¿QUÉ ES?

  • Es el interés por medir la calidad en los servicios públicos en el marco de unos criterios de exigencia y, además, adoptar una nueva visión del rol de la ciudadanía, cada vez más informada y compremetida en el cumplimiento de sus derechos, que emerge como demandante de unos servicios públicos que mejoran continuamente, es decir, que cumplen con los máximos niveles de calidad alcanzables.
  • La Estrategia de Modernización de los Servicios Públicos de la Junta de Andalucía 2006-2010 (BOJA nº 127, de 4 de julio) representa un punto de inflexión en el abordaje de la calidad y la excelencia en la Junta de Andalucía.
    La estrategia incluye, como acciones a desarrollar, una serie de iniciativas encaminadas a la articulación de un sistema efectivo que permita seguir avanzando en una gestión por procesos en las unidades administrativas que prestan servicios públicos, bajo criterios de excelencia y satisfacción orientados a la ciudadanía. Entre estas acciones se encuentra la puesta en marcha de un Observatorio para la mejora de los Servicios Públicos, la creación de nuevas modalidades de reconocimiento y premios, la consolidación del Sistema de Gestión de Cartas de Servicios y el desarrollo de sistemas de evaluación basados en el reconocido Modelo Europeo de Excelencia en la Gestión adaptado al Sector Público (Modelo EFQM Sector Público), como elemento fundamental de la medición de resultados.

La Calidad de los Servicios Públicos

¿CUAL ES EL MARCO NORMATIVO REGULADOR?

El marco normativo regulador de la Calidad de los Servicios en nuestra Comunidad Autónoma está constituido por :

  • Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos (BOJA 225, de 21 de noviembre).
  • Decreto 177/2005, de 19 de julio, (BOJA nº 154, de 9 de agosto), por el que se modifica el anterior, que amplia su ámbito de aplicación no solo a los Órganos y Unidades de la Administración General de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, sino, además, a las empresas que presten servicios públicos, y, mediante la firma de los oportunos convenios de colaboración, se hace extensivo a las Entidades Locales, Universidades y demás instituciones.