Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad en viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información general
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad en viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Ciudadanía
Descripción
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en la Comunidad Autónoma de Andalucía que tienen por objeto el fomento de la mejora de la accesibilidad en viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas o agrupadas en fila, o ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
- Justificación: Enlace de acceso a la justificación
Formularios
- ANEXO II. Formulario de Alegaciones/Aceptación y Presentación de Documentos. Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Plan VIVE en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030. LÍNEA 1: Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas Nº: 006616/A02 (Obligatorio)
- ANEXO I. Solicitud. Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Plan VIVE en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030. LÍNEA 1: Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas Nº: 006616 (Obligatorio)
- ANEXO III. Formulario para la comunicación de datos de la unidad de convivencia. Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Plan VIVE en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030. LÍNEA 1: Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas Nº: 006616/A03 (Obligatorio)
Requisitos
1. Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas propietarias o que tengan el derecho de uso y disfrute de las viviendas promotoras de obras o actuaciones para la mejora de la accesibilidad que reúnan los siguientes requisitos:
a) Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
1.º Ser titular de la propiedad de la vivienda objeto de la actuación.
2.º Tener un derecho de uso y disfrute sobre la vivienda objeto de actuación.
3.º Ser arrendataria de la vivienda objeto de la actuación cuando las personas propietaria y arrendataria de la vivienda acuerden que esta última costee a su cargo las actuaciones a realizar, con cargo a parte o la totalidad de la renta arrendaticia.
b) Que los ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda sean inferiores a 4 veces el IPREM.
2º. La cuantía resultante se convertirá en número de veces el IPREM, referido a 14 pagas, en vigor durante el periodo al que se refieren los ingresos evaluados.
c) No haber obtenido una ayuda para la rehabilitación de la misma vivienda en los tres años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, contabilizados desde la fecha de resolución de la concesión, salvo que la nueva solicitud se curse para una actuación en una vivienda donde residan personas con discapacidad. Este requisito no será de aplicación a las ayudas concedidas en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Las viviendas objeto de actuación habrán de cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar finalizadas antes de 2006, salvo que en la vivienda resida, al menos, una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
b) Constituir el domicilio habitual y permanente de las personas residentes en el momento de solicitar las subvenciones reguladas en estas bases.
c) Disponer de informe técnico, suscrito por un técnico competente conforme a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, con fecha anterior a la solicitud de la subvención, que acredite la procedencia de las actuaciones a realizar en la vivienda.
Documentación
Junto con Anexo II se presentará la siguiente documentación:
a) DNI/NIE de la persona solicitante y, en su caso, de la persona representante legal de la misma, para el caso de que hubiera manifestado su oposición a que el órgano gestor realice la consulta de los datos de identidad.
b) En el caso de que la solicitud venga suscrita por el representante de la persona interesada, documentación acreditativa de la representación o apoderamiento del solicitante.
c) Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante escritura pública, nota simple registral actualizada o certificación de titularidad catastral, para el caso de haber manifestado su oposición a que el órgano gestor realice la correspondiente consulta, y, en su caso, contrato de arrendamiento y acuerdo entre las personas propietaria y arrendataria relativo a que esta última costee a su cargo las actuaciones a realizar, con cargo a parte o la totalidad de la renta arrendaticia.
d) Documentación acreditativa donde se recoja la fecha de finalización de la vivienda, la referencia catastral, y la superficie de la misma. Estas circunstancias podrán acreditarse mediante escritura pública, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales, para el caso de haber manifestado su oposición a que el órgano gestor realice la correspondiente consulta.
e) Informe técnico suscrito por un técnico competente conforme a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, con fecha anterior a la solicitud de la subvención y con el contenido previsto en el apartado 4.a)2º.2.c).
f) Proyecto técnico de las actuaciones a realizar que incluirá el presupuesto desglosado por partidas. Para el caso de que las actuaciones no exijan proyecto, se aportará una memoria suscrita por técnico competente en la que se justifique la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación, cuya documentación mínima será: descripción, presupuesto desglosado por partidas y planos.
