Page 317 - INFORME sobre la Situación Socioeconómica de Andalucía 2020
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 5. RECURSOS HUMANOS: POBLACIÓN Y MERCADO DE TRABAJO EN ANDALUCÍA 315
5.2.2.3. El teletrabajo
El teletrabajo, favorecido por los cambios tecnológicos, económicos y culturales de las últimas décadas, se vio impulsado por las nuevas condiciones derivadas de la pandemia, afectando de manera intensa a las formas de producir y de trabajar. Al mismo tiempo, los avances tecnoló- gicos también están posibilitando el aumento de los procesos de automatización del trabajo, de forma que la transformación digital está influyendo de forma notable en la reducción de ciertos tipos de empleos, en la transformación de otros o en la aparición de algunos nuevos.
La pandemia de la COVID-19 ha potenciado la implantación del teletrabajo en aquellas em- presas en las que solo se utilizaba de manera residual. De hecho, el número de personas que trabajan desde casa se ha incrementado de manera importante a raíz de las recomen- daciones del gobierno para que las empresas adoptasen esta forma de trabajar durante el estado de alarma. En todo caso, ni todas las empresas estuvieron ni están preparadas para hacerlo, ni todas son proclives a renunciar a la presencialidad.
El teletrabajo puede definirse como una forma de organizar el trabajo o la actividad laboral, realizado a distancia mediante el usos exclusivo o prevalente de las denominadas Tecnolo- gías de la Información y Comunicación (TIC) en el domicilio de la persona trabajadora o en otro elegido por ella. Por este motivo, la persona teletrabajadora podrá ser dependiente o autónoma, según el trabajo sea realizado en situación de subordinación, es decir, por cuen- ta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, o bien, que no reúna estas características. En el primer caso la persona teletrabajadora tiene los mismos derechos y obligaciones que la trabajadora presencial.
Por lo tanto, no se refiere a una nueva clase de trabajo, sino a una forma en que se ejecuta y organiza el trabajo realizado a distancia mediante el uso de las TIC. Así, las tres caracterís- ticas esenciales que tiene esta modalidad de trabajo serían:
• Se realiza a distancia.
• Se hace un uso intensivo de las tecnologías informáticas y de comunicación.
• Es un modo de organización y ejecución de la actividad laboral.
El teletrabajo se puede considerar como una especie de trabajo a domicilio, pero no es exactamente lo mismo, ya que hay diferencias en cuanto al control, forma de organización y ejecución del trabajo, entre otras. Así, los rasgos fundamentales inherentes al teletrabajo son, entre otros, los siguientes:
• Voluntariedad.
• Reversibilidad.
• Igualdad de derechos.
• Igualdad de acceso a la información y de oportunidades de desarrollo.
• Posibilidaddequeestamodalidaddetrabajoseimplementedemaneramixta,esde-
cir, que el teletrabajo pueda ser a tiempo total o parcial.
• Derecho a la desconexión.


















































































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