Autorización del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por un plazo inferior a 30 días.
Información general
Autorización del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por un plazo inferior a 30 días.
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
- Otras administraciones
- Ciudadanía
Descripción
Procedimiento para la cesión de uso de bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico andaluz adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, que no sean gestionados por sus entidades dependientes, cuya autorización no corresponda a otro órgano directivo de la Consejería, cuando la solicitud sea por un plazo inferior a 30 días.
Su finalidad es garantizar el mantenimiento de los inmuebles y su puesta en valor.
La competencia se encuentra delegada en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Turismo, Cultura y Deporte, dependiendo de la provincia en la que se encuentre el bien inmueble objeto de la solicitud.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
Documentación
a) En el caso de actuar mediante representación (artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) deberá
acreditarse dicha circunstancia por cualquier documento válido en Derecho.
b) Copia de la póliza de seguro1 de responsabilidad civil por cuantía cierta y suficiente para atender a
los posibles daños que puedan producirse en los bienes muebles o inmuebles y en las personas a
causa de la actividad que se pretende realizar, debiendo aparecer la entidad solicitante como la
beneficiaria de la póliza y recogida dentro de la cobertura de la póliza de seguro el supuesto del riesgo
aludido. Igualmente, se deberá aportar el último recibo que permita confirmar que la póliza se
encuentra en vigor durante el periodo para el cual se solicita la autorización.
c) Breve memoria explicativa de la actividad que se pretende realizar en el espacio solicitado, que
contemplará el siguiente contenido:
- Finalidad y características de la actividad para el que se solicita el espacio y si la actividad tiene finalidad de lucro.
- Fecha y duración de la actividad.
- Toda aquella otra información que se entienda necesaria para contextualizar el objeto de la solicitud.
En el caso de que el uso pretendido requiera realizar instalaciones o implique la realización de actuaciones que supongan una especial incidencia sobre el espacio del bien inmueble que se solicita, deberá presentarse una memoria más extensa que, dependiendo del tipo de uso que se pretenda realizar, especificará los siguientes aspectos:
- Finalidad y características de la actividad para el que se solicita el espacio y si la actividad tiene finalidad de lucro.
- Fecha y duración de la actividad.
- Equipo humano estimado que se va a emplear y personas que van a acceder a cada espacio.
- Equipo básico o materiales que se van a emplear o se requieren.
- Tiempo destinado a actuaciones preparatorias y actuaciones posteriores a la actividad.
- Cronograma y plan de trabajo por días y horas, en el caso de que la autorización sea por más de un día.
- Indicar, en su caso, la participación de otras instituciones o entidades implicadas en la organización o desarrollo de la actividad, además del solicitante.
- Sin perjuicio de lo anterior, en el supuesto de que la autorización suponga la instalación de infraestructuras que, a priori, resulten viables, se deberá aportar un proyecto en el que se recoja:
- Documentación gráfica representativa de la instalación.
- Especificación técnica de la instalación.
- Especificación del montaje y desmontaje de la instalación.
- Indicación de los vehículos a utilizar. Se acompañará de tabla descriptiva de los mismos, con indicación de número de la matrícula, dimensiones, peso, contenido, etc.
- Otra información que resulte relevante para valorar la posible incidencia que la instalación pueda tener sobre el espacio que se solicita, tales como las medidas preventivas que resulten necesarias para atender a la seguridad del inmueble, de los bienes muebles y de las personas.
Conforme a lo que se contempla en la Instrucción 1/2022, de 29 de julio, de la Viceconsejería, en relación con el procedimiento aplicable para la autorización del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. -Se puede visualizar en el apartado de seguimiento del procedimiento-.
Plazo de Inicio
- Preferentemente con 3 meses de antelación al día en el que, en su caso, tendría lugar o comenzaría el uso que se solicita
Normativa
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
- Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de Andalucia. (Nuevo artículo 57 bis añadido por la Ley 5/2010, de 11 de junio); (el artículo 82 y 88, y disposición adicional segunda, han sido modificados por el artículo 2 del Decreto Ley 5/2010, de 27 de julio, con la redacción dada por el Decreto Ley 6/2010, de 23 de noviembre).(Modificado el párrafo segundo artículo 86 por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre).(La Disposición final tercera de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, de Presupuesto de la C.A
- Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicacion de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autonoma de Andalucia.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Orden de 21 de julio de 2022, por la que se delega la competencia de autorización de uso de espacios en bienes inmuebles adscritos a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico en diversos órganos directivos.
- Instrucción 1/2022, de la Viceconsejería, en relación con el procedimiento aplicable para la autorización del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
- Orden de 25 de noviembre de 2022, por la que se publican los formularios normalizados para la solicitud del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
- Instrucción 2/2023, de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales, en relación con los criterios técnicos para la valoración de las solicitudes de autorización del uso de espacios en museos, conjuntos culturales, colecciones museográficas y enclaves adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería (Cód.: A01035333), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz (Cód.: A01035360), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Córdoba (Cód.: A01035375), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada (Cód.: A01035381), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva (Cód.: A01035394), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Jaén (Cód.: A01035398), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga (Cód.: A01035402), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla (Cód.: A01035406), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería (Cód.: A01035333), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz (Cód.: A01035360), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Córdoba (Cód.: A01035375), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada (Cód.: A01035381), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva (Cód.: A01035394), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Jaén (Cód.: A01035398), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga (Cód.: A01035402), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla (Cód.: A01035406), Cuando se refiera a un plazo inferior a 30 días..
- Consejero (Cód.: A01025646).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Novedades
29/08/2023 Instrucción 2/2023, de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales, en relación con los criterios técnicos para la valoración de las solicitudes de autorización del uso de espacios en museos, conjuntos culturales, colecciones museográficas y enclaves adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
29/08/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
28/08/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
04/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
03/05/2023 Instrucción 1/2023, de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales, en relación con los criterios técnicos para la valoración de solicitudes de autorización del uso de espacios en museos adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.