Presidencia

Información general

Titular
Rocío Díaz Jiménez

Funciones

  1. La Presidencia de la Agencia corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda. La persona titular de la Presidencia de la Agencia lo será también de su Consejo Rector.
  2. La Presidencia tendrá las siguientes atribuciones:
    • Ostentar la superior representación institucional de la Agencia y de su Consejo Rector.
    • Firmar los convenios, salvo los que conduzcan a la finalización de procedimientos administrativos y los que supongan la formalización de subvenciones concedidas o con entidades colaboradoras en la gestión de subvenciones, así como los de colaboración o protocolos de actuación a suscribir entre diferentes órganos de contratación para la cofinanciación de contratos, en los términos establecidos en la normativa de contratos públicos, por ser competencia de otros órganos. Los convenios serán propuestos por el Consejo Rector o la Dirección General.
    • Ordenar la convocatoria de las sesiones del Consejo Rector, fijando el Orden del Día y señalando lugar, día y hora de celebración así como levantar las sesiones.
    • Presidir y dirigir las deliberaciones del Consejo Rector y, en su caso, dirimir con su voto de calidad posibles empates.
    • Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del Consejo Rector.
    • Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Rector.
    • Nombrar y separar al personal directivo de la Agencia, salvo lo dispuesto en los artículos 16.1 y 17.1 para la Gerencia y las Direcciones Provinciales, respectivamente, así como los representantes de la misma en las entidades a las que se refiere el artículo 6.
    • Ejercer la jefatura superior del personal, sin perjuicio de las funciones que correspondan al resto de los órganos directivos.
    • Cualesquiera otras que le atribuyan los presentes Estatutos.
  3. La Presidencia podrá delegar sus atribuciones en la Vicepresidencia, con carácter indefinido o temporal.
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