El Flamenco en el Sistema Educativo Andaluz
La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 37.1 que los poderes de la Comunidad Autónoma orientarán sus políticas públicas a garantizar y asegurar el ejercicio de los derechos reconocidos y alcanzar objetivos básicos establecidos en el texto estatutario, mediante la aplicación efectiva de una serie de principios rectores, entre los que se encuentra la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía, especialmente del Flamenco. Asimismo, el artículo 68.1 del citado Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce que entre las competencias en materia de cultura y patrimonio que corresponden a la Comunidad Autónoma se encuentra la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del Flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.
Por su parte, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, dedica su título II a las enseñanzas y el capítulo I del mismo al currículo, en el que se integra la cultura andaluza. En este sentido, el artículo 40 de dicha ley establece que el currículo deberá contemplar la presencia de contenidos y de actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía, como el Flamenco, para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco de la cultura española y universal.
Para dar cumplimiento a estas disposiciones, los decretos por los que se establecen la ordenación y las enseñanzas correspondientes a distintas etapas educativas, en Andalucía, incorporan el tratamiento de la cultura andaluza, con especial referencia al Flamenco. Así, en el caso de la educación infantil, dentro de Lenguaje Musical en 2º ciclo, se dispone que el Flamenco debe estar presente en las aulas. En los casos de la educación primaria y la educación secundaria obligatoria se dispone que la cultura andaluza, en el marco de una visión plural de la cultura, se integrará de forma horizontal en todas las materias, y se da un tratamiento específico del Flamenco en algunas de ellas. En el caso del bachillerato el currículum incluirá contenidos y actividades a los que se refiere el mencionado artículo 40 de la ley andaluza de educación. Por lo que se refiere a las enseñanzas artísticas, el folklore andaluz y el Flamenco son objeto de algunas materias o especialidades de las enseñanzas elementales, profesionales y superiores de danza y de música.
Todo ello refleja el firme compromiso de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para que el Flamenco forme parte del sistema educativo de Andalucía en las distintas etapas que lo conforman.
El Flamenco cuenta además con una extraordinaria proyección cultural tanto en el resto de España como a nivel internacional. Evidencia de ello es su reciente incorporación a la lista de manifestaciones culturales que forman parte del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO. El aprendizaje del arte y la cultura en los centros educativos constituye una de las estrategias más poderosas para la construcción de una ciudadanía intercultural. Además la presencia del Flamenco en el sistema educativo a través de las diferentes áreas del conocimiento, contribuye al desarrollo integral y pleno del alumnado, además de favorecer la valoración, apreciación y respeto por este arte que ha experimentado un extraordinario desarrollo, siendo accesible, además, para una parte de la ciudadanía para la que era desconocido. La valoración social del Flamenco y el rango que este ha alcanzado como manifestación cultural deben tener su reflejo en el sistema educativo en Andalucía, por lo que parece conveniente establecer medidas para la inclusión del Flamenco en el sistema educativo andaluz, entre las que se proponen entre otras la creación por esta Consejería de Educación, Cultura y Deporte de un portal web específico, así como incentivar la elaboración de materiales didácticos o reconocer propuestas formuladas en proyectos educativos, de innovación y buenas prácticas docentes, que pueda presentar el profesorado a partir de su experiencia docente.