Acerca de la Agencia

La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA) queda efectivamente constituida el 30 de abril del 2011, tras la publicación y aprobación de sus Estatutos (Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía), asumiendo con ello todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero (DAP), la cual quedó extinguida simultáneamente.

 

La Agencia, de conformidad con el artículo 11.1 de la Ley 1/2011, de reordenación del sector público de Andalucía, se configura como agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2.c), y reguladas en los artículos 71 a 74 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para la realización de sus fines institucionales en régimen de autonomía de gestión.

 

Dicho fin comprende la ejecución de las políticas orientadas a alcanzar los objetivos básicos previstos en el artículo 10.3.13.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que le sea asignada por la Consejería competente en materia de Agricultura y Pesca a la cual se encuentra adscrita, así como la gestión de programas y acciones de fomento; de vigilancia e inspección; de prestación y gestión de servicios públicos; y de asistencia técnica, en materias agraria y pesquera.

 

La Agencia desarrollará sus fines en el marco de los planes y programas que determine la Consejería competente en materia agraria y pesquera, la cual fijará los objetivos y directrices de actuación de aquélla, efectuará el seguimiento de su actividad y ejercerá, sin perjuicio de otras competencias que el ordenamiento jurídico le atribuya, el control de eficacia y financiero de acuerdo con la normativa vigente.