Última actualización:
13-09-2016

6. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
6.2. EXPROPIACIONES
6.2.1. URGENTE OCUPACIÓN
Tipo de expediente: 8. Subtipo: 4


DEPÓSITOS PREVIOS
FISCALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE DE GASTO, COMPROMISO E INTERVENCIÓN FORMAL DEL PAGO
Propuesta de documento contable “ADOJ” con Anexo de terceros, si fuere necesario, constando la cuenta de funcionamiento como sustituto legal.
 
A.2.
Resolución por la que se aprueba el proyecto, estudio o plan (la cual conlleva implícitamente la declaración de utilidad pública y la urgente ocupación).
 
Orden de inicio del expediente expropiatorio..
 
Información Pública relativa a la Resolución de emplazamiento para levantamiento de Actas Previas en la que se concreta relación de bienes y derechos expropiados y sus titulares.
 
Acta previa a la ocupación.
 
A.6.
Hoja Valoración Depósito Previo e indemnización por rápida ocupación.
 
A.7.
Pliego de razonamiento del perito de la Administración.
 
Planos parcelarios.
 
A.9.
Registro en Inventario (en la propuesta contable deberá constar el número de registro del Activo Fijo con el cual se vincula el bien expropiado).
 
A.10.
Resumen General con la relación de afectados indicando importes debidamente totalizados.
 
 
FASE DE JUSTIFICACIÓN DEL PAGO
Propuesta de documento contable “J”.
 
Acta de Ocupación.
 
B.3.
Acreditación del pago del Depósito Previo más, en su caso , la previa indemnización por perjuicios mediante talón nominativo, transferencia bancaria o resguardo de la consignación.
 
 
MUTUO ACUERDO
FASE DE FISCALIZACIÓN DEL GASTO Y DEL COMPROMISO
Propuesta de documento contable “AD” con Anexo de terceros, si fuere necesario, constando la cuenta de funcionamiento como sustituto legal. El importe será el del justiprecio acordado deducido el Depósito Previo si lo hubiere.
 
Informe del representante de la Administración.
 
A.3.
Resolución por la que se aprueba el proyecto, estudio o plan (la cual conlleva implícitamente la declaración de utilidad pública y de urgente ocupación).
 
Orden de inicio del expediente expropiatorio.
 
Información Pública relativa a la Resolución de emplazamiento para levantamiento de Actas Previas en la que se concreta relación de bienes y derechos expropiados y sus titulares.
 
A.6.
Acta previa a la ocupación y Acta de ocupación.
 
Pliego de razonamiento del perito de la Administración.
 
Acta de Mutuo de Acuerdo o aceptación del expropiado de la Hoja de Aprecio, formulada por la Administración.
Art 52.7 LEF y Art 24 al 30 LEF
 
Planos parcelarios.
 
Resumen General con la relación de afectados indicando importes debidamente totalizados
 
FASE DE INTERVENCIÓN FORMAL DEL PAGO
Propuesta de documento contable de pago “OJ”.
 
B.2.
Original de documento contable “AD” autorizado por el Órgano Competente.
 
B.3.
Registro en Inventario (en la propuesta contable deberá constar el número de registro del Activo Fijo con el cual se vincula el bien expropiado).
 
 
FASE DE JUSTIFICACIÓN DEL PAGO
C.1.
Propuesta de "J".
 
Acreditación del pago mediante talón nominativo, transferencia bancaria o resguardo de la consignación.
 
 
VALOR CONCURRENTE
FISCALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE DE GASTO, COMPROMISO
Propuesta de documento contable “AD” con Anexo de terceros, si fuere necesario, constando la cuenta de funcionamiento como sustituto legal. El importe vendrá determinado por la cantidad hasta la que exista conformidad entre el expropiado y Administración, deducido, en su caso, el importe del depósito, si lo hubiere.
 
Informe del representante de la Administración.
 
A.3.
Resolución por la que se aprueba el proyecto (la cual conlleva implícitamente la declaración de urgente ocupación).
 
Información pública relativa a la Resolución de emplazamiento para levantamiento de Actas Previas en la que se concreta la relación de bienes y derechos expropiados y sus titulares.
 
