INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
MEMORIA / Ejercicio 2014
1.
Organización
E
l Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, adscrito a la Consejería de Eco-
nomía, Innovación, Ciencia y Empleo, surge como resultado de la fusión del Instituto de
Estadística de Andalucía, que en el ejercicio 2010 ya se encontraba adscrito a esta Con-
sejería, conforme al Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, y del Instituto de
Cartografía de Andalucía que, hasta la aprobación del Decreto del Presidente 6/2011, de 9
de mayo, se encontraba adscrito a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
La finalidad de esta fusión no es otra que proceder, por razones de economía, eficacia,
eficiencia y compatibilidad, a la concentración de la actividad estadística y cartográfica en
una sola agencia administrativa que las aglutine.
El Instituto, como agencia administrativa de las previstas en el artículo 65 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, tiene personalidad
jurídica pública diferenciada, plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería
propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
El Instituto se creó por la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, modificada por la Ley 4/2007, de 4 de abril, y por la Ley 4/2011,
de 6 de junio. Por su parte, las funciones que corresponden al Instituto en relación con
la actividad cartográfica se encuentran recogidas en el Decreto 141/2006, de 18 de julio,
modificado por el Decreto 152/2011, de 10 de mayo.
Por lo que respecta a la actividad estadística, son funciones del Instituto, recogidas en su
ley fundacional, las siguientes:
a) Elaborar el Anteproyecto del Plan Estadístico de Andalucía y los programas estadísti-
cos anuales.
b) Realizar las estadísticas asignadas al Instituto en el Plan y en los programas estadís-
ticos anuales.
c) Coordinar la ejecución de la actividad estadística de los órganos y entidades del Sis-
tema Estadístico de Andalucía.
d) Elaborar la memoria anual de actividad del Sistema Estadístico de Andalucía, en coor-
dinación con la Comisión Estadística de cada una de las Consejerías.
e) Informar preceptivamente los proyectos de normas de creación o modificación de las
comisiones y unidades estadísticas de las Consejerías, agencias administrativas y
demás entidades públicas dependientes de las mismas.
f) Crear, mantener y gestionar bases de datos de interés estadístico para la Comunidad
Autónoma.