Procedimiento para la obtención de la tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, cuya finalidad es facilitar los desplazamientos de aquellas personas que, debido a su discapacidad, tengan limitada su capacidad de movimiento y ello les dificulte la utilización de los medios de transporte público.

Información general

Título formal:

Tarjeta de aparcamiento de vehiculos para personas con movilidad reducida.

Código:
8730
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
27/09/2016

Descripción

La tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida tiene como finalidad facilitar los desplazamientos de aquellas personas que debido a su discapacidad tengan limitada su capacidad de movimiento y ello les dificulte la utilización de los medios de transporte público. Podrán ser titulares de la tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 3.1 y en el apartado 1 de la disposición adicional primera del Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre. Condiciones de uso Las tarjetas de aparcamiento son personales e intransferibles, quedando expresamente prohibida su cesión a favor de otra persona física o jurídica. El uso de las tarjetas de aparcamiento está subordinado a que su titular mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento. La tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida podrá ser utilizada por su titular en vehículos de su propiedad o en cualquier otro, mientras sean empleados para transportarle La tarjeta de aparcamiento de vehículos de transporte colectivo de personas con movilidad reducida sólo podrá utilizarse por su titular en el vehículo autorizado cuyo número de matrícula figure en la tarjeta, y siempre que se estén efectuando los servicios de transporte de personas con movilidad reducida.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Requisitos para ser titular de la tarjeta de estacionamiento

Es indispensable tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y, además, alguna de las siguientes circunstancias:

a) Presentar graves problemas de movilidad reducida:

          1. Ser usuario/a de silla de ruedas.

          2. Dependencia absoluta de dos bastones para deambular.

          3. Presentar conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales.

         O, en su defecto, alcanzar al menos 7 puntos en el baremo de valoración de movilidad vigente (Real Decreto 1971/1999, de 23 de   diciembre).

b) Tener reconocida una deficiencia visual que implique un grado de las limitaciones en la actividad igual o superior al 65%.

c) Ser menor de tres años y presentar una discapacidad grave/muy grave.

Documentación

Si no se autoriza al órgano instructor del procedimiento para que compruebe los datos correspondientes, la solicitud de la tarjeta debe ir acompañada de:

a) Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante y, en su caso, de su representante.
b) Certificado de empadronamiento de la persona solicitante.
c) Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento, en su caso.
d) Tarjeta caducada o deteriorada, en caso de que se solicite la renovación de la tarjeta por estos motivos.
e) Copia autenticada de la denuncia previa presentada ante la Policía Local, en caso de solicitudes de renovación de la tarjeta por motivo de extravío o sustracción.
f) Informes médicos y/o psicológicos que acrediten la movilidad reducida o deficiencia visual que se alega salvo que éstos ya obren en poder de los órganos instructores.

En el caso de solicitudes por razones humanitarias además de la documentación indicada en los apartados anteriores, exceptuado el párrafo f), se deberá adjuntar el certificado del personal médico facultativo del Sistema Sanitario Público de Andalucía, visado por la inspección de los servicios sanitarios competentes, que acredite las circunstancias previstas en la disposición adicional primera del Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Córdoba (Cód.: A01035436).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Granada (Cód.: A01035456).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Huelva (Cód.: A01035462).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Jaén (Cód.: A01035468).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Algeciras (Cód.: A01035366).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Almería (Cód.: A01035357).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Cádiz (Cód.: A01035367).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Málaga (Cód.: A01035478).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Sevilla (Cód.: A01035484).
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 2 Días. Será expedida en el plazo máximo de dos días hábiles, salvo que circunstancias técnicas o excepcionales lo impidan
    Silencio: Negativo
  • Plazo: 3 Meses. En el caso de solicitudes de personas que, en virtud de resolución administrativa, tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente o una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, el procedimiento quedará suspendido hasta que se emita el dictamen técnico facultativo que acredite la movilidad reducida o la deficiencia visual a que se refiere el artículo 4.2, y en todo caso, por un plazo máximo de tres meses.
    Silencio: Negativo
  • Plazo: 3 Meses. En el caso de solicitudes de personas que, en virtud de resolución administrativa, tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, pero no tengan reconocida la movilidad reducida mediante el dictamen técnico facultativo correspondiente, el procedimiento quedará suspendido hasta que se emita el mismo y, en todo caso, por un plazo máximo de tres meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

Organismo: D.G. de Personas con Discapacidad e Inclusión

Responsable del tratamiento: Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión

Procedimiento asociado: 8730

Finalidad: Gestión del fichero tarjetas aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida

Interesados: ciudadanía

Finalidad: Gestión del fichero tarjetas aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida

Delegado de Protección de Datos: dpd.cipsc@juntadeandalucia.es

Datos personales: Nombre y apellidos, DNI. Y, DNI, Nombre y Apellidos y dirección postal del representante legal.

Cesiones de datos: Interesados, la Administración propia y Policía Local para su control

Transferencias internacionales: No se contemplan

Periodo de conservación: No existe plazo previsto para supresión

Medidas de seguridad: Despliegue en tres capas: 1.- Capa de sistema operativo de puesto de cliente. Servida por el Administrador de la Red Corporativa. Con nombre de usuario y contraseña. Obligatorio su cambio con un máximo de tres meses. 2.- Capa de aplicación. El acceso a la aplicación solicita nombre de usuario y contraseña. Se cambia cada 4 meses máximo. 3,- Capa de traceo de procesos. En todo momento se sabe qué usuario hace qué, se queda grabado el log de procesos del usuario en el sistema.

Base jurídica: Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.

Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía

Art. 6,1 e) RGPD. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Enlace al Inventario de actividades de tratamiento de datos: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/218854.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 19/03/2024 Se ha modificado el campo: Órgano de Tramitación

  • 28/12/2022 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación

  • 28/12/2022 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 28/12/2022 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 27/12/2022 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 10/12/2024
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