Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.
Información general
Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.
- Ciudadanía
Descripción
El pasado 6 de febrero de 2024 aprobó el cuarto Decreto Ley de Simplificación Administrativa, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la administración pública de la Junta y el impulso de la actividad económica en Andalucía.Entre otras muchas medidas, se aprobó la modificación del procedimiento de gestión de la dependencia para que su tramitación sea más ágil, con el fin de dar una mejor respuesta a la ciudadanía y reducir la lista de espera.
La principal novedad es la reducción a una única visita al domicilio de la persona que solicita la dependencia, ya que hasta el momento eran necesarias dos visitas (una para la valoración y otra para la elaboración del Programa Individual de Atención -PIA). Asimismo, se unifica a una sola resolución administrativa de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones.
Una vez admitida la solicitud, le llamarán por teléfono para comunicarle el día y la hora en la que acudirán a su domicilio o lugar de residencia.
El personal de atención a la dependencia le realizará una única visita donde:
- obtendrá toda la información necesaria para su valoración del grado de dependencia
- le informará del catálogo de prestaciones a las que puedes acceder
- consultará su opinión de cara a la realización del PIA (Programa Individual de Atención) donde se establece la modalidad de atención más adecuada a sus circunstancias.
Se dicta una resolución de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones y se te notificará de forma electrónica o en papel, según el medio que hayas elegido.
El acceso a cada servicio o prestación será de acuerdo a los siguientes criterios:
1º- Mayor grado de dependencia.
2º- Menor capacidad económica.
3º- Anterior fecha de solicitud.
Los servicios del catálogo de prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal, son los siguientes:
Servicios:
- Servicios de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia.
- Servicio de teleasistencia.
- Servicio de ayuda a domicilio.
- Servicio de centro de día y noche.
- Servicio de atención residencial.
Prestaciones Económicas:
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
- Prestación económica de asistencia personal.
- Prestación económica vinculada al servicio.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Aportación de documentos:
Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.
Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.
Formularios
- Informe sobre condiciones de salud. Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Nº: 001263/A04 (Obligatorio)
- Solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia Nº: 001263/4 (Obligatorio)
Requisitos
a) Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
b) Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
Documentación
La solicitud deberá acompañarse, en todo caso, de la siguiente documentación:
1. Un informe sobre condiciones de salud de la persona solicitante, según modelo normalizado, suscrito por el personal sanitario del Sistema Público de Andalucía o del sistema de protección sanitaria que corresponda, con una antigüedad máxima de 3 meses desde la fecha de solicitud.
2. Documentación acreditativa de la representación, en su caso.
En el caso de haberse opuesto o no haber consentido expresamente la consulta de datos por parte de la Administración, deberá presentar también:
3. Copia del documento nacional de identidad (DNI), número de identicación de persona extranjera (NIE) o número de identificación fiscal (NIF) de la persona solicitante.
4. Copia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identicación de persona extranjera (NIE) de la persona representante, en su caso.
5. Certificado o certificados de empadronamiento que acrediten que la persona solicitante reside en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como que ha residido al menos cinco años en España, dos de ellos inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
6. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas, referida al último periodo impositivo con plazo de presentación vencido o certificado negativo de su presentación, expedido por la Administración tributaria.
7. Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, referida al último periodo impositivo con plazo de presentación vencido o certificado negativo de su presentación, expedido por la Administración tributaria.
8. Certificado de Registro de Prestaciones Sociales Públicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre las pensiones o prestaciones públicas percibidas o certificación negativa de su percepción.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Orden de 3 de agosto de 2007, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por la que se establecen la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
- Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Decreto-ley 9/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan, con carácter urgente, medidas para agilizar la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
- Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
- Corrección de errores del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía (BOJA núm. 34, de 16 de febrero de 2024).
- Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías procedimentales para los ciudadanos
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Almería (Cód.: A01035355).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Cádiz (Cód.: A01035364).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba (Cód.: A01035434).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada (Cód.: A01035454).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Huelva (Cód.: A01035460).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Jaén (Cód.: A01035466).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Málaga (Cód.: A01035475).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla (Cód.: A01035482).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Almería (Cód.: A01035355).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Cádiz (Cód.: A01035364).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba (Cód.: A01035434).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada (Cód.: A01035454).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Huelva (Cód.: A01035460).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Jaén (Cód.: A01035466).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Málaga (Cód.: A01035475).
- Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla (Cód.: A01035482).
- Dirección Gerencia (Cód.: A01014189).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses. Siendo el silencio administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías procedimentales para los ciudadanos. (Anexo II, Núm. 13.2.4)
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
a) Actividad de Tratamiento
ASSDA-RECONOCIMIENTO Y GESTIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/235726.html
b) Responsable del tratamiento
El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, cuya dirección es Calle Seda, Nave 5, Polígono Industrial Hytasa, 41006 Sevilla, https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia y cuyo correo electrónico es <direccion.gerencia.assda@juntadeandalucia.es>
c) Delegado de Protección de Datos
Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.assda@juntadeandalucia.es
d) Finalidad
Tramitación del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y gestión de las prestaciones derivadas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
e) Legitimación
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
• Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores
• Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
• Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía
• Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
Categorías Especiales de Datos:
El tratamiento es necesario por razones de un interés público esencial, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros, que debe ser proporcional al objetivo perseguido, respetar en lo esencial el derecho a la protección de datos y establecer medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado.
• Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
• Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
El tratamiento es necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión de los sistemas y servicios de asistencia sanitaria y social.
• Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
• Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
f) Destinatarios
• Servicios sociales comunitarios,
• Servicio Andaluz de Salud,
• Inspección de Servicios Sociales,
• IMSERSO
• Entidades y organismos de otras comunidades Autónomas con competencias en materia de dependencia.
• Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
• Tribunales y juzgados.
g) Tiempo de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación de la Junta de Andalucía.
h) ¿Qué datos se tratan y de dónde se han obtenido?
Los datos se obtienen directamente de las personas interesadas con la cumplimentación del formulario normalizado de solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia (código de procedimiento: 2454). Formulario n.º: 001263/4
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
19/03/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
22/08/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
21/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
22/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
19/03/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
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