Acceso extraordinario a la bolsa de trabajo del Cuerpo de Maestros en la especiadlidad de Lengua Extranjera-Francés.

Información general

Título formal:

Acceso extraordinario a la bolsa de trabajo del Cuerpo de Maestros en la especiadlidad de Lengua Extranjera-Francés.

Código:
8360
Organismo:
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
08/06/2016

Descripción

Convocatoria de selección de personal para formar parte de la bolsa de trabajo del Cuerpo de Maestros en la especialidad de Lengua Extranjera-Francés en centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Será requerida, para la primera toma de posesión de un destino, la presentación de Certificación negativa de antecedentes penales a que se refiere el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

Poseer la titulación y especialidad requeridas, que se relacionan en la letra a) del punto 2.2 de la Base Segunda de la Resolución de 23 de septiembre de 2016.

Tener nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados Miembros de la UE o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE)492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011. Asi como sus cónyuges o descendientes.

Tener cumplida la edad mínima de acceso a la Función Pública y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

No padecer enfermedad ni tener limitación física o psiquica incompatibles con el ejercicio de las funciones docentes correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

Poseer la capacidad funcional y la competencia profesional, tanto teórica como práctica, para impartir docencia en la especialidad a la que se opte.

No haber sido separado del servicio, por expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las CCAA, ni en situación de inhabilitación para el desempeño de funciones públicas. Si no se posee la nacionalidad española: acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en el país de origen, el acceso a la función pública.

No hallarse excluido de las bolsas de personal funcionario interino de la Consejería de Educación, mediante resolución del órgano competente, por incompetencia profesional o por otras causas que impidan la impartición de docencia, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 13.2 de la Orden de 8 de junio de 2011.

No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretende acceder.

Quienes no posean la nacionalidad española y su idioma no sea el español, y soliciten la exención de la realización de la prueba previa de acreditación del conocimiento del español, deberán aportar a tal efecto los títulos o certificados que se indican en la letra h) del punto 2.1 de la Base Segunda de la Resolución de 23 de septiembre de 2016.

Base segunda de la Resolución de 23 de septiembre de 2016: 2.1 Requisitos generales y 2.2: Requisitos específicos.

Documentación

En el caso de aportar una titulación que no haga referencia expresa a la especialidad o modalidad cursada, deberá presentarse, además del título, fotocopia de certificación académica personal comprensiva de todas las materias cursadas para la obtención del mismo.

Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos alegados, según baremo que figura como Anexo II de la Resolución de 23 de septiembre de 2016.

Personal participante de nacionalidad española: fotocopia del DNI en vigor en caso de no prestar consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad

Personal participante que no tenga la nacionalidad española; deberá presentar la documentación prevista en el punto 4.2.2 de la Base Cuarta, según resida o no en España.

Fotocopia del título o títulos alegados, o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición, en cuyo caso deberá aportar fotocopia de certificación académica personal en los términos previstos en el punto 4.2.1.b) de la Base Cuarta. Si se trata de títulos obtenidos en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente credencial de homologación.

Base cuarta de la Resolución de 23 de septiembre de 2016.

Plazo de Inicio

  • 06/10/2016 - 18/10/2016 (Plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución de 23 de septiembre de 2016 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicación en BOJA núm. 192 de 5 de octubre de 2016).)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación

Agota vía administrativa

Si
Última actualización: 28/04/2022
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