Ayudas de la medida de impulso del asociacionismo destinada a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo así como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía, que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, para facilitar el cumplimiento de los fines que le son propios (Línea 4 Promoción del Trabajo Autónomo).
Información general
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Esta línea tiene por objeto contribuir a la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, así como a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, para facilitar el cumplimiento de los fines que les son propios.
Serán subvencionables las actividades llevadas a cabo por éstas para la consecución de los fines que les son propios en defensa y representación de las personas trabajadoras autónomas y que generen gastos de funcionamiento a dichas entidades.
Plazo de solicitud
- 09/05/2023 00:00 horas - 05/06/2023 23:59 horas (20 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto)
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicita y tramita en línea.Formularios
- ANEXO I. SOLICITUD. AYUDAS DE LA MEDIDA DE IMPULSO DEL ASOCIACIONISMO DESTINADA A LA FINANCIACIÓN PARCIAL DE LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS, PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES QUE LE SON PROPIOS (LÍNEA 4 PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO) Nº: 002705/3 (Obligatorio)
- ANEXO II. FORMULARIO DE ALEGACIONES/ ACEPTACIÓN/ REFORMULACIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. AYUDAS DE LA MEDIDA DE IMPULSO DEL ASOCIACIONISMO DESTINADA A LA FINANCIACIÓN PARCIAL DE LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS, PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES QUE LE SON PROPIOS (LÍNEA 4 PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO) Nº: 002705/3/A02 (Obligatorio)
Documentación
Formulario de solicitud (Anexo I).
Las entidades solicitantes deberán incluir en los apartados correspondientes de la solicitud una memoria en la que se identifique, describa y cuantifique la información relacionada con los criterios de valoración y desempate recogidos en el formulario de solicitud, junto con el presupuesto necesario para la realización de la/s medida/s solicitada/s, así como el proyecto por el que se solicita la subvención, referido a los conceptos subvencionables del artículo 30, en que se recoja:
1. La proyección prevista de los objetivos perseguidos por la acción: actuaciones, participantes, personas destinatarias, provincias en las que se desarrolla, incidencia en la consolidación y mantenimiento del trabajo autónomo y del empleo.
2. La relación entre el importe solicitado y los objetivos que se persigan con la acción.
3. Presupuesto detallado por conceptos, con indicación de su importe.
4. Presupuesto de gastos e ingresos.
5. Calendario de ejecución.
6. Las actividades subvencionadas realizadas por la entidad solicitante en el ejercicio anterior.
Tanto la memoria descriptiva como la documentación relacionada en el artículo 43, deberán contemplar la perspectiva de género en su formulación, objetivos, actividades y evaluación, debiendo incluirse sistemáticamente la variable de sexo en las estadísticas, indicadores, encuestas y recogida de datos que se lleven a cabo y utilizar un lenguaje no sexista.
Asimismo, se presentarán acompañando a la solicitud los tres presupuestos a que hace referencia el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en virtud de lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 33, en su caso.
Formulario para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos (Anexo II).
1.° Documentación que acredite la personalidad jurídica de la entidad solicitante, a la que se acompañarán los estatutos de la misma.
2.° Escritura de poder suficiente y subsistente para actuar ante la Administración Pública de la persona física que actúe en nombre y representación de la entidad solicitante, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos.
3.° DNI/NIE/NIF de la persona representante de la entidad, para el caso de que se haya producido oposición expresa a la consulta de datos a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad. Cuando éste sea nacional de otro país comunitario deberá aportar copia autenticada del número de identificación de extranjero y además, si es nacional de terceros países copia autenticada del permiso de trabajo y residencia.
4.° Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
5.° Certificación acreditativa de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente.
6.° Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta.
7.° Certificación expedida por persona legitimada en que conste la identificación de las personas directivas de la entidad, miembros de su patronato u órgano directivo, así como la fecha de su nombramiento, con especial atención a lo dispuesto en la letra a) del artículo 31.3. En dicha certificación deberá acreditarse la presentación de esos datos en el Registro administrativo correspondiente, en su caso.
8.° La acreditación de representación equilibrada de mujeres y hombres en cada una de las categorías profesionales cuya contratación se precise para la realización de las actividades, se realizará mediante certificación expedida por la persona física que actúe en nombre y representación de la entidad solicitante, donde se recoja la relación de personas, género, la categoría profesional con la que ha sido contratada y el centro de trabajo.
9.° Informe de vida laboral de la entidad, relativo a todos los códigos de cuenta de cotización que posea, correspondiente al año inmediatamente anterior al año en que se publique la correspondiente convocatoria, para el caso de que se haya producido oposición expresa a la consulta de estos datos por el órgano gestor.
10.° La acreditación del carácter intersectorial y ámbito autonómico se realizará mediante certificación acreditativa emitida por el registro correspondiente.
