Guia orientativa para solicitudes de subvenciones de PRL

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Guía


8 de mayo de 2023

Version
0.23.05.08
Resumen

Este documento recoge unas instrucciones orientativas para la cumplimentación de solicitudes de subvenciones de Prevención de Riesgos Laborales para el ejercicio 2023

Contenidos

OBJETO DE LA GUÍA


Esta guía tiene por objeto facilitar a las personas y entidades interesadas (PYME) en el desarrollo de proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales en centros de trabajo radicados en Andalucía, su participación en la convocatoria de ayudas efectuada por la Junta de Andalucía a través de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.


Las solicitudes presentadas, deberán acogerse a una de las dos modalidades previstas en las bases reguladoras, en función de la naturaleza de la actividad a desarrollar:

  • Línea 1, con ayudas entre 1.500 y 15.000 euros, se financiarán las inversiones destinadas, entre otras, a la sustitución y adaptación de maquinaria y equipos de trabajo, instalaciones específicas de control de contaminantes y adquisición de sistemas de prevención para el trabajo en altura, a la prevención de enfermedades profesionales, etc.
  • Línea 2, con incentivos entre 1.200 y 12.000 euros, se subvencionan iniciativas de integración de la prevención en las empresas, mejora del cumplimiento de la normativa, así como la realización de proyectos innovadores y buenas prácticas preventivas. Se incluyen en este apartado planes de formación, estudios ergonómicos y psicosociales, proyectos de I+D+i dirigidos a la mejora de las condiciones de trabajo, diagnósticos preventivos sobre riesgos emergentes y primeras implantaciones de sistemas de gestión de seguridad y salud laboral.


La guía contiene una serie de pautas que pretenden facilitar a las empresas el diseño de sus proyectos, la adecuada cumplimentación del formulario de solicitud así como la presentación en tiempo y forma de la documentación acreditativa para el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas por las bases reguladoras y por la convocatoria.


CLÁUSULA DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD

Esta guía ofrece una serie de directrices generales para las personas solicitantes de las ayudas, con el objeto de ofrecer ayuda para la fase de presentación de la solicitud de subvención y su posterior acreditación documental en la fase de alegaciones. No tiene carácter jurídicamente vinculante ni obliga a la Junta de Andalucía en modo alguno. La Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, (BOJA n.º 93 de 18/05/2021), y demás normativa general de aplicación constituyen la única base jurídicamente vinculante para la concesión de las subvenciones.




PERSONAS O ENTIDADES QUE PUEDEN SOLICITAR LAS SUBVENCIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR

  1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:

    Las PYME ya sean personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, que ocupen a personas trabajadoras por cuenta ajena en los términos definidos por el artículo 1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y lleven a cabo actividades y/o proyectos de mejora de la prevención de riesgos laborales que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases reguladoras, se desarrollen y repercutan en centros de trabajo radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.


  2. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
    1. A los efectos de estas Bases Reguladoras, se considerarán PYME las que se ajusten a la definición que en cada momento establezca la Unión Europea, a la fecha de publicación de cada convocatoria. Actualmente han de considerarse como tales, aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) No 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO 187 de 26.06.2014), según el cual, la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones € o cuyo balance general anual no excede de 43 millones €.
    2. Con carácter general, tendrán la condición de beneficiarias las PYME que desarrollen alguna de las actividades económicas que reflejen en la Comunidad Autónoma Andaluza mayores índices de incidencia de siniestralidad laboral por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales. Cada convocatoria determinará los sectores destinatarios las mismas, según clasificación CNAE 2009, establecida en el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009, en función de la evolución de los referidos índices de incidencia de siniestralidad laboral. Del mismo modo, también tendrán la condición de beneficiarias las PYME que desarrollen las actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación de otros programas de acción de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, que prevean iniciativas de subvenciones a las empresas compatibles con las presentes bases reguladoras. Las convocatorias que respondan al desarrollo de los referidos programas de actuación, determinarán de igual modo los sectores destinatarios de las mismas, según citada clasificación CNAE 2009.
    3. Acreditar que durante los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes que en cada convocatoria se establezca, el número medio anual de personas trabajadoras empleadas por la entidad solicitante en situación de alta en el Sistema de la Seguridad Social en el código de cuenta de cotización correspondiente al centro de trabajo destinatario de la actividad o proyecto a subvencionar es igual o superior a uno.
    4. Acreditar que el código de cuenta de cotización asociado al centro de trabajo destinatario de la actividad o proyecto a subvencionar se encuentra dado de alta en el Sistema de la Seguridad Social en alguna de las actividades económicas (según CNAE 2009) destinatarias de la convocatoria.


DONDE Y COMO PRESENTAR LAS SOLICITUDES

La obtención del formulario se realizará en la dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía siguiente: https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/24614/datos-basicos.html

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Esta página redirigirá a la Oficina Virtual de la Consejería desde la cual se podrá rellenar los formularios, así como la presentar la solicitud.


Las solicitudes se dirigirán a la Delegación Territorial competente en materia de Empleo de la provincia en la que radique el centro de trabajo en el que se desarrolle la actividad o proyecto subvencionado.


ACCESO E INICIO AL TRÁMITE EN LÍNEA

Esta que aparece abajo es la pantalla que da acceso al trámite, a través del cual, si se hace clic en <<Solicita y tramita en línea>> se accede a la Oficina Virtual de la Consejería.


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También se accede, directamente, a través de la dirección electrónica de la Oficina Virtual de la Consejería: https://ovorion.ceec.junta-andalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion y localice el procedimiento <<Subvenciones Proyectos e Inversión PRL 2023>> y despliéguelo

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Le remitimos a nuestra Guía rápida para la presentación de solicitudes con certificado digital para más información sobre como presentar su solicitud en la Oficina Virtual de la Consejería.


COMO RELLENAR LA SOLICITUD, ANEXO I

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Este es el inicio del formulario de solicitud de subvenciones,

EN FUNCIÓN DEL NAVEGADOR QUE SE USE Y DE LA ÚLTIMA VERSIÓN DE ACTUALIZACIÓN INSTALADA, PUEDE CREAR ERRORES EN EL PROCESO DE RELLENAR LA SOLICITUD, ES RECOMENDABLE PROBAR CON DIFERENTES NAVEGADORES SI NOS ENCONTRAMOS CON DICHOS PROBLEMAS.

Primeramente habrá que rellenar la solicitud como solicitante o representante y en el apartado 1-DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE Y DE LA REPRESENTANTE, se cargarán los datos en un apartado u otro asociado al certificado digital usado. También en 2-NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA OBLIGATORIA, se cargarán los datos asociados al certificado digital y tendremos que marcar si dispongo o no de dirección electrónica habilitada en Notific@, así como el número de teléfono.

Posteriormente en el apartado 3-DECLARACIONES, marcará todas aquellas opciones que considere que deba indicar, recordando que luego deberá aportar la documentación acreditativa de ellas.


EN ESTA FASE DEL PROCEDIMIENTO NO SE ADJUNTARÁ NINGUNA DOCUMENTACIÓN SÓLO SE MARCARÁN LAS CASILLAS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE. LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE DICHAS DECLARACIONES MARCADAS SE PRESENTARÁ CUANDO SE PUBLIQUE LA PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN RELLENANDO PARA ELLO EL ANEXO II

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A continuación, en el apartado 4-DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN, se tendrá de indicar el nombre del proyecto o actividad siendo importante también reseñar que el número código de cuenta de cotización CCC, sea el correspondiente al centro de trabajo y a la actividad cuyo proyecto se pretende solicitar la subvención.

Los plazos de ejecución serán los indicados en la Resolución de convocatoria en función de las líneas de subvención y la fecha de inicio de proyecto será un dato importante a tener en cuenta, sobre todo pensando en los plazos de las posteriores fechas de justificación del proyecto. En ocasiones, puede darse el caso que la Resolución de Concesión sea posterior a la fecha de inicio del proyecto

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En función de que sea L1 o L2, se habilitará el punto 4.5.1 ó el 4.5.2 y se autorrellenarán los campos del punto 4.5.3.

PARA RELLENAR EL PUNTO 4.6. SE HABILITARÁN VARIOS BLOQUES EN LA SOLICITUD PARA QUE PUEDE REALIZARSE UNA BUENA DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO, Y ASÍ NO OLVIDAR TODOS LOS ASPECTOS A DETALLAR , LOs CUALES SON FUNDAMENTALES PARA UNA CORRECTA VALORACIÓN DE ESE APARTADO EN EL PUNTO 5.1.

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Siguiendo con la solicitud, se rellenarán los apartados del punto 5.1-CRITERIOS DE VALORACIÓN, sabiendo que como se indica en el punto 12 de los Cuadros Resumen de las bases reguladoras, “no se valorarán aquellos méritos no alegados en el plazo de presentación de solicitudes, los que no queden acreditados documentalmente y los que no se ajusten a los criterios de valoración”.

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En el punto 6-SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA hay que recordar que la provincia de presentación de la solicitud debe coincidir con la indicado en el punto 4.2


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