Convocatoria y bonificación de plazas para residencias escolares y escuelas-hogar.
Información general
- Ciudadanía
Descripción
Convocatoria y bonificación de plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2023/24.
Plazo de solicitud
- 01/03/2024 - 31/03/2024 (El plazo de presentación de solicitudes de admisión será el comprendido entre el 1 y el 31 de marzo, ambos inclusive.)
- 10/09/2024 - 20/09/2024 (La solicitud de bonificación deberá presentarse entre el 10 y el 20 de septiembre de cada año, o en los tres días siguientes al de su incorporación a la residencia si se produce una vez cumplido el plazo citado. (disposición adicional tercera.4 de la Orden de 17 de abril de 2017).)
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicitud en línea.Presencialmente
Formularios
- Solicitud gratuidad/bonificación del precio público por el servicio de residencia escolar en enseñanzas posobligatorias Nº: 002563/A07D (Obligatorio)
- Solicitud plaza para residencias escolares y escuelas-hogar Nº: 002144/3 (Obligatorio)
Documentación
Artículos 3 a 9 de la Orden de 28 de marzo de 2012. Artículo 25 y disposición adicional tercera de la Orden de 17 de abril de 2017.
1.- Para la Admisión:
- Para acreditar el criterio de familia numerosa, cuando la Administración no haya podido obtener la información, la persona solicitante deberá aportar, previo requerimiento, copia autenticada del libro de familia numerosa.
- Para acreditar el criterio de discapacidad, cuando no se haya podido obtener la información por la Administración, previo requerimiento, la persona solciitante deberá aportar certificados de los dictámenes de discapacidad.
- Para acreditar la renta y patrimonio anual, cuando la Administración no pueda obtener la información, la persona solicitante deberá aportar, previo requerimiento, una certificación de haberes, declaración jurada o cualquier otro documento de cada una de las personas mayores de dieciséis años de la unidad familiar.
2.- Para la Convocatoria de Bonificación:
Aportar certificado de empadronamiento para acreditar la convivencia en el mismo domicilio de la unidad familiar a efecto de las bonificaciones a las que se refiere el apartado 1 del artículo 24 de la Orden de 17 de abril de 2017.
Requisitos
Artículo 82 del Decreto 54/2012, de 6 de marzo y Artículo 25 y disposición adicional tercera de la Orden de 17 de abril de 2017.
1. Para la admisión.
Podrá obtener plaza en una residencia escolar aquel alumnado que, residiendo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, vaya a cursar las enseñanzas obligatorias o estudios posteriores a las mismas de bachillerato, de formación profesional inicial, de artes plásticas y diseño, de enseñanzas deportivas, profesionales de música o profesionales de danza en un centro docente público o privado concertado.
Para ocupar una plaza en una residencia escolar el alumnado deberá encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que no pueda asistir diariamente a un centro público o privado concertado que imparta las enseñanzas que desea cursar, por la lejanía de su domicilio y la imposibilidad de prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar, de acuerdo con lo que, a tales efectos, se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
b) Que pertenezca a familias que, por motivos de trabajo o en razón de su profesión, pasen largas temporadas fuera de su lugar de residencia.
c) Que pertenezca a familias que se encuentren en una situación de dificultad social extrema o en riesgo de exclusión social, que repercuta gravemente en su escolarización.
d) Que sean hijos e hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de violencia de género.
e) Que necesite ser residente para compatibilizar los estudios de educación secundaria con las enseñanzas profesionales de música o danza.
f) Que para su progresión deportiva necesite el acceso a una residencia escolar para hacer compatible su escolarización con la práctica del deporte en el que ha sido seleccionado por un club o entidad deportiva de superior categoría que participe en competiciones oficiales.
Además de lo expuesto, para ocupar plaza en una residencia escolar el alumnado deberá cumplir los siguientes requisitos de edad, en función de las enseñanzas que vaya a cursar:
a) Tener entre seis y dieciocho años, en el caso de que se cursen enseñanzas obligatorias.
b) Tener entre dieciséis y veintiún años, en el caso de que se cursen enseñanzas de bachillerato o de ciclos formativos de grados medio o superior de formación profesional inicial, de artes plásticas y diseño o de enseñanzas deportivas.
