Subvenciones para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía. Convocatoria 2017.

Información general

Título:
Subvenciones para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía. Convocatoria 2017.
Código:
8265
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Administraciones
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Estado:
Cerrado
Fecha de actualización:
28/04/2022

Descripción

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

Plazo de solicitud

  • 25/04/2017 - 24/05/2017 (Treinta días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.)

Cómo realizar el trámite

Presencialmente

El medio de presentación dependerá de lo que establezca la normativa que regule este procedimiento. Si el procedimiento es exclusivamente telemático, no podrá presentar la solicitud en una oficina de asistencia en materia de registros.

Formularios

Documentación

Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal. En el caso de que se disponga de un nuevo número de identificación fiscal, se deberá aportar copia tanto de la nueva tarjeta como de la antigua.

En su caso, el impacto de género se acreditará mediante el análisis de la situación diferenciada de hombres y mujeres objeto de atención.

En su caso, certificación de la implantación de un plan de calidad o documentación acreditativa de estar en proceso de elaboración.

En su caso, Certificado suscrito por el órgano unipersonal o colegiado que tenga competencia para ello, del compromiso de aportar el importe exacto de la cuantía de fondos propios para el desarrollo de la actuación subvencionada, cuando se efectúe la valoración a la que se refiere el criterio establecido en el apartado 12.a).9.

Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya titularidad corresponda a la entidad solicitante expedido por la entidad bancaria.

Memoria explicativa del Programa a realizar. En caso de reformulación, deberá aportarse dicho programa adaptado a la subvención propuesta, incluyendo en ambos casos presupuesto detallado de ingresos y gastos.

Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento.

Para el caso de las fundaciones, certificado expedido por el correspondiente Registro de Fundaciones, donde se acredite la presentación de las cuentas anuales de la fundación.

En caso de que no haya sido aportada junto con la solicitud, fotocopia compulsada del certificado de inscripción de la composición de la Junta Directiva de la entidad solicitante donde se acredite que dicha Junta se encuentra debidamente inscrita en su correspondiente registro o en su defecto documentación acreditativa de encontrarse aquélla en proceso de inscripción.

Para el caso de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, certificación acreditativa de presentación de los estatutos en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera, 1 y 3, en relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En el caso de entidades privadas, fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad inscritos en su correspondiente registro o documentación acreditativa de encontrarse estos en proceso de inscripción.

Orden de 10 de mayo de 2016 (Cuadro Resumen - apartado 15).

Requisitos

Los requisitos deberán mantenerse desde el último día del plazo de presentación de solicitudes hasta la completa justificación de la subvención concedida. No obstante, el requisito de hallarse inscrita en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, o en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía, y en la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, deberá existir de modo previo al momento en que se inicie el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

Desarrollar su actividad en territorio andaluz.

Cumplir con las obligaciones de registro establecidas en el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los servicios sociales de Andalucía, salvo para las entidades que concurran a la modalidad 4.

En el supuesto de optar por actuaciones recogidas en la modalidad 4, estar inscritas en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía.

Estar adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.

Estar legalmente constituidas y tener actualizados en los correspondientes registros sus estatutos y órganos de gobierno o encontrarse estos pendientes de la resolución de inscripción. Para el caso de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, tener los estatutos o su modificación debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera, 1 y 3, en relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Orden de 10 de mayo de 2016 (Cuadro Resumen - apartado 4).

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Seguimiento

En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.

Aportación documentación: Información pública:
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