g) Presupuesto de ejecución de las obras o actuaciones, con el correspondiente IVA desglosado, y su aceptación por la persona solicitante. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación sobre contratos del sector público para el contrato menor, deberán presentarse como mínimo tres ofertas de diferentes empresas y, en su caso, justificación de la elección del presupuesto cuando la misma no recaiga en la oferta económica mas ventajosa entre las solicitadas, que deberán aportarse con dicha justificación, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
h) Documentos acreditativos de los gastos subvencionables relativos a honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de proyectos, en su caso, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y tributos debidamente justificados.
i) Para cada una de las viviendas se presentará debidamente cumplimentado el formulario Anexo III para la comunicación de datos de la unidad de convivencia, que se publicará junto a la convocatoria de subvenciones y estará disponible en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda.html
Este formulario se acompañará, según proceda, de la siguiente documentación:
1º. Certificación o volante de empadronamiento de las personas residentes en la vivienda, para el caso de que hubieran manifestado su oposición a que el órgano gestor realice las correspondientes consultas de los datos de residencia.
2º. A los efectos de la determinación de los ingresos de la unidad de convivencia, documentación acreditativa de dichos ingresos o autorización al órgano gestor para la consulta de los mismos.
3º. En caso de que resida en la vivienda una persona con discapacidad, certificado acreditativo del grado y tipo de discapacidad reconocidos conforme al baremo recogido en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, para el caso de haber manifestado su oposición a que el órgano gestor realice la correspondiente consulta.
4º. En su caso, documentación acreditativa de pertenencia a algún grupo de especial protección a efectos de lo previsto en el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, para el caso de haber manifestado su oposición a que el órgano gestor pueda solicitar al órgano competente la remisión de la documentación.
5º. En su caso, documentación acreditativa de encontrarse en el supuesto previsto en el artículo 23.2 de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el caso de haber manifestado su oposición a que el órgano gestor pueda solicitar al órgano competente la remisión de la documentación.
Plazo de Inicio
- 05/02/2024 09:00 horas - 04/03/2024 23:59 horas (1 mes)
Normativa
- Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
- Orden de 1 de Agosto de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Orden de 16 de octubre de 2023, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva, en la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Extracto de la Orden de 16 de octubre de 2023, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva , en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Corrección de errores de la Orden de 1 de agosto de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 150, de 7.8.2023).
- Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería (Cód.: A01035494), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz (Cód.: A01035498), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba (Cód.: A01035502), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada (Cód.: A01035506), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva (Cód.: A01035510), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén (Cód.: A01035514), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga (Cód.: A01035518), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla (Cód.: A01035522), Actuará como órgano instructor la persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto de actuación..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería (Cód.: A01035494), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz (Cód.: A01035498), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba (Cód.: A01035502), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada (Cód.: A01035506), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva (Cód.: A01035510), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén (Cód.: A01035514), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga (Cód.: A01035518), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla (Cód.: A01035522), Resolverá la persona titular de la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación por delegación de la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda..
- Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana (Cód.: A01041615).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2023
Almería:28/05/2024. Acuerdo de subsanación
03/09/2024. Resolución de desistimiento
03/09/2024. Propuesta provisional de resolución
Cádiz:
07/05/2024. Acuerdo de subsanación
03/07/2024. Resolución de desistimiento
03/07/2024. Propuesta provisional de resolución
11/07/2024. Modificación de propuesta provisional de resolución
11/07/2024. Resolución de rectificación de errores
13/09/2024. Resolución de ampliación del plazo para resolver
Córdoba:
26/04/2024. Acuerdo de subsanación
08/07/2024. Resolución de desistimiento
08/07/2024. Propuesta provisional de resolución
13/09/2024. Resolución de ampliación del plazo para resolver
Granada:
15/05/2024. Acuerdo de subsanación
02/09/2024. Resolución de desistimiento
02/09/2024. Propuesta provisional de resolución
05/09/2024. Resolución de ampliación del plazo para resolver
Huelva:
09/05/2024. Acuerdo de subsanación
03/09/2024. Resolución de desistimiento
03/09/2024. Propuesta provisional de resolución
11/09/2024. Resolución de ampliación del plazo para resolver
Jaén:
16/05/2024. Acuerdo de subsanación
02/07/2024. Propuesta provisional de resolución
03/07/2024. Resolución de desistimiento
Málaga:
29/05/2024. Acuerdo de subsanación
27/06/2024. Acuerdo de subsanación complementario
06/09/2024. Resolución de desistimiento
06/09/2024. Propuesta provisional de resolución
18/09/2024. Resolución de ampliación del plazo para resolver
Sevilla:
23/04/2024. Acuerdo de subsanación
27/06/2024. Propuesta provisional de resolución
27/06/2024. Resolución de desistimiento
09/09/2024. Resolución de ampliación del plazo para resolver
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
¿Quién es el responsable de tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda cuya dirección es Calle Pablo Picasso, 6, 41018 Sevilla y cuyo correo electrónico es rehabilitacion.sgv.cfatv@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cfatv@juntadeandalucia.es.
Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento de Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipo residencial, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la finalidad de gestionar dichas subvenciones.
La licitud de dicho tratamiento se basa en el artículo 6.1e) del RGPD: tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, consecuencia de lo establecido en el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda; en el Real Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030; en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y en la Orden de 1 de agosto de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipo residencial colectiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
No están previstas cesiones de datos, salvo las derivadas de obligación legal.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos.html, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio. La persona interesada lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos.
La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/176038.html.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
Los datos han sido obtenidos a partir de la solicitud de la persona interesada. Las categorías de datos personales tratados son Datos identificativos y de contacto del solicitante; Datos identificativos y de contacto del representante; Datos identificativos de los miembros de la unidad de convivencia de las viviendas; Otros datos de los miembros de la unidad de convivencia de las viviendas (grado de discapacidad e ingresos económicos) y se han obtenido mediante acceso a servicios de consulta de datos cedidos por los siguientes organismos e integrados en de Supresión de Certificados de Soporte Papel (SCSP).
DGP: consulta datos identidad.
INE: consulta datos de residencia.
CIPSC: consulta datos de discapacidad.
TGSS: consulta estar al corriente de pagos de la Seguridad Social.
AEAT: datos sobre IRPF y cumplimiento de obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones.
AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA: cumplimiento de obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones.
CATASTRO: datos catastrales del inmueble.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
29/10/2024 Se ha modificado el campo: Órgano competente en la materia
18/09/2024 Resolución de ampliación del plazo para resolver correspondiente a la provincia de Málaga
13/09/2024 Resolución de ampliación del plazo para resolver correspondiente a la provincia de Córdoba
13/09/2024 Resolución de ampliación del plazo para resolver correspondiente a la provincia de Cádiz
11/09/2024 Resolución de ampliación del plazo para resolver correspondiente a la provincia de Huelva
09/09/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
09/09/2024 Resolución de ampliación del plazo para resolver correspondiente a la provincia de Sevilla
06/09/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Málaga
06/09/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Málaga
05/09/2024 Resolución de ampliación del plazo para resolver correspondiente a la provincia de Granada
03/09/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Almería
03/09/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Huelva
03/09/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Almería
03/09/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Huelva
02/09/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Granada
02/09/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Granada
11/07/2024 Modificación de propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Cádiz
11/07/2024 Resolución de rectificación de errores correspondiente a la provincia de Cádiz
08/07/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Córdoba
08/07/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Córdoba
03/07/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Cádiz
03/07/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Cádiz
03/07/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Jaén
02/07/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Jaén
27/06/2024 Propuesta provisional de resolución correspondiente a la provincia de Sevilla
27/06/2024 Resolución de desistimiento correspondiente a la provincia de Sevilla
27/06/2024 Acuerdo de subsanación complementario correspondiente a la provincia de Málaga
29/05/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Málaga
28/05/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Almería
16/05/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Jaén
15/05/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Granada
09/05/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Huelva
07/05/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Cádiz
26/04/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Córdoba
23/04/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
23/04/2024 Acuerdo de subsanación correspondiente a la provincia de Sevilla
06/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
25/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
08/01/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
28/11/2023 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud
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