Ayudas para contratar la póliza de seguros agrarios.
Información general
- Ciudadanía
- Empresas
Descripción
Ayudas destinadas a cubrir una parte del coste de las primas que contraten los asegurados y que estén incluidos en el correspondiente Plan anual de Seguros Agrarios Combinados.
Este tipo de ayudas no requieren rellenar ninguna solicitud ya que la formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado, o el tomador en su nombre, tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se haya realizado dentro de los periodos de suscripción de alguna de las modalidades de aseguramiento contempladas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados.
A continuación, en el apartado siguiente de "Cómo realizar el trámite" se especifica a los interesados en la ayuda, la forma de comunicar con el Sv de Seguros Agrarios y Adversidades Climáticas y/o contestar a los requerimientos realizados por este último, para subsanar incidencias en su expediente.
Plazo de solicitud
- Durante todo el año, en los periodos de suscripción de alguna de las modalidades de aseguramiento contempladas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicitud en línea.Presencialmente
Formularios
- ANEXO ALEGACIONES A LAS INCIDENCIAS DETECTADAS EN LA AYUDA A LA CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS AGRARIOS Nº: 004139/1 (Obligatorio)
- ANEXO COMUNICACIÓN DEL FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE UN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS AGRARIOS Nº: 004140/1 (Obligatorio)
- ANEXO COMUNICACIÓN DE COMUNIDAD DE BIENES Nº: 004141/1 (Obligatorio)
Documentación
En base al articulo 14.1 de la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
1. Los asegurados, por el hecho de contratar la póliza de seguro agrario, autorizan a la Consejería competente en materia de agricultura para que, en caso necesario, y al objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos, pueda solicitar la cesión de información a otras administraciones, por medios informáticos o telemáticos, sobre las condiciones de subvencionabilidad, así como cualquier otra información que permita certificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de las subvenciones reguladas en esta orden.
Requisitos
En base al articulo 3 de la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, podrán ser beneficiarios de la subvención:.
1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, con cultivos, ganado, explotaciones forestales o piscifactorías ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que suscriban una póliza de seguros en el periodo de contratación correspondiente amparada por la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, y que hayan recibido la ayuda a la contratación del seguro agrario combinado de la Administración General del Estado a través de ENESA.
2. No percibirán ninguna subvención:
a) Las pólizas de seguro contratadas por asegurados que tengan la condición de Administración Pública.
b) Las contratadas por empresas, sociedades o asociaciones cuya finalidad principal, reflejada en sus estatutos, sea distinta de la producción agraria, forestal o acuícola.
c) Las contratadas por empresas que no tengan la condición de pequeña o mediana empresa (PYME).
3. No se podrá obtener la condición de persona o entidad beneficiaria cuando concurra alguna de las circunstancias previstas, con carácter general, en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, normas de la Unión Europea y demás normas estatales o autonómicas.
Normativa
- Orden de 7 de junio de 2023, por la que se convocan para el ejercicio 2023, las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Extracto de la Orden de 7 de junio de 2023, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados
- Orden de 23 de junio de 2022, por la que se convocan para el ejercicio 2022, las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Extracto de la Orden de 23 de junio de 2022, por la que se convocan para el ejercicio 2022, las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Orden de 7 de mayo de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020, las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Orden de 10 de junio de 2019, por la que se convocan para el ejercicio 2019, las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Orden de 2 de julio de 2018, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados
- Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Cód.: A01025805).
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Cód.: A01025805).
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Cód.: A01025805).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses. Contados a partir de la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del organismo competente para su tramitación, desde ENESA.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
2023
26/09/2023. Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se hacen públicas las subvenciones a la contratación de seguros agrarios, al amparo de la normativa que se cita.13/09/2023. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 26/07/2023 (CONV.2023)
29/08/2023. Resolución de 4 de agosto de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se hacen públicas las subvenciones a la contratación de Seguros Agrarios, al amparo de la normativa que se cita.
23/08/2023. Resolución de 6 de agosto de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se hacen públicas las subvenciones a la contratación de Seguros Agrarios, al amparo de la normativa que se cita.
04/08/2023. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 17/07/2023 (CONV.2022)
02/08/2023. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 29/06/2023 (CONV.2021)
2022
28/12/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 19/12/2022 (CONV.2022)22/12/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 30/11/2022 (CONV.2018)
22/12/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 29/11/2022 (CONV.2019)
24/11/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 16/11/2022 (CONV.2021)
25/11/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 13/11/2022 (CONV.2020)
24/11/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 9/11/2022 (CONV.2021)
07/09/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 29/07/2022 (CONV.2022)
04/08/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 26/07/2022 (CONV.2020)
04/08/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 18/07/2022 (CONV.2021)
04/08/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 18/07/2022 (CONV.2021)
12/07/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 27/06/2022 (CONV.2021)
12/07/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 27/06/2022 (CONV.2021)
05/07/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 10/06/2022 (CONV.2021)
29/06/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 03/06/2022 (CONV.2020)
17/01/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 17/12/2021 (CONV.2021)
27/01/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 10/12/2021 (CONV.2019)
17/01/2022. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 10/12/2021 (CONV.2018)
2021
20/12/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 30/11/2021 (CONV.2019)21/12/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 24/11/2021 (CONV 2020)
21/12/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 23/11/2021 (CONV.2020)
06/09/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 22/07/2021 (CONV.2017)
30/07/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 11/07/2021 (CONV.2021)
01/06/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 10/05/2021 (CONV.2020)
26/01/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 14/12/2020 (CONV.2018)
26/01/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 14/12/2020 (CONV.2017)
26/01/2021. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 03/12/2020 (CONV.2019)
2020
15/07/2020. ANUNCIO DE LA RESOLUCIÓN DE 29/06/2020 (CONV.2020)15/05/2020. ANUNCIO DE LA RESOLUCIÓN DE 24/04/2020 (CONV.2019)
14/02/2020. ANUNCIO DE LA RESOLUCIÓN DE 11/12/2019 (CONV.2018)
2019
18/12/2019. ANUNCIO RESOLUCIÓN DE 18/12/2019 (CONV.2017)04/10/2019. ANUNCIO DE LA RESOLUCIÓN DE 04/10/2019 (CONV.2018)-ANEXO I
22/10/2019. ANUNCIO DE LA RESOLUCIÓN DE 22/10/2019 (CONV.2019)-ANEXO I
04/10/2019. ANUNCIO DE LA RESOLUCIÓN DE 04/10/2019 (CONV.2018)-ANEXO I
14/08/2019. ANUNCIO RESOLUCIÓN CONCESIÓN 02/08/2019 (CONV.2016)
28/01/2019. ANUNCIO RESOLUCIÓN CONCESIÓN 15/01/2019 (CONV.2016)-ANEXO-I
28/01/2019. ANUNCIO RESOLUCIÓN CONCESIÓN 11/01/2019 (CONV.2018)-ANEXO-I
24/01/2019. ANUNCIO RESOLUCIÓN CONCESIÓN 11/01/2019 (CONV.2017)-ANEXO-I
2018
1.DOCUMENTACIÓN MANTENIMIENTO DE CUENTA DE TERCEROSAportación documentación:
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – AUTOFINANCIACIÓN
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165618.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos