Instrucciones para la renuncia ayuda ERTE 210€
Guía
8 de noviembre 2021
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1. La renuncia de la ayuda, que se dirigirá a la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo, deberá ser entregada, preferentemente, a través del Registro Electrónico Único en la siguiente dirección web https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/registro-electronico.html con certificado digital, en el caso de no disponer de certificado, le facilitamos una guía para su obtención Guía para obtener certificado digital O bien, presentando el siguiente documento Archivo:Documento renuncia ERTE 210.pdf en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 16. Registros 4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse: a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En las oficinas de asistencia en materia de registros. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros. |