subvenciones a la contratación para el impulso de medidas de flexibilidad horaria a través del fomento del trabajo a distancia.

Código:
24307
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
23/12/2020

Descripción

Las subvenciones a la contratación para el impulso de medidas de flexibilidad horaria a través del trabajo a distancia, tienen por objeto promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de hombres y mujeres, remover los obstáculos que sobre el mismo producen las responsabilidades derivadas del ámbito familiar, y favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Podrán solicitar las subvenciones objeto del presente procedimiento las siguientes entidades.

Las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas, y las entidades sin ánimo de lucro privadas. Estas entidades deberán tener domicilio fiscal y centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las administraciones públicas, las corporaciones de derecho público, las entidades y empresas pertenecientes al sector público, incluyéndose a aquellas entidades o empresas en las que el poder de control o dirección o de designación de la mayoría de los componentes de sus órganos de gobierno sea ostentado por la administración pública, o que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de las Administraciones públicas, sus organismos públicos o demás entidades del sector público, o que su patrimonio esté formado en más de un 50 por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

Con relación a las contrataciones efectuadas:

a) El contrato laboral indefinido deberá formalizarse con persona desempleada inscrita como demandante de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por el Servicio Andaluz de Empleo.

b) El contrato laboral deberá formalizarse con carácter indefinido, a jornada completa, en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) El contrato laboral deberá incluir las cláusulas específicas de la medida de flexibilización horaria relativas al acuerdo de trabajo a distancia, que deberá especificar, en todo caso, el porcentaje y distribución de la jornada presencial y no presencial, lugar y tareas a realizar en la modalidad no presencial, la descripción del sistema empleado para el seguimiento y control de dichas tareas, así como el contenido mínimo obligatorio exigido por normativa laboral vigente

El acuerdo de trabajo a distancia será de aplicación desde el inicio de la actividad laboral

d) La jornada laboral realizada de forma no presencial no podrá ser inferior al 30 por ciento de la jornada ordinaria, en cada periodo de referencia de tres meses, ni ser superior al 50 por ciento de la misma. A estos efectos, se entiende como jornada presencial aquella que se presta en el centro de trabajo o lugar determinado por la empresa.

d) Comunicar la contratación de forma telemática mediante el aplicativo Contrat@ o Gescontrat@, salvo que la persona trabajadora contratada sea una mujer víctima de violencia de género.

 

 

Documentación

Salvo que se hubiera presentado con la solicitud Anexo I, o de manifestarse en la misma la oposición de la persona o entidad solicitante para la consulta telemática por el órgano gestor de los documentos elaborados por cualquier Administración, documentos aportados anteriormente por la persona interesada a cualquier Administración o datos obrantes en la misma necesarios para la comprobación de los datos consignados en la solicitud y de los requisitos, el formulario Anexo II se deberá presentar acompañado de la siguiente documentación:

a) NIF de la persona o entidad solicitante, y del representante legal de la entidad.
b) En el supuesto de persona trabajadora por cuenta cuenta propia, alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en su caso, Informe de Vida Laboral debidamente actualizado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
c) Comunicación del contrato de trabajo a través de Contrat@ o Gescontrat@.

En todo caso, y salvo que se hubiera presentado con la solicitud Anexo I, además de lo dispuesto en el apartado anterior, deberá presentar la siguiente documentación:

a) Estatutos de la entidad, en su caso, y poder de representación del representante legal que suscribe la solicitud. En el supuesto de representación mancomunada deberán aportar autorización para la presentación de la solicitud de todas las personas representantes mancomunadas.

b) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta consignada para efectuar la transferencia.

c) Contrato de trabajo debidamente formalizado para el que se solicita la subvención donde se incorpore el acuerdo de trabajo a distancia, con las especificaciones establecidas en la letra c) del apartado 4.a).2º.

d)En su caso, certificación de la mutualidad correspondiente.

e)La persona solicitante de la subvención deberá recabar autorización expresa de la persona contratada al órgano gestor para la consulta telemática de su vida laboral.


La aportación de la documentación requerida lleva implícita la autorización al órgano gestor para que acceda y trate la información personal contenida en los documentos.

Plazo de Inicio

  • 30/06/2021 - 31/12/2021 (La presente convocatoria estará abierta a partir del día siguiente a que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y hasta el 31 de diciembre de 2021. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral de la persona trabajadora. No obstante, para aquellas contrataciones realizadas desde el día 1 de enero de 2021 y hasta la entrada en vigor de esta resolución, el plazo para la presentación de estas solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.)

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Caducidad

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2021

07/07/2021. Autorización para la consulta de la vida laboral de la persona trabajadora

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SAE-Gestión y Tramitación de Ayudas y Subvenciones https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/170033.html

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Políticas Activas de Empleo cuya dirección es c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 y cuyo correo electrónico es dgpae.sae@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 o en el correo electrónico dpd.sae.cefta@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los datos de carácter personal para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de empleo y su justificación.

La base jurídica del tratamiento es la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración del Estado, Administración Local, Órganos Judiciales y Administración Autonómica. No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 29/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 07/07/2021 Se ha publicado: Autorización para la consulta de la vida laboral de la persona trabajadora

  • Última actualización: 01/02/2024
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