Estas edades podrán modificarse para el alumnado con altas capacidades intelectuales, cuando se hayan adoptado medidas de flexibilización de la duración de alguna etapa educativa de acuerdo con la normativa vigente.
2. Para la bonificación.
La prestación del servicio de residencia escolar será gratuita cuando concurran los supuestos establecidos en los apartados 2 y 3 del del Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo.
Podrá solicitar la bonificación sobre el precio público del servicio de residencia escolar el alumnado que haya solicitado su participación en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio o que no haya podido participar en la misma por haber obtenido su plaza de residencia escolar una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes.
Tras la resolución de la convocatoria general de becas y ayudas al estudio, las
bonificaciones al precio público que puedan haber sido concedidas al alumnado que resulte beneficiario de una beca con componente de residencia, podrán ser revisadas para adaptarlas a su condición de becario.
El alumnado al que le haya sido concedida una beca de residencia escolar en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio abonará el precio público en el plazo máximo de quince días hábiles, contados desde que le haya sido abonado el importe de dicha beca.
El alumnado al que le haya sido adjudicada una plaza libre de la residencia escolar, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto 54/2012, de 6 de marzo, abonará cada mes, sin bonificación alguna, el precio público establecido.
Sujeto a pago
Normativa
- Orden de 24 de enero de 2023, por la que se convocan plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2023/24.
- Decreto 54/2012, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Orden de 28 de marzo de 2012, de la Consejería de Educación, por la que se desarrollan determinados aspectos del procedimiento para la admisión del alumnado residente en las residencias escolares y en las escuelas-hogar y se efectúa la convocatoria de plazas para el curso escolar 2012/13.
- Acuerdo de 27 de marzo de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las Residencias Escolares de Andalucía.
- Decreto 6/2017, de 16 de enero, por el que se regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares,así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.
- Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.
- Corrección de errores de la Orden de 27 de marzo de 2019, por la que se modifica la Orden de 17 de abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar (BOJA núm. 70, de 11.4.2019).
- Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en las playas, medidas administrativas en el ámbito educativo, y otras medidas complementarias ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).
- Resolución de 21 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria de plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2023/24.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (Cód.: A01035458), Procedimiento de admisión y de bonificación: dirección de la Residencia Escolar o de la Escuela Hogar..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga (Cód.: A01035473), Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería (Cód.: A01035353), Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (Cód.: A01035362), Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba (Cód.: A01035432), Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada (Cód.: A01035452), Comisión Provincial de Garantías de Admisión. Dirección General de Comunicación Social (Cód.: A01035452), Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén (Cód.: A01035464), Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla (Cód.: A01035480), Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, Comisión Provincial de Garantías de Admisión.
- Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada (Cód.: A01014057), Procedimiento de admisión..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (Cód.: A01035458), Procedimiento de bonificación..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga (Cód.: A01035473), Procedimiento de bonificación..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería (Cód.: A01035353), Procedimiento de bonificación..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (Cód.: A01035362), Procedimiento de bonificación..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba (Cód.: A01035432), Procedimiento de bonificación..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada (Cód.: A01035452), Procedimiento de bonificación.. Dirección General de Comunicación Social (Cód.: A01035452), Procedimiento de bonificación..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén (Cód.: A01035464), Procedimiento de bonificación..
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla (Cód.: A01035480), Procedimiento de bonificación..
- Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada (Cód.: A01014057).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. La solicitud definitiva de admisión deberá hacerse pública en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes y siempre antes del inicio del correspondiente curso escolar.
Silencio: Positivo
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
CED-Gestión de ayudas para la escolarización
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165864.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Dirección General de Planificación y Centros de la Consejería de Educación y Deporte, cuya dirección es C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja. 41092 – Sevilla y cuyo correo electrónico es dgplanificacion.ced@juntadeandalucia.es.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja. 41092 – Sevilla o en el correo electrónico dpd.ced@juntadeandalucia.es.
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para gestionar la admisión en una residencia escolar o escuela hogar, y las bonificaciones que pudieran corresponderle como residente.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal. La Dirección General de Planificación y Centros contempla la cesión de datos al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía con fines estadísticos y a la Cámara de Cuentas.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el periodo de tiempo necesario para la gestión del procedimiento, así como aquel que sea necesario para las gestiones administrativas posteriores.