Subvenciones para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía. Subvenciones financiadas con el Fondo Europeo Next Generation Eu.
Información general
- Empresas
- Ciudadanía
Descripción
Estas ayudas tendrán por objeto la realización de proyectos de Aceleración de las industrias culturales (ICC en adelante) de Andalucía para reforzar el papel del sector de las industrias culturales como motor de la economía española, digital y sostenible, y como elemento de cohesión social y territorial, así como los procesos de aceleración multidisciplinar que permita crecer y desarrollar el potencial de las empresas, sirviendo de polo de atracción económico y generación de empleo.
Serán subvencionables los proyectos y las actividades vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las ICC, y que contemplen también las posibles sinergias del sector de las ICC con otros ámbitos y sectores económicos y sociales.
Estos proyectos y actividades podrán realizarse en don líneas de trabajo:
1. Proyectos y actividades de acompañamiento a las ICC, formación, mediación, incubación o mentoría en materia de comunicación, internacionalización o financiación.
2. Proyectos de apoyo a la inversión a las ICC en digitalización, nuevas tecnologías, conectividad, medidas de desarrollo sostenible e impacto medio ambiental y otras inversiones que supongan un impulso a su aceleración.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, así como con lo requerido en la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, todos los proyectos de inversión deben respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, “Do No Significant Harm”) y las condiciones del etiquetado climático y digital. Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas previstas en los Componentes 24 y 25, así como en las inversiones en las que se enmarcan los dichos proyectos, tanto en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento de ambas Componentes del Plan.
A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad de esta convocatoria excluirán las actividades que se enumeran a continuación:
a) Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos;
b) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes;
c)Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico; y
d) Las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar un perjuicio al medio ambiente.
Sólo serán elegibles aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.
Subvención financiada con Fondos Europeos.
Plazo de solicitud
- 08/03/2023 - 28/03/2023 (15 días a partir del día siguiente de la publicación en BOJA del extracto de la convocatoria.)
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicitud en línea.Presencialmente
Formularios
- Anexo I. Solicitud. Subvenciones para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía.Nº: 005136 (Obligatorio)
- Anexo II. Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos. Subvenciones para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía.Nº: 005136/A02 (Obligatorio)
Documentación
- Inicio : Solicitud de subvención.
- En el trámite de audiencia deberá presentarse la siguiente documentación:
1. Documentación relativa a la persona o entidad solicitante teniendo en cuenta el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre:
Si el solicitante es Persona Física:
a) DNI de la persona solicitante cuando actúe mediante representante en el supuesto de manifestar su oposición para la consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
b) Certificado acreditativo de la inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, salvo en el caso de que se trate de persona física que se haya comprometido a constituirse como empresa o autónomo en el momento de recibir la ayuda.
c) Certificado de situación censal en alguna actividad económica relacionada con el sector de las ICC, salvo en el caso de que se trate de persona física que se haya comprometido a constituirse como empresa o autónomo en el momento de recibir la ayuda.
Si el solicitante es Persona Jurídica:
a) CIF de la entidad solicitante.
b) DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona representante de la solicitante, en el supuesto de manifestar su oposición para la consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
c) Documentación acreditativa del nombramiento o representación en virtud de la cual se actúa.
d)Fotocopia de los estatutos y/o de la escritura de constitución o modificación de la sociedad inscrita en el Registro Mercantil o en el Registro que corresponda.
e) Documentación acreditativa de la condición de microempresa o Pyme.
A estos efectos, dicha acreditación podrá realizarse mediante la aportación de la siguiente documentación, tanto de la propia empresa como, en su caso, de las empresas asociadas o vinculadas a la misma:
- Relación Nominal de Trabajadores (RNT) correspondientes al último ejercicio cerrado y al ejercicio inmediatamente anterior, de todos los códigos de cuenta de cotización (CCC) que tenga el beneficiario.
- Cuentas anuales referidas al último ejercicio cerrado, con acreditación de la aprobación de las mismas por el órgano competente, y en su caso, su depósito en el correspondiente Registro Mercantil.