Acta previa de ocupación y Acta de ocupación.
 
A.6.
Rechazo del afectado de la  hoja de aprecio de la Administración y solicitud del valor concurrente por parte del expropiado.
 
Pliego de razonamiento del perito de la Administración.
 
Planos parcelarios.
 
Resumen General con la relación de afectados indicando importes debidamente totalizados.
 
 
FASE DE INTERVENCIÓN FORMAL DEL PAGO 
B.1.
Propuesta de documento contable de pago “OJ”.
 
B.2.
Original de documento contable “AD” autorizado por el Órgano Competente.
 
Registro
 
 
FASE DE JUSTIFICACIÓN DEL PAGO
C.1.
Propuesta de documento contable “J”.
 
Acreditación del pago mediante talón nominativo, transferencia bancaria o resguardo de la consignación.
 
 
COMISIÓN PROVINCIAL DE VALORACIÓN
FISCALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE GASTO, COMPROMISO
A.1.
Propuesta de documento contable “AD” con Anexo de terceros, si fuere necesario, constando la cuenta de funcionamiento como sustituto legal. El importe vendrá determinado por la cantidad fijada como justiprecio por la Comisión Provincial de Valoración, deducido el importe del depósito previo y/o la cantidad abonada en concepto de valor concurrente, si los hubiere.
 
Informe del representante de la Administración.
 
Resolución de la Comisión Provincial de Valoración..
 
Resumen General con la relación de afectados indicando importes debidamente totalizados.
 
 
FASE DE INTERVENCIÓN FORMAL DEL PAGO 
B.1.
Propuesta de documento contable de pago “OJ”.
 
B.2.
Original de documento contable “AD” autorizado por el Órgano Competente.
 
Registro en Inventario (en la propuesta contable deberá constar el número de registro del Activo Fijo con el cual se vincula el bien expropiado).
 
 
FASE DE JUSTIFICACIÓN DEL PAGO
C.1.
Propuesta de documento contable “J”.
 
Acreditación del pago mediante talón nominativo, transferencia bancaria o resguardo de la consignación.
 
 
INTERESES DE DEMORA 
FISCALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE DE GASTO, COMPROMISO
A.1.
Propuesta de documento contable “AD”.
 
 Informe propuesta.
 
 
 Propuesta de resolución firmada por el órgano competente.
 
 
  Cálculo detallado de la liquidación practicada.
 
  Resumen General con la relación de afectados indicando importes debidamente totalizados.
 
 
 
FASE DE INTERVENCIÓN FORMAL DEL PAGO
B.1.
Propuesta de documento contable de pago “OJ”.
 
Original de documento contable “AD” autorizado por el Órgano Competente.
 
Resolución firmada por el órgano competente, liquidando los intereses de demora.
 
 
FASE DE JUSTIFICACIÓN DEL PAGO
C.1.
Propuesta de documento contable “J”.
 
Acreditación del pago mediante talón nominativo, transferencia bancaria o resguardo de la consignación.
 
 
EXPEDIENTES DE DEPÓSITO PREVIO
TRÁMITE A.1.

La cuenta de funcionamiento sólo podrá aparecer como tercero en la propuesta contable en caso de titular desconocido.

 

TRÁMITES A.2.

En los proyectos de obras de infraestructuras hidráulica, agraria, portuaria, transporte y comunicaciones, de carácter sanitario, educativo, cultural y medioambiental, y las correspondientes actuaciones de erradicación del chabolismo y de transformación de infravivienda aprobados, se entenderá implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, de Presupuestos de la Junta de Andalucía, según redacción dada por el artículo 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre.

 La aprobación de los estudios de carreteras implica la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos correspondientes, así como la urgencia de ocupación, todo ello a los fines de la  expropiación, de la ocupación temporal o de la imposición o modificación de servidumbres; ello según lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio de Carreteras de Andalucía.