11.° Relacionado con los criterios de valoración y criterios de desempate recogidos en el artículo 31, la identificación de proyectos subvencionados se realizará con la correspondiente resolución de concesión y sus Anexos, en su caso.
12.° Con carácter previo al trámite de audiencia, incluida en la solicitud, memoria de la entidad solicitante en la que se identifique, describa y cuantifique la información relacionada con los criterios de valoración y criterios de desempate recogidos en el artículo 31, junto con el presupuesto necesario para la realización de la medida o medidas solicitadas, así como el proyecto, referido a los conceptos subvencionables del artículo 30, por el que se solicita la subvención en el que se recoja:
12.1. La proyección prevista de los objetivos perseguidos por la acción: actuaciones, participantes, personas
destinatarias, provincias en las que se desarrolla, incidencia en la consolidación y mantenimiento del trabajo
autónomo y del empleo.
12.2. La relación entre el importe solicitado y los objetivos que se persigan con la acción.
12.3. Presupuesto detallado por conceptos, con indicación de su importe, relacionado con la memoria de las
actividades previstas para el ejercicio para el que se solicita la subvención.
12.4. Presupuesto de gastos e ingresos
12.5. Calendario de ejecución.
12.6. Memoria de las actividades subvencionadas realizadas por la entidad solicitante en el ejercicio anterior.
13.° La acreditación del grado de afiliación de personas trabajadoras autónomas se realizará mediante certificación expedida por la persona física que actúe en nombre y representación de la entidad solicitante con poder suficiente para ello.
14.° Acreditación de la titularidad en propiedad, posesión u otro concepto del que resulte la facultad de uso actual y continuado de las instalaciones que utilice como sede. Se justificará por medio de los títulos de propiedad, alquiler o cesión de sedes, sin perjuicio de cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
15.° La acreditación del porcentaje de autofinanciación de las actividades se justificará mediante la aportación de las cuentas anuales, formuladas, aprobadas y depositadas en el registro oficial pertinente, referidas al ejercicio inmediatamente anterior al año en que se publique la correspondiente convocatoria.
Requisitos
Para ser beneficiarias de la medida de impulso del asociacionismo, las entidades deberán reunir los siguientes requisitos:
1.° Tener personalidad jurídica y, en el caso de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo, encontrarse inscritas en el Registro correspondiente del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, a fecha de publicación de la correspondiente Convocatoria; en el supuesto de las organizaciones sindicales y empresariales, tener depositados sus estatutos en el mencionado Consejo, a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
2.° Tener sede propia en, al menos, cinco provincias de Andalucía, a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
3.° Disponer de una plantilla media en el año anterior al año en que se publique la correspondiente convocatoria de, al menos, cinco personas trabajadoras contratadas directamente por la solicitante, dos de las cuales, lo serán a tiempo completo.
4.° Tener carácter intersectorial y ámbito autonómico.
5.° No estar incursa en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 116.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo (LAN 2010, 117) .
A efectos de esta Orden, se entiende por asociación de carácter intersectorial aquéllas que integren, bien directamente o a través de entidades asociadas, a trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en, al menos, cuatro sectores económicos de entre los de: agricultura, industria, construcción, servicios y nuevas tecnologías de la información y comunicación.
Normativa
- Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo
- Corrección de errores de la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo
- Corrección de errores de la Orden de 28 de diciembre de 2017, por la que se modifica la de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo (BOJA núm. 249, de 30.12.2017)
- Orden de 28 de diciembre de 2017, por la que se modifica la de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo
- Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
- Corrección de errores de 16 de abril de 2021, de la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía (BOJA núm. 197, de 9.10.2020).
- Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2023 de ayudas en régimen de concurrencia competitiva de la medida de impulso del asociacionismo destinada a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo así como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía, que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, para facilitar el cumplimiento de los fines que le son propios, de la línea 4, promoción del trabajo autónomo, regulada en la Orden de 2 de diciembre de 2016.
- Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2023, de ayudas en régimen de concurrencia competitiva de la medida de impulso del asociacionismo destinada a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo así como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía, que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, para facilitar el cumplimiento de los fines que le son propios, de la línea 4, promoción del trabajo autónomo, regulada en la Orden de 2 de diciembre de 2016.
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo (Cód.: A01025767).
- Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo (Cód.: A01025767).
- Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social (Cód.: A01025771).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 2 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
2023
22/06/2023. DILIGENCIA PUBLICACIÓN22/06/2023. PROPUESTA PROVISIONAL
07/09/2023. DILIGENCIA PUBLICACIÓN
07/09/2023. RESOLUCIÓN CONCESIÓN
2022
25/05/2022. DILIGENCIA PUBLICACIÓN PROPUESTA PROVISIONAL25/05/2022. PROPUESTA PROVISIONAL
01/09/2022. DILIGENCIA RESOLUCIÓN CONCESIÓN
01/09/2022. RESOLUCIÓN CONCESIÓN
Aportación documentación:
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165698.html