En empresas que no hayan cerrado aún sus cuentas, por primera vez, certificado de la propia empresa sobre el estado de las cuentas a la fecha de publicación de la convocatoria de las presentes subvenciones.
f) Certificado de situación censal en alguna actividad económica relacionada con el sector de las ICC.
2. Certificado del domicilio Fiscal de la persona física o jurídica o del domicilio del establecimiento permanente en Andalucía.
3. Documentación acreditativa de los requisitos establecidos para la aceleradora cultural en el apartado 4.a) 2º de este cuadro resumen.
4.Escrito en el que la persona o entidad solicitante se comprometa a conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero de 2021 y en el artículo 129 del Reglamento Financiero.
Si no se presentara este escrito y dado que dicho compromiso se configura como un requisito previo que condiciona la concesión de la ayuda, su aceptación se considerará realizada con la firma y presentación de la correspondiente solicitud.
5.«Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI)» regulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, (Anexo IV.A), debidamente cumplimentado.
6.«Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)» regulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, (Anexo IV.B), debidamente cumplimentado mediante el que la persona o entidad solicitante se compromete a suministrar información sobre la perceptora final de los fondos si no es la misma beneficiaria, y sobre los contratistas y subcontratistas.
7. «Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)» regulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Modelo Anexo IV.C), debidamente cumplimentado.
8. Documentación acreditativa de los criterios de valoración del apartado 12.a):
a) Memoria explicativa del proyecto, donde se recoja la identificación de la aceleradora encargada de la elaboración del proyecto de aceleración, una descripción detallada de todas las acciones previstas en el desarrollo del mismo, la originalidad y singularidad del proyecto, los indicadores de impacto y un calendario que especifique las fechas de inicio y finalización de dicho proyecto (criterios 1, 2, 4 y 5).
b) Presupuesto del proyecto desglosado y detallado por partidas y conceptos, incluyendo todos los gastos previstos. (criterio 3).
c) Documentación acreditativa de los puestos de trabajo de nueva creación derivados del proyecto. (Criterio 7).
d) Documentación acreditativa del número de mujeres en plantilla en puestos técnicos o directivos. (Criterio 6)
Requisitos
Podrán solicitar esta subvenciones as personas físicas profesionales inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las microempresas y las Pymes que desarrollen una actividad económica relacionada con el ámbito cultural y/o creativo, así como las personas físicas que asuman el compromiso de constituirse como empresas o autónomos en el momento de recibir la ayuda.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario la propia Administración de la Junta de Andalucía ni las entidades instrumentales dependientes de la misma con personalidad jurídica propia.
Requisitos que deben de cumplir:
1. Desarrollar su actividad en el ámbito de la industria cultural y/o creativa.
2. Contar con domicilio fiscal o establecimiento permanente en Andalucía.
3. Proceder, dentro del periodo establecido en el apartado 5.e), a la contratación de un proyecto de aceleración, el cual deberá ser elaborado por una empresa especializada en la realización de actividades de aceleración cultural, tales como las enumeradas en el apartado 5.c).1º.1. Esta empresa especializada deberá contar con domicilio fiscal o establecimiento permanente en Andalucía y haber participado en, al menos, 5 proyectos contrastados de incubación o aceleración.
Normativa
- Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía, al amparo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
- Extracto de la Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía, al amparo del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU».
- Orden de 25 de enero de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082).
- Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082).
- Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (Cód.: A01014082).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
Aportación documentación:¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
AIICC-GESTIÓN ECONÓMICA, CONTRATACIÓN Y SUBVENCIONES https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165463.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es Agencia Andaluza de Instituciones Culturales cuya dirección es Edificio Estadio Olímpico, Puerta M. Isla de la Cartuja s/n, 41092, Sevilla y cuyo correo electrónico es dpd.aaiicc@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Edificio Estadio Olímpico, Puerta M. Isla de la Cartuja s/n, 41092, Sevilla o en el correo electrónico dpd.aaiicc@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para Gestión contable, fiscal y administrativa. Gestión de subvenciones.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es Art. 8. 1.c) LOPDGDD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Está previsto ceder o comunicar sus datos a otras Administraciones públicas
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.