Subvenciones dirigidas a la contratación de personas desempleadas para el cuidado o atención de hijos o hijas menores de 3 años.

Información general

Título formal:

Subvenciones dirigidas a la contratación de personas desempleadas para el cuidado o atención de hijos o hijas menores de 3 años.

Código:
24309
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
23/12/2020

Descripción

Estas subvenciones tienen por objeto facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras andaluzas con hijos e hijas menores de tres años a cargo, y promover la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, así como la creación de empleo para las personas dedicadas a la actividad en el servicio del hogar en Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas:
Podrán solicitar las subvenciones las personas integrantes de la unidad familiar que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, tutela o guarda con fines de adopción, o acogimiento permanente, que figuren como empleadora y titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona empleada de hogar contratada.

A los efectos de estas subvenciones, tendrá la consideración de persona destinataria de las mismas, el hijo o la hija menor de tres años que requiere la atención y cuidado

Con carácter particular deben reunir los siguientes requisitos:
a) La persona beneficiaria y el hijo o la hija menor de tres años, deberán residir de forma efectiva en un municipio de Andalucía y figurar empadronadas en el mismo domicilio, durante la duración de la actuación subvencionable. Asimismo, se deberá acreditar la relación de filiación, de adopción, tutela o guarda con fines de adopción o acogimiento permanente entre la persona solicitante de la ayuda y el hijo o hija para cuyo cuidado se solicita la subvención.
b) Las personas progenitoras o asimiladas integrantes de la unidad familiar deberán ejercer una actividad retribuida por cuenta ajena y a jornada completa, de acuerdo con el convenio colectivo que le resulte de aplicación. En su defecto, se entenderá la jornada máxima legal. No obstante, en caso de que convivan los dos progenitores y uno de ellos tenga un contrato a jornada parcial, o ésta sea consecuencia de una reducción de jornada, se entenderá cumplido el requisito siempre y cuando la jornada laboral parcial de este progenitor, sea igual o superior al de la persona contratada en el servicio de hogar.
c)Ninguna de las personas progenitoras integrantes de la unidad familiar podrá encontrarse en situación de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de persona menor.
d)La persona destinataria no debe estar escolarizada en centros de atención socioeducativa (0-3años).
e) Para la obtención de la subvención los ingresos de la unidad familiar, no deben superar en cómputo anual los siguientes límites:
e.1 Familias de dos miembros: 3 veces el el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
e.2 Familias de tres miembros: 4.5 veces el SMI.
e.3 A partir del tercer miembro, se añadirá el valor equivalente a 1 SMI por cada nuevo miembro de la unidad familiar.
El procedimiento a seguir para el cálculo de estos límites se establecerá en la correspondiente convocatoria.

Documentación

Salvo que se hubiera presentado con la solicitud Anexo I, o de manifestarse en la misma la oposición de la persona solicitante para la consulta telemática por el órgano gestor de los documentos elaborados por cualquier Administración, documentos aportados anteriormente por la persona interesada a cualquier Administración o datos obrantes en la misma necesarios para la comprobación de los datos consignados en la solicitud y de los requisitos, el formulario Anexo II se deberá presentar acompañado de la siguiente documentación:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) Informes de vida laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social de la persona solicitante, y en su caso, de la otra persona progenitora.
c) Documento que acredite el empadronamiento de la persona solicitante y de la destinataria, con inclusión de una relación de todas las personas residentes en el domicilio familiar.
d) DNI o NIF de la persona contratada para prestar los servicios de atención y cuidado.


En todo caso, y salvo que se hubiera presentado con la solicitud Anexo I, además de lo dispuesto en el apartado anterior, deberá presentar la siguiente documentación:
a) Contratos de trabajo de la persona solicitante, y en el caso que convivan en el mismo domicilio el de la otra persona progenitora, en los que se especifique la jornada laboral y horario, o certificados emitidos por la entidad empleadora en los que se contemple dichas referencias.
b)Documento que acredite el grado de parentesco entre la persona solicitante y la persona destinataria.
Podrá acreditarse a través de Libro de Familia, certificado de nacimiento o asimilados.
c) Contrato laboral de la persona contratada, debidamente formalizado para el que se solicita la subvención.
d) Alta de la persona contratada en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad. Asimismo, la persona solicitante de la subvención deberá recabar autorización expresa de la persona contratada al órgano gestor para la consulta telemática de su vida laboral Social, para el seguimiento y control de la subvención.
e) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta consignada para efectuar la transferencia.
f) Declaración de la Renta de las personas físicas de todos los miembros computables de la unidad familiar presentada en el ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda, o en su caso, certificado de los datos fiscales emitido por la Agencia Tributaria.
g) Si se ha producido una adopción, tutela o guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, se aportará la inscripción de las citadas situaciones en el Registro Civil.
La aportación de la documentación requerida lleva implícita la autorización al órgano gestor para que acceda y trate la información personal contenida en los documentos

Plazo de Inicio

  • 30/06/2021 - 31/12/2021 (La presente convocatoria estará abierta a partir del día siguiente a que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y hasta el 31 de diciembre de 2021. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral de la persona trabajadora. No obstante, para aquellas contrataciones realizadas desde el día 1 de enero de 2021 y hasta la entrada en vigor de esta resolución, el plazo para la presentación de estas solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.)

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Caducidad

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2021

07/07/2021. Autorización para la consulta de la vida laboral de la persona trabajadora

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SAE-Gestión y Tramitación de Ayudas y Subvenciones https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/170033.html

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Políticas Activas de Empleo cuya dirección es c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 y cuyo correo electrónico es dgpae.sae@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 o en el correo electrónico dpd.sae.cefta@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los datos de carácter personal para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de empleo y su justificación.

La base jurídica del tratamiento es la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración del Estado, Administración Local, Órganos Judiciales y Administración Autonómica. No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 29/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 07/07/2021 Se ha publicado: Autorización para la consulta de la vida laboral de la persona trabajadora

  • Última actualización: 01/02/2024
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