CUENTAS DE OTRAS ENTIDADES
0.
Introducción
E
l artículo 107 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 demarzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (en adelante
TRLGHP), encomienda a la Intervención General de la Junta de Andalucía la formación de
la Cuenta General con las cuentas de cada una de las agencias, instituciones, sociedades
mercantiles del sector público andaluz y consorcios y fundaciones referidos en el artículo
5.1 de dicho Decreto Legislativo, así como los demás documentos que deban rendirse al
Parlamento de Andalucía, Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas de Andalucía.
Asimismo, el apartado 3 del artículo 5 del TRLGHP establece que “los fondos carentes de
personalidad jurídica cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde el Presupuesto
de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la legislación específica que les sea de apli-
cación, se sujetarán a los efectos de esta Ley al régimen establecido para las entidades
mencionadas en el apartado 1 de este artículo”.
Por otro lado, el apartado 3 del citado artículo 107 añade que “a efectos de lo dispuesto en
los dos apartados anteriores, las entidades cuyas cuentas deban integrarse en la Cuenta
General de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán presentar, a la Intervención
General de la Junta de Andalucía, sus cuentas, debidamente aprobadas por el respectivo
órgano competente, antes del 1 de agosto del año siguiente a aquél al que se refieran, en
la forma que establezca el citado centro directivo”.
1.
Agencias Públicas
Empresariales
y Sociedades
Mercantiles del Sector
Público Andaluz
E
n este apartado se reflejan, en primer lugar, las cuentas de las Agencias Públicas
Empresariales, según se definen en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía.
A continuación se recogen las cuentas de las denominadas sociedades mercantiles del
sector público andaluz según la citada Ley 9/2007, distinguiendo entre aquéllas en que
la Junta de Andalucía ostenta una participación mayoritaria directa y aquéllas en las que
ostenta una participación mayoritaria de forma indirecta.
Las cuentas incluidas son copia fiel de las aprobadas por los órganos competentes para
ello y en el modelo establecido en la tercera parte del Plan General de Contabilidad de las
Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz, de las Agencias Públicas Empresa-
riales y de las Entidades Asimiladas. En concreto se componen del Balance, la Cuenta de
Pérdidas y Ganancias, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos
de Efectivo y la Memoria. A dichos estados se acompaña el Informe de Auditoría de todas
aquellas entidades sometidas al mismo.