En materia de Ordenación del Territorio y Vivienda, la aprobación por la Administración de la Junta de Andalucía de estudios, proyectos y planes de interés autonómico, llevará implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de urgente ocupación, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Con respecto a los Ferrocarriles, el artículo 3.4 de la Ley 9/2006, de 26 de diciembre, de Servicios Ferroviarios de Andalucía, define que la declaración de interés público de Servicios Ferroviarios de Andalucía supondrá la declaración de utilidad pública e interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma, a efectos de la expropiación forzosa de todos los bienes y derechos que sean necesarios para garantizar su prestación.

 

TRÁMITE A.8.

El proyecto que sirve de base a la expropiación deberá contener los planos parcelarios en los que, a escala conveniente se reflejen las formas y dimensiones de las parcelas afectadas, superficies, así como su identificación en el terreno.

TRÁMITE B.3.

La acreditación del pago tendrá lugar aportando relación nominal de los expropiados en la que se detallan los importes que le han sido abonados mediante talón nominativo o transferencia bancaria.

En este trámite se reflejarán las posibles incidencias que se produzcan tales como la no comparecencia de los expropiados y la consiguiente consignación del importe de la expropiación (art. 51 REF).

El beneficiario de la consignación será el tercero expropiado, excepto en el caso de titular “desconocido”.

La consignación se realizará en el modelo oficial habilitado al efecto (actualmente modelo 805), del cual se remitirá copia.

 

 
EXPEDIENTES DE MUTUO ACUERDO
TRÁMITE A.3, A.4, A.5 y A.6.

La documentación correspondiente a estos trámites será la misma que la aportada en los expedientes de depósitos previos.

 

TRÁMITE A.8.

En caso de no existir aceptación o rechazo expreso, en tiempo y forma, de la hoja de aprecio de la Administración, se considerará aceptado su importe por el expropiado. Ello, de conformidad con lo establecido en el Informe 221/05/F del Gabinete Jurídico de la JA de 11 de noviembre de 2005.

 

TRÁMITE A.9.

El proyecto que sirve de base a la expropiación deberá contener los planos parcelarios en los que, a escala conveniente se reflejen las formas y dimensiones de las parcelas afectadas, superficies, así como su identificación en el terreno.

 

 
COMISION PROVINCIAL DE VALORACION
TRÁMITE A.2.

El informe del representante de la Administración deberá hacer referencia a los antecedentes administrativos del expediente expropiatorio, acreditándose documentalmente los importes que hayan sido deducidos en su caso (memoria económica).

 

 
INTERESES DE DEMORA
TRÁMITE A.2.

Las fechas tenidas en cuenta para el cálculo de los intereses de demora deberán acreditarse documentalmente

FISCALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE

A LA VISTA DE LA DOCUMENTACIÓN ANTERIOR LA INTERVENCIÓN COMPETENTE PROCEDERÁ A REALIZAR LA FISCALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE, EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 91 DEL TRLGHP, VERIFICANDO QUE CONSTAN LOS DOCUMENTOS QUE PROCEDAN DE LOS APARTADOS ANTERIORES.


LA INTERVENCIÓN, SI FISCALIZA DE CONFORMIDAD EL EXPEDIENTE, PROCEDERÁ A VALIDAR LAS PROPUESTAS CONTABLES.


POR ÚLTIMO, TRAS LAS ACTUACIONES ANTERIORES, SE REMITIRÁ EL EXPEDIENTE AL ÓRGANO GESTOR, O SE ARCHIVARÁ LA DOCUMENTACIÓN EN LA INTERVENCIÓN, SEGÚN PROCEDA. 

 

JUSTIFICACIÓN DEL PAGO

A LA VISTA DE LA DOCUMENTACIÓN ANTERIOR LA INTERVENCIÓN COMPETENTE PROCEDERÁ A REALIZAR LA FISCALIZACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN DE LOS PAGOS REALIZADOS A LOS EXPROPIADOS.
LA INTERVENCIÓN, SI FISCALIZA DE CONFORMIDAD EL EXPEDIENTE, PROCEDERÁ A VALIDAR LAS PROPUESTAS CONTABLES J.


POR ÚLTIMO, TRAS LAS ACTUACIONES ANTERIORES, REMITIRÁ EL EXPEDIENTE AL ÓRGANO GESTOR O ARCHIVARÁ LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA EN LA INTERVENCIÓN, SEGÚN PROCEDA