Junta de Andalucía
Procedimientos selectivos para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas 2024.RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL PERSONAL ADMITIDO Y EXCLUIDO
sábado, 27 de julio de 2024

FAQs de PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS PARA EL ACCESO AL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Y AL CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO Y ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN EL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Y EN EL CUERPO DE MAESTROS

Orden de 9 de noviembre de 2023



Se convocan pruebas selectivas para cubrir 200 plazas de acceso, al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.


Además de acuerdo con lo establecido en el Título V del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, se convoca procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y para el Cuerpo de Maestros.


 


El personal aspirante será convocado para sus actuaciones ante los tribunales en único llamamiento, siendo motivo de exclusión del procedimiento selectivo la no comparecencia a la hora establecida a cualquiera de las mismas. En este sentido, se informa que se podrán acceder a dichos llamamientos a través del botón habilitado en la consulta personalizada, denominado -Ver tablón del tribunal-

 


El orden de actuación será el alfabético ascendente, iniciándose por la persona cuyo primer apellido comience por la letra «N» 
 

El acto de presentación, de asistencia obligatoria para todo el personal participante, tiene carácter personalísimo.


No se admitirán acreditaciones ni poderes de representación.


Las personas que no asistan decaerán en todos sus derechos y serán excluidas de los procedimientos selectivos, así como quienes se presenten ante un tribunal al que no estén adscritos.


En el citado acto, los tribunales identificarán al personal aspirante mediante la presentación del DNI original en vigor o, en su defecto, original del carnet de conducir o pasaporte también en vigor.


En el acto de presentación los tribunales impartirán las instrucciones precisas para el desarrollo de las distintas fases de los procedimientos, indicarán los plazos y lugares en los que se desarrollará el mismo y cuantas cuestiones estimen oportunas.


Las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con la fecha de realización de la prueba, incluido el acto de presentación, por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento mediante escrito dirigido a la Comisión de selección correspondiente, adjuntando el correspondiente informe médico oficial con una antelación mínima de 72 horas, salvo causa de fuerza mayor, al objeto de adecuar los espacios necesarios, así como para determinar las fechas y horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en la correspondiente Resolución.


Las mujeres aspirantes con hijas e hijos lactantes pueden comunicar al tribunal, antes del inicio de la prueba este hecho, de forma que se podrá alterar el orden de los llamamientos siempre que se haya informado al resto de aspirantes convocados ese día.
En ningún caso se alterará la hora de llamamiento. 


 Las pruebas que se convocan se realizarán en las localidades que determine, mediante resolución, la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. La ubicación y el número de los tribunales que hayan de designarse vendrán condicionados por el número de participantes.


La persona aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar ella misma, así como un guion manuscrito o equivalente que no excederá de una cara de un folio y que deberá entregarse al tribunal al término de la exposición. El referido material auxiliar servirá para apoyar la exposición mediante la utilización de recursos didácticos no electrónicos ni susceptibles de reproducción electrónica (ilustraciones, diagramas, mapas, esquemas, plantillas y otros recursos de naturaleza análoga). Tanto el material auxiliar como el guion no podrán tener contenido curricular, es decir, no podrán contener, registrar o hacer referencia a las competencias, objetivos, saberes básicos, metodología, y criterios de evaluación. Los órganos de selección velarán para que el referido material auxiliar no implique una desigualdad de trato en el desarrollo de esta parte del procedimiento selectivo. El material auxiliar, así como el guion no serán valorados en la prueba.


 Consta de una prueba que tendrá por objeto valorar tanto los conocimientos sobre la materia como los recursos didácticos y pedagógicos del personal aspirante. La prueba

consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a que se opte, elegido entre ocho extraídos al azar por el tribunal de entre los que componen el temario de la
especialidad y, en el caso de concordancia entre la titulación académica aportada y la especialidad a la que se aspira, entre nueve.
 
La exposición se completará con un planteamiento pedagógico y didáctico del tema.

La persona aspirante dispondrá de una hora para la preparación, pudiendo utilizar el material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que el material a utilizar no podrá ser susceptible de conexión (ordenadores portátiles, teléfonos móviles, etc.). La exposición y el planteamiento didáctico tendrán una duración máxima de una hora.


 El sistema para la adquisición de una nueva especialidad requerirá la realización de una prueba que consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a la que se opta, elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad atendiendo a los siguientes criterios:

a) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas.

El sistema para la adquisición de una nueva especialidad para los funcionarios del Cuerpo de Maestros requerirá la realización de una prueba que consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a la que se opta, elegido por el aspirante de entre tres extraídos al azar por el tribunal.


Tras la publicación de las calificaciones provisionales de la prueba, las personas aspirantes serán atendidas por los tribunales hasta las 19:00 horas de ese día y durante

el siguiente día hábil en horario de 9:00 a 19:00 horas, en franjas horarias que podrán ser predeterminadas por el tribunal, la calificación efectuada por el tribunal no podrá ser modificada, salvo motivo de error material convenientemente alegado.

Contra las calificaciones provisionales obtenidas en la prueba, los aspirantes podrán presentar alegaciones a la misma por escrito alegando los motivos de error material que estimen oportunos ante el tribunal, en el plazo de atención al opositor.