Para los contratos de arrendamiento y subarrendamiento de vivienda o para uso distinto de vivienda.
ADVERTENCIA: Le informamos que la ley de presupuestos 6/2019, 19 de diciembre, de la Junta de Andalucía obliga a esta Agencia,desde el 1 de enero de 2021, a realizar cualquier tipo de pago mediante el sistema contable GIRO. Por tanto, le advertimos que para la devolución de la fianza que nos vaya a solicitar será obligatorio que la cuenta bancaria en la que quiere percibir el ingreso este dada de alta en dicho sistema GIRO. Puede hacerlo, si dispone de certificado digital, accediendo a la Oficina Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, MANTENIMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS. Si no dispone de certificado digital, deberá cumplimentar el formulario que tiene disponible en esta dirección: Deberá imprimir y rellenar el FORMULARIO DE MANTENIMIENTO DE CUENTA A TERCEROS y presentarlo en cualquier Registro Administrativo, dirigido a la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública y sus Tesorerías Provinciales.
En caso de que haya más de un arrendador y compartan la misma cuenta bancaria, TODOS ELLOS deberán dar de alta la cuenta bancaria de manera individualizada.
La devolución del depósito de fianza puede solicitarla el arrendador/subarrendador o su representante legal.
La solicitud de devolución del depósito de la fianza se puede realizar de dos formas:
Le informamos que la ley de presupuestos 6/2019, 19 de diciembre, de la Junta de Andalucía obliga a esta Agencia, desde el 1 de enero de 2021, a realizar cualquier tipo de pago mediante el sistema contable GIRO. Por tanto, le advertimos que para la devolución de la fianza que nos vaya a solicitar será obligatorio que la cuenta bancaria en la que quiere percibir el ingreso este dada de alta en dicho sistema GIRO. Puede hacerlo, si dispone de certificado digital, accediendo a la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, MANTENIMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS. Si no dispone de certificado digital, deberá cumplimentar el formulario que tiene disponible en esta dirección: Deberá imprimir y rellenar el FORMULARIO DE MANTENIMIENTO DE CUENTA A TERCEROS y presentarlo en cualquier Registro Administrativo, dirigido a la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública y sus Tesorerías Provinciales.
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL A APORTAR POR PERSONAS JURÍDICAS Y SITUACIONES ESPECIALES
Para proceder a la devolución, la Administración tiene un plazo de un mes a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. En caso de requerimiento de documentación se paralizaría el plazo